PROYECTO DE TP
Expediente 6450-D-2010
Sumario: TRANSFERIR A TITULO GRATUITO UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL, AL CIRCULO DE OFICIALES DE MAR EN LA CIUDAD DE USHUAIA, PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Fecha: 02/09/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 125
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1. Transfiérase a título
gratuito el dominio de las fracciones de terreno cedidas actualmente a título
precario en favor del Círculo de Oficiales de Mar, ubicadas dentro de los lotes
inmuebles, propiedad del Estado Nacional - Estado Mayor General de la Armada -,
en la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, signados con la nomenclatura catastral Sección C, macizo 39 X,
padrón 001858, interior de parcela 2; y Sección C, interior del macizo 45 Y, padrón
001861, ambos sobre las calles Cimo Moyano y la Avenida 12 de Octubre, en
favor del Círculo de Oficiales de Mar CUIT 33-52699483-9, personería jurídica
establecida por Decreto 57289 del 11/03/40, Registro de mutualidad INDE
231.
Artículo 2. La transferencia de los
inmuebles establecida en el artículo anterior, se realiza con el cargo de que dicha
entidad se mantenga vigente, revirtiéndose al dominio originario en caso de
disolución.
Articulo 3. Quedarán a cargo de los
beneficiarios todos los gastos que se produzcan con motivo de las transferencias
dispuestas en el artículo 1°, especialmente los referidos a la subdivisión,
parcelamiento y mesura de los lotes donde se encuentran los predios cedidos,
conforme los convenios de tenencia precaria vigentes.
Articulo 4. El Estado Mayor General de
la Armada, gestionará con cargo al beneficiario aludido en el artículo anterior, los
trámites necesarios para la delimitación, mesura e inscripción definitiva de los
predios objeto de la presente ley. Las cargas tributarias que resultaren a partir de
la aprobación de la inscripción definitiva, serán asumidas por el beneficiario en la
proporción que resulte de dichas tareas.
Artículo 5. Comuníquese.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como surge de la documentación
que en copia adjuntamos, los lotes que por el presente se transfieren en cabeza
del Círculo de Oficiales de Mar, se encuentran en cesión precaria de esta
asociación desde el año 1981, siendo destinada a ese fin desde más de treinta
años antes de tal fecha.
Desde entonces, ha realizado
numerosas obras, destinadas a paliar de alguna medida el alejamiento del hogar
que forma parte de la actividad y del oficio de marino, por fuerza alejado de su
familia, incluso destinadas a su cobertura médica.
La institución beneficiaria alberga
constantemente a los hombres de mar, tanto en actividad como en retiro, y
coordina distintas actividades dirigidas a acompañarlo en su difícil tarea, sobre
todo en el extremo sur de nuestro continente.
El plazo transcurrido y su constante
vocación de soberanía, son motivo suficiente para respaldar el accionar de la
asociación, que brinda apoyo logístico no sólo a esa fuerza sino a quienes visitan o
son destinados a la región insular, o se encuentran en itinerario hacia la Antártida
Argentina.
Ese respaldo se ve reflejado en el
presente proyecto, por el que se transfiere definitivamente el dominio de los
terrenos, en uso por más de sesenta años a la misma finalidad.
Es menester destacar que la
transferencia se realiza con cargo, mientras el Círculo de Oficiales de Mar continúe
vigente como asociación, como condición sine qua non, retrotrayéndose a su
titular dominial el día que la misma deje de existir.
Toda vez que las parcelas cedidas
no se encuentran actualmente subdivididas, se
encomienda a la Armada la
realización de las tareas necesarias a tal fin, a los efectos de brindar certeza sobre
los espacios delimitados concretamente sobre el terreno. Estas tareas de mesura,
deslinde, elaboración de planos, inscripciones registrales y municipales serán a
cargo de la institución beneficiaria.
Por supuesto que una vez efectuada
la subdivisión de los lotes, dentro de las parcelas de las que la Armada es
actualmente titular registral, el Círculo deberá afrontar las tasas por servicios y los
emolumentos impositivos, como se desprende del Artículo 4to., en la proporción
del lote recibido.
Lo expuesto y la documental
adjunta, ameritan la aprobación del presente proyecto, lo que solicito a mis
pares.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BERTONE, ROSANA ANDREA | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CALCHAQUI, MARIEL | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
DEFENSA NACIONAL |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 6303-D-12 |