PROYECTO DE TP
Expediente 6453-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA SITUACION DE LOS HABITANTES DE LA LOCALIDAD DE ESTEBAN ECHEVERRIA QUE SE ENCUENTRAN CON FALTA DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 20/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 105
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo, por
Intermedio del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios,
informe cuales son las acciones llevadas a cabo para regularizar la situación de los
habitantes de la localidad de Esteban Echeverría quienes se encuentran con falta
de suministro del servicio de agua potable desde hace aproximadamente nueve
meses.
Paralelamente sería menester conocer
las causas que motivan la falta de suministro señalada y el plazo tentativo para
otorgar solución definitiva a tal situación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como es de público conocimiento se
han suscitado una serie de cortes en Camino de Cintura por vecinos de la localidad
de Esteban Echeverría motivadas en la solicitud de obras hídricas urgentes y el
suministro adecuado de agua, servicio que se encuentra en falta desde el 5 de
diciembre del año pasado.
La municipalidad de Esteban
Echeverría suministra un camión cisterna con 18 litros de agua por día que solo
alcanza a cubrir la demanda de 2 horas y que, además, no resulta ser agua
potable por lo cual no puede ser bebida.
Ante ello, los vecinos se ven obligados
a comprar bidones de agua cuando en realidad gozar de agua potable es un
derecho indiscutible de toda la población.
El artículo 41 de la Constitución
Nacional afirma que "todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano,
equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas
satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones
futuras; y tienen el deber de preservarlo".
El derecho humano al agua potable
marca un hito en la historia de los Derechos Humanos. Por primera vez el agua es
reconocida de forma explícita como un derecho humano fundamental. Los 145
países que ratificaron, entre ellos Argentina, el Pacto sobre Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, están obligados a asegurar progresivamente que todos
tengan acceso al agua potable segura, de forma equitativa y sin
discriminación.
El acceso al agua es un derecho
humano básico, por lo tanto hacer que se cumpla es una obligación de todos y
más aún de las autoridades públicas que son quienes tienen en sus manos
herramientas suficientes para asegurar el cumplimiento de dichos derechos, tanto
cuando los encargados de los servicios son los sectores públicos como cuando son
concesionados a los sectores privados.
Por lo expuesto, solicito a mis pares
me acompañen con su firma en la aprobación del presente proyecto de
resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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TUNDIS, MIRTA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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