PROYECTO DE TP
Expediente 6461-D-2010
Sumario: PROGRAMA DE SEGURIDAD TURISTICA: CREACION.
Fecha: 03/09/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 126
El Senado y Cámara de Diputados...
PROGRAMA DE SEGURIDAD
TURISTICA
Disposiciones generales
ARTICULO 1.- Objeto: La
presente ley tiene por objeto crear un Programa de Seguridad Turística cuya
finalidad será la asistencia Técnica y jurídica de los turistas nacionales y
extranjeros que fueran victimas de un ilícito dentro del territorio Nacional.
ARTICULO 2.- Autoridad de
Aplicación: La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de
Turismo de la Nación que tendrá a su cargo las siguientes funciones:
a) Conformar Unidades de
Asistencia de Defensorías Turísticas en las capitales provinciales y en los
principales centros turísticos del país.
b) Coordinar con las fuerzas de
seguridad - Policía Turística, Policía Federal, Gendarmería Nacional, Prefectura
Naval, Policía Aeronáutica y Policías Provinciales, la pronta orientación y
asistencia como así la facilitación de contacto con la unidad de Asistencia que la
presente ley crea.
c) Suscribir convenios y acuerdos
con las embajadas y consulados de los países emisores de pasajeros y con la
Dirección Nacional de Migraciones con el objeto de facilitar la pronta reposición de
pasaportes, visas y toda la documentación que el pasajero pudiera haber
perdido.
ARTICULO 3.- Funciones: Las
Unidades de Defensorías Turísticas tendrán las siguientes funciones:
a) Auxiliar y asistir al turista victima de
algún ilícito, dando aviso a la autoridad competente,
b) Facilitarle los medios necesarios
para recuperar o reproducir documentación personal hurtada, robada, o
extraviada;
c) Representar legalmente al turista,
previo consentimiento ante tribunales y/o dependencias publicas en lo relacionado
al impulso y/o seguimiento de los expedientes y/o acciones judicial o
administrativa
d) Proseguir las acciones iniciadas por
la victima e informar al damnificado sobre todo lo actuado; y asimismo en los
casos en que correspondiere hará llegar la indemnización resarcitoria si la hubiere
a su país de origen
ARTICULO 4. Adhesión. Invitase a
las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a las
disposiciones de la presente ley.
ARTICULO 5: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
ARTICULO 6: De Forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La seguridad es una necesidad
natural, permanente y vital, por lo que los organismos encargados de preservarla
deben hacerlo en forma adecuada y oportuna.
Interrogarse acerca del concepto de
seguridad, en un momento histórico tan convulsionado como el que nos toca vivir,
donde a nivel internacional los medios nos informan diariamente sobre atentados y
guerras que no parecen tener fronteras, y que nos enfrentan a la realidad de un
fuerte deterioro de la paz mundial, no es una tarea sencilla. Países sumergidos en
la pobreza, con un alto porcentaje de su población viviendo en la marginalidad, es
la realidad con que nos enfrentamos a diario. Creímos durante mucho tiempo que
en materia turística, solo debíamos "vender" paisajes, y nos encontramos ahora
con que también, y fundamentalmente, hay que "vender seguridad". Un ejemplo
claro de esto es la brusca caída del turismo internacional en algunos destinos,
como Israel, donde se registró en el período de un año, un decrecimiento del
51,1%, estrangulando de este modo su economía.
El Turismo es generador de riqueza,
cuidémoslo.
Para el turismo, la seguridad es una
cuestión vital que repercute en la calidad de los servicios que conforman esta
actividad, para los diferentes destinos y productos, así como para los exigentes y
cambiantes mercados que aumentan año a año en todo el mundo de manera
espectacular La seguridad es una de las condiciones para la competitividad de
una nación y de sus sectores productivos, En Argentina el turismo es la tercera
industria generadora de divisas.
Y es en esta materia que nuestro país
no se ha quedado atrás, sino que por el contrario ha comenzado a sumar
esfuerzos, un ejemplo de ello lo es la comisaría del turista, que fue creada en
marzo del 2001. Se trata de una dependencia que posee la Policía Federal
Argentina; con un enfoque específico en la seguridad para el turismo que consiste
en la protección, prevención y contención del turista en ese ámbito específico.
Es en este sentido que el presente
proyecto viene a complementar las acciones que por parte del estado nacional
deben consolidarse hacia una protección integral de los turistas que eligen a
nuestro país como destino turístico.
La intención del presente proyecto es
contar con un equipo humano capacitado técnica y jurídicamente para asistir a los
turistas que fortuitamente hayan sufrido un ilícito, tales como robo, estafa entre
otras.
La intención es que este personal
auxilie a los turistas nacionales o extranjeros que hallan sido victimas de un ilícito
asistiéndolo para la pronta solución de los inconvenientes q tuviera en materia
legal o documentaria, asimismo si el turista damnificado tuviera que regresar a su
país de origen esta oficina se encargara de proseguir las acciones iniciadas por la
victima y será la responsable de informar al damnificado todo lo actuado en su
caso y asimismo en los casos que correspondiere hará llegar la indemnización
resarcitoria si la hubiere a su país de origen.
Es por ello que solicito a mis pares a
que me acompañen en el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PANSA, SERGIO HORACIO | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA |