PROYECTO DE TP
Expediente 6446-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 26485 DE "PROTECCION INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS AMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES".
Fecha: 12/09/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 122
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo a los
efectos de solicitarle que informe sobre el cumplimiento de la Ley 26.485 de
"Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las
mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales",
sancionada: Marzo 11 de 2009. Promulgada de Hecho: Abril 1 de 2009.
Reglamentada por el Decreto 1011/2010 (BO 20/07/2010), a través del Consejo
Nacional de las Mujeres y los organismos que corresponda.
Se solicita que remita la
documentación e información que a continuación se detalla:
I. SOBRE EL PROGRAMA DE
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS AREAS MUJER PROVINCIAL,
MUNICIPAL Y ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL CONSEJO
NACIONAL DE LAS MUJERES (Res. CNM 6)
1. Describa la estrategia de
fortalecimiento institucional para las distintas jurisdicciones del país y las
acciones realizadas en particular para la creación e implementación de unidades
especializadas en el primer nivel de atención de acuerdo a lo establecido en el
Cap. III Art. 10 inc. 2 de la Ley 26.485.
II. Describa e informe sobre
el avance en la implementación de los programas de asistencia técnica para las
distintas jurisdicciones destinados a la prevención, detección precoz, derivación
interinstitucional y elaboración de protocolos para los distintos niveles de
atención (Art 9, inc. g de la Ley 26.485)
III. Cuáles son los servicios
que han participado del plan de fortalecimiento institucional y a qué provincias
pertenecen?
IV. Sobre los convenios
firmados en el marco del Programa de Fortalecimiento institucional:
a. Informe si los 14 convenios que
figuran en la página web del Consejo reflejan la totalidad de los firmados a la fecha o
son publicados allí a modo de ejemplo.
b. Informe cuales son las
provincias con las que se han firmado convenios. Especificando vigencia, contenido y
cumplimiento de los mismos.
c. Informe cuales son los municipios
con los que se han firmado convenios. Especificando vigencia, contenido y
cumplimiento de los mismos.
d. Informe cuales son las ONG
con las que se han firmado convenios. Especificando nombre de la OSC,
localidad/provincia donde desarrollan sus actividades, vigencia, contenido,
cumplimiento de los mismos y el criterio seguido para su selección.
e. Mencione las contenidos
principales de las actas acuerdos. Especificar si existen diferencias en los
convenios firmados con jurisdicciones provinciales y municipales en relación a
las responsabilidades que deben asumir en las actividades vinculadas a la
prevención y atención de situaciones de violencia (salud, justicia, policía,
etc.).
V. Informe sobre las
estadísticas de gestión del programa de Fortalecimiento Institucional de las
Areas Mujer Provincial, Municipal y Organizaciones de la Sociedad Civil. ¿Cuál es
la cantidad total de proyectos financiados desde el inicio del programa,
discriminando provincia en la que se ejecutan y a cuál de las líneas estratégicas
establecidas corresponden (1. Mujer y trabajo, 2. Violencia de género, 3.
Derechos Humanos y Ciudadanía de las mujeres, 4. Comunicación y Difusión
estratégica para el avance de los Derechos de las Mujeres) y cuál es el
presupuesto ejecutado a cada provincia y a cada línea estratégica en el año
2011.
II. SOBRE EL PLAN
NACIONAL
1. Describa los principales
lineamientos del plan Nacional de Acción para la prevención, asistencia y
erradicación de la violencia contra las mujeres, las acciones realizadas y los
avances logrados en la implementación del mismo (Art 9 inc. a de la Ley
26.485)
III. SOBRE EL LA
PRODUCCION Y DISPONIBILIDAD DE INFORMACION
1. Describa cuales son las
principales conclusiones y recomendaciones que ha realizado el Observatorio
desde su constitución (Art 9 inc. c Ley 26.485)
2. En relación a la
producción de información (Art 9 inc. k, l y m Ley 26.485) informe sobre los
avances logrados en la implementación del Registro Unificado de Casos
(RUC) de situaciones de violencia contra las mujeres de manera
interjurisdiccional e interinstitucional. Está disponible en la página web del CNM la
presentación y las características del RUC, como así también se puede acceder a la
Guía metodológica para la aplicación del instrumento de registros de casos de
violencia:
a. ¿Cuáles son
los servicios capacitados y con los que se firmo acuerdos? (De acuerdo a lo que se
informa en la pagina web "se capacitaron a más de 60 instituciones, firmándose actas de
acuerdo con aproximadamente cuarenta de ellas")
b. Cuáles son los servicios que
participan actualmente de la implementación efectiva del RUC. Se solicita que se
especifique si pertenecen a nivel municipal o provincial.
c. A través de la página web del
Consejo se accede a los informes producidos hasta el 2007. Por lo tanto se solicita la
publicación de informes más actualizados y que los remita a esta Cámara.
3. Informe el estado de
avance y fecha prevista para la difusión de resultados de la Encuesta 2011 de
Violencia contra las Mujeres realizada por el CNM y la Universidad Nacional de
Quilmes (UNQ), estudio que permitirá obtener información sustancial sobre
varios tipos y modalidades de violencia previstos en la Ley Nº 26.485.
4. El CNM ha elaborado Guía
Nacional de Recursos y Servicios de Atención en Violencia, por provincia. Allí se
enumeran las comisarias, juzgados, hospitales, etc. a los que se puede
concurrir para hacer la denuncia o solicitar asistencia para una víctima, a los
que se puede recurrir luego de producidos los hechos de violencia. ¿Cuenta el
CNM con algún relevamiento de unidades especializadas en el primer nivel de
atención para la consultoría y asesoramiento integral para la prevención de
situaciones de violencia de género?
5. Informe si se han
diseñado e implementado campañas de difusión pública para la sensibilización
de la población contra la violencia? Especifique los medios de comunicación
utilizados, con qué recursos presupuestarios, que tiempo se le ha destinado, e
informe si se ha evaluado el impacto de las campañas.
6. Informe
cuales son las acciones coordinadas desarrolladas con la secretaria de Medios
para cumplir con la ley 26.485, que en su Art 11-Políticas públicas- Punto
8.Secretaria de Medios de Comunicación de la Nación, inciso a) indica:
"Impulsar desde el Sistema Nacional de Medios la difusión de mensajes y
campañas permanentes de sensibilización y concientización dirigida a la
población en general y en particular a las mujeres sobre el derecho de las
mismas a vivir una vida libre de violencias;"
7. Se solicita que se remita el
Informe Anual 2010 del Consejo Nacional de la Mujer (Art 14, k, Ley 26.485),
que no se visualiza disponible en la página web del Consejo.
8. Del presupuesto surge un incremento que
cada año corresponde a los ajustes por inflación, pero indica un retroceso en la
gestión de políticas ya que las metas no se incrementan desde el 2009. Esto
indicaría que año tras año el CNM se plantea las mismas metas. En este sentido
se solicita que explique porque las metas presupuestarias del CNM no se han
incrementado entre el año 2009 y 2012 a pesar de haberse incrementado las
situaciones de violencia y haberse incorporado nuevas responsabilidades a
través de la ley 26.485 sancionada en el 2009 y reglamentada en el 2010?
Unidad Ejecutora: Consejo Nacional de la Mujer
* El año 2011 no hubo presupuesto aprobado por
el Congreso y se prorrogo el del año 2010 con los ajustes correspondientes.
Fuente: Informe de Seguimiento
Físico-Financiero de la Administración Nacional - Subsecretaria de Presupuesto - Oficina
Nacional de Presupuesto - Dirección de Evaluación Presupuestaria del Ministerio de Economía y
Finanzas publicas
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La violencia contra la mujer es una
de las violaciones más generalizadas de los derechos humanos, es un problema
universal que empobrece a la sociedad desde el punto de vista económico,
político y cultural al limitar el papel activo que pueden desempeñar las mujeres
en el desarrollo de su comunidad. No es un problema que afecte sólo a las
mujeres de menores recursos, se presenta en todas las culturas y en distintos
sectores sociales, sin barreras raciales ni económicas. Es un asunto
multisectorial, es integral, es de derechos humanos, de seguridad ciudadana y
de salud pública.
La Ley Nº 26.485 de Protección
Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las mujeres en
los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, fue sancionada el
11 de marzo de 2009 y publicada en el Boletín Oficial el 14 de abril de 2009.
Promulgada de Hecho: Abril 1 de 2009. Reglamentada por el Decreto
1011/2010 (BO 20/07/2010)
Esta ley establece la obligación de
los tres poderes del Estado de adoptar medidas para garantizar la igualdad de
las mujeres y varones y fija al Consejo Nacional de las Mujeres como el
organismo encargado del diseño de las políticas públicas para efectivizar sus
disposiciones siendo sus principales facultades, entre otras, elaborar,
implementar y monitorear un Plan Nacional de Acción para la Prevención,
Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, articular y coordinar
las acciones para el cumplimiento de la Ley y promover en las distintas
jurisdicciones la creación de servicios de asistencia integral y gratuita.
En su Artículo 10º
esta norma establece que, el Estado nacional deberá promover y fortalecer
interinstitucionalmente a las distintas jurisdicciones para la creación e
implementación de servicios integrales de asistencia a las mujeres que padecen
violencia y a las personas que la ejercen, debiendo garantizar, entre otras
cosas, instancias de tránsito para la atención y albergue de las mujeres que
padecen violencia en los casos en que la permanencia en su domicilio o
residencia implique una amenaza inminente a su integridad física, psicológica o
sexual, o la de su grupo familiar, debiendo estar orientada a la integración
inmediata a su medio familiar, social y laboral.
El cumplimiento de la Ley Nº
26.485 depende de una fuerte voluntad política para que los mecanismos
creados realmente se efectivicen: la implementación de las políticas
preventivas, la asistencia y asesoramiento adecuados y en forma a las mujeres
víctimas de violencia que realizan las denuncias.
Aunque se trata de una
problemática grave, que cuando sucede, que debe ser atendida a nivel local a
través de servicios en el primer nivel de atención (en salud, seguridad y
asesoramiento jurídico), existe una corresponsabilidad de los tres niveles de
gobierno (nacional, provincial y municipal) para hacer efectivas las políticas
publicas establecidas en la reglamentación vigente por este motivo se solicita al
Poder Ejecutivo que informe sobre la parte que le corresponde.
En Argentina la sanción de la Ley
26.485, ha sido un gran avance para garantizar los derechos de las mujeres
argentinas. Uno de los principales logros de esta ley es la especificación de los
tipos de violencia que se pueden ejercer (física, psicológica, sexual, económica,
y simbólica) en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones
interpersonales.
Siempre sostuvimos que el
cumplimiento depende de una fuerte voluntad política del Estado para que los
mecanismos creados por la Ley se pongan en funcionamiento: la
implementación de las políticas preventivas, la asistencia y asesoramiento
adecuados y oportunos a las mujeres víctimas de violencia que realizan las
denuncias. La gravedad de la situación actual da cuenta de enormes falencias
en este aspecto.
Ante esta situación surgen
múltiples debates entre expertos y expertas, organizaciones de la sociedad civil,
víctimas, vecinos, representantes de servicios públicos que intervienen ante un
hecho violento, como lo son el juzgado, el hospital o una comisaría. Discutimos
y opinamos, señalamos al victimario y lamentamos las consecuencias. Sin
embargo percibimos la ausencia de un actor fundamental de esta problemática:
el organismo responsable de la aplicación de la ley 26.485, el Consejo Nacional
de las Mujeres.
Esto es lo que nos motiva a
solicitar al Poder Ejecutivo este pedido de informes al detectar graves falencias
en la implementación de la ley sancionada en el año 2009. De acuerdo al
ARTICULO 8º el Consejo Nacional de la Mujer será el organismo rector
encargado del diseño de las políticas públicas para efectivizar la ley y el
ARTICULO 9º le asigna facultades al Consejo Nacional de la Mujer la
responsabilidad de implementar un conjunto de políticas públicas, en
consecuencia es imprescindible que este organismo se exprese públicamente e
informe cuáles son los datos con que cuenta sobre las diferentes formas de
violencia de género y cuáles son las políticas públicas que se están
desarrollando al respecto.
Podemos afirmar que se han
incrementado notablemente los hechos de violencia de género, que son de
conocimiento público. Tenemos conocimiento de otros tantos suceden a diario,
no llegan a los medios de comunicación, pero sabemos de las víctimas, los
servicios de salud que las atienden y las organizaciones sociales que las
orientan.
No se trata de una novedad y lo
estamos alertando hace tiempo. Hoy, este pedido de informes es otra solicitud
que se suma a los numerosos llamados de atención que se están haciendo
desde diferentes sectores sociales y desde diferentes puntos del país, solo a
modo de ejemplo podemos mencionar las manifestaciones que se han hecho
para denunciar la situación de emergencia en relación a la violencia de
género:
- Diputadas Nacionales Virginia
Linares, Victoria Donda y otras, junto a la Asociación de Abogados porteños, el
24 de agosto impulsaron la Declaración de la Emergencia Pública por violencia
de género en todo el territorio nacional, para que el Poder Ejecutivo Nacional,
para que se implemente cabalmente la ley 26.485, con las políticas públicas
integrales que deben ser diseñadas y puestas en marcha por el Consejo
Nacional de las Mujeres.
- Rio Negro: la legisladora
Magdalena Odarda (ARI) presentó en la Legislatura de Río Negro un proyecto
de ley para declarar la emergencia pública en materia social por la violencia de
género, que promueve que el Poder Ejecutivo cree unidades en toda la
provincia para asistir a mujeres e hijos víctimas de la violencia de género y
propicia la creación de una red de contención social y sanitaria, etc.
- Buenos Aires legisladores del el
Frente Amplio Progresista presentaron el último 8 de marzo, Día de la Mujer,
una iniciativa parlamentaria para declarar "la emergencia pública en materia
social por violencia de género", por el término de dos años
-Mar del Plata La Universidad
Nacional de Mar del Plata mediante la resolución de Rectorado Nro 3431/12, la
Universidad Nacional de Mar del Plata declaró de interés el proyecto de
ordenanza presentado para declarar la "emergencia por violencia de género" en
el Partido de General Pueyrredón. Sumándose a más de 100 organizaciones y
personalidades.
- Jujuy Organizaciones de mujeres
y sociales y familiares de víctimas de la violencia sexual y doméstica piden la
declaración de una emergencia legislativa sobre violencia de género (Casa de
las Mujeres "María Conti", Casa de las Mujeres porla Lucha, Casa de Mujeres de
El Carmen, Red por los Derechos ala Identidad, Fun. JuanitaMoro, Fundación
Siglo XXI, Red Par, entre otras agrupaciones.
También son numerosos los
proyectos de resolución presentados en la Cámara de Diputados para solicitar a
Poder Ejecutivo que informe acerca de las acciones del Consejo Nacional de la
Mujer, entre los que podemos mencionar:
- PROYECTO DE RESOLUCION Expediente: 5692-D-
2012. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 104 Fecha: 16/08/2012
Citar a la señora Presidenta del Consejo Nacional de las
Mujeres Sra. Mariana Agustina Gras Buscetto, al seno de la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y
Adolescencia, a los efectos de que exponga, en su carácter de autoridad de aplicación de la ley 26485 de
Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en
que se desarrollen sus relaciones interpersonales.
- PROYECTO DE RESOLUCION Expediente: 0423-D-
2012. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 4 Fecha: 07/03/2012
Pedido de Informes al PODER EJECUTIVO Sobre diversas
cuestiones relacionadas con la implementación y funcionamiento del Observatorio de la Violencia Contra
las Mujeres, creado por la Ley 26485
- PROYECTO DE RESOLUCION Expediente: 0422-D-
2012. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 4 Fecha: 07/03/2012
Solicitar al Poder Ejecutivo disponga las medidas necesarias
para crear casas refugios para albergar a mujeres víctimas de violencia.
- PROYECTO DE LEY Expediente: 6170-D-2011.
Publicado en: Trámite Parlamentario nº 193 Fecha: 27/12/2011
Violencia de Género. Se declara la Emergencia Publica en
materia social hasta el 31 de diciembre de 2013.
- PROYECTO DE RESOLUCION Expediente: 5014-D-
2011. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 148 Fecha: 06/10/2011
Pedido de informes al Poder Ejecutivo sobre diversas
cuestiones relacionadas con la cantidad de Comisarias de la mujer y la familia en las jurisdicciones del
territorio nacional.
- PROYECTO DE RESOLUCION Expediente: 2579-D-
2011. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 48 Fecha: 13/05/2011
Pedido de informes al Poder Ejecutivo sobre diversas
cuestiones relacionadas con la implementación y funcionamiento del Observatorio de la Violencia Contra
las Mujeres, creado por la Ley 26485
- PROYECTO DE DECLARACION Expediente: 2486-D-
2011. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 45 Fecha: 10/05/2011
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional disponga implementar
una campaña informativa acerca de los derechos de la mujer maltratada.
- PROYECTO DE RESOLUCION Expediente: 0432-D-
2010. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 7 Fecha: 04/03/2010
Pedido de informes al Poder Ejecutivo sobre diversas
cuestiones relacionadas con la gestión del Consejo Nacional de la Mujer.
- PROYECTO DE RESOLUCION Expediente: 0270-D-
2011. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 3 Fecha: 03/03/2011
Solicitar al Poder Ejecutivo disponga realizar actividades y
campañas de difusión y concientización en referencia al "Día Internacional de la Mujer" en
establecimientos educativos, instituciones públicas y a la población en general.
Por todo lo expuesto
anteriormente, es que solicito a las Sras. Diputadas y los Sres. Diputados me
acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR |
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA | BUENOS AIRES | DEMOCRACIA IGUALITARIA Y PARTICIPATIVA (D.I.P.) |
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
FORTE, ULISES UMBERTO JOSE | LA PAMPA | UCR |
BRIZUELA Y DORIA DE CARA, OLGA INES | LA RIOJA | UCR |
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
ROGEL, FABIAN DULIO | ENTRE RIOS | UCR |
YAGÜE, LINDA CRISTINA | NEUQUEN | UCR |
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |