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PROYECTO DE TP


Expediente 6446-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 26485 DE "PROTECCION INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS AMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES".
Fecha: 12/09/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 122
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo a los efectos de solicitarle que informe sobre el cumplimiento de la Ley 26.485 de "Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales", sancionada: Marzo 11 de 2009. Promulgada de Hecho: Abril 1 de 2009. Reglamentada por el Decreto 1011/2010 (BO 20/07/2010), a través del Consejo Nacional de las Mujeres y los organismos que corresponda.
Se solicita que remita la documentación e información que a continuación se detalla:
I. SOBRE EL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS AREAS MUJER PROVINCIAL, MUNICIPAL Y ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES (Res. CNM 6)
1. Describa la estrategia de fortalecimiento institucional para las distintas jurisdicciones del país y las acciones realizadas en particular para la creación e implementación de unidades especializadas en el primer nivel de atención de acuerdo a lo establecido en el Cap. III Art. 10 inc. 2 de la Ley 26.485.
II. Describa e informe sobre el avance en la implementación de los programas de asistencia técnica para las distintas jurisdicciones destinados a la prevención, detección precoz, derivación interinstitucional y elaboración de protocolos para los distintos niveles de atención (Art 9, inc. g de la Ley 26.485)
III. Cuáles son los servicios que han participado del plan de fortalecimiento institucional y a qué provincias pertenecen?
IV. Sobre los convenios firmados en el marco del Programa de Fortalecimiento institucional:
a. Informe si los 14 convenios que figuran en la página web del Consejo reflejan la totalidad de los firmados a la fecha o son publicados allí a modo de ejemplo.
b. Informe cuales son las provincias con las que se han firmado convenios. Especificando vigencia, contenido y cumplimiento de los mismos.
c. Informe cuales son los municipios con los que se han firmado convenios. Especificando vigencia, contenido y cumplimiento de los mismos.
d. Informe cuales son las ONG con las que se han firmado convenios. Especificando nombre de la OSC, localidad/provincia donde desarrollan sus actividades, vigencia, contenido, cumplimiento de los mismos y el criterio seguido para su selección.
e. Mencione las contenidos principales de las actas acuerdos. Especificar si existen diferencias en los convenios firmados con jurisdicciones provinciales y municipales en relación a las responsabilidades que deben asumir en las actividades vinculadas a la prevención y atención de situaciones de violencia (salud, justicia, policía, etc.).
V. Informe sobre las estadísticas de gestión del programa de Fortalecimiento Institucional de las Areas Mujer Provincial, Municipal y Organizaciones de la Sociedad Civil. ¿Cuál es la cantidad total de proyectos financiados desde el inicio del programa, discriminando provincia en la que se ejecutan y a cuál de las líneas estratégicas establecidas corresponden (1. Mujer y trabajo, 2. Violencia de género, 3. Derechos Humanos y Ciudadanía de las mujeres, 4. Comunicación y Difusión estratégica para el avance de los Derechos de las Mujeres) y cuál es el presupuesto ejecutado a cada provincia y a cada línea estratégica en el año 2011.
II. SOBRE EL PLAN NACIONAL
1. Describa los principales lineamientos del plan Nacional de Acción para la prevención, asistencia y erradicación de la violencia contra las mujeres, las acciones realizadas y los avances logrados en la implementación del mismo (Art 9 inc. a de la Ley 26.485)
III. SOBRE EL LA PRODUCCION Y DISPONIBILIDAD DE INFORMACION
1. Describa cuales son las principales conclusiones y recomendaciones que ha realizado el Observatorio desde su constitución (Art 9 inc. c Ley 26.485)
2. En relación a la producción de información (Art 9 inc. k, l y m Ley 26.485) informe sobre los avances logrados en la implementación del Registro Unificado de Casos (RUC) de situaciones de violencia contra las mujeres de manera interjurisdiccional e interinstitucional. Está disponible en la página web del CNM la presentación y las características del RUC, como así también se puede acceder a la Guía metodológica para la aplicación del instrumento de registros de casos de violencia:
a. ¿Cuáles son los servicios capacitados y con los que se firmo acuerdos? (De acuerdo a lo que se informa en la pagina web "se capacitaron a más de 60 instituciones, firmándose actas de acuerdo con aproximadamente cuarenta de ellas")
b. Cuáles son los servicios que participan actualmente de la implementación efectiva del RUC. Se solicita que se especifique si pertenecen a nivel municipal o provincial.
c. A través de la página web del Consejo se accede a los informes producidos hasta el 2007. Por lo tanto se solicita la publicación de informes más actualizados y que los remita a esta Cámara.
3. Informe el estado de avance y fecha prevista para la difusión de resultados de la Encuesta 2011 de Violencia contra las Mujeres realizada por el CNM y la Universidad Nacional de Quilmes (UNQ), estudio que permitirá obtener información sustancial sobre varios tipos y modalidades de violencia previstos en la Ley Nº 26.485.
4. El CNM ha elaborado Guía Nacional de Recursos y Servicios de Atención en Violencia, por provincia. Allí se enumeran las comisarias, juzgados, hospitales, etc. a los que se puede concurrir para hacer la denuncia o solicitar asistencia para una víctima, a los que se puede recurrir luego de producidos los hechos de violencia. ¿Cuenta el CNM con algún relevamiento de unidades especializadas en el primer nivel de atención para la consultoría y asesoramiento integral para la prevención de situaciones de violencia de género?
5. Informe si se han diseñado e implementado campañas de difusión pública para la sensibilización de la población contra la violencia? Especifique los medios de comunicación utilizados, con qué recursos presupuestarios, que tiempo se le ha destinado, e informe si se ha evaluado el impacto de las campañas.
6. Informe cuales son las acciones coordinadas desarrolladas con la secretaria de Medios para cumplir con la ley 26.485, que en su Art 11-Políticas públicas- Punto 8.Secretaria de Medios de Comunicación de la Nación, inciso a) indica: "Impulsar desde el Sistema Nacional de Medios la difusión de mensajes y campañas permanentes de sensibilización y concientización dirigida a la población en general y en particular a las mujeres sobre el derecho de las mismas a vivir una vida libre de violencias;"
7. Se solicita que se remita el Informe Anual 2010 del Consejo Nacional de la Mujer (Art 14, k, Ley 26.485), que no se visualiza disponible en la página web del Consejo.
8. Del presupuesto surge un incremento que cada año corresponde a los ajustes por inflación, pero indica un retroceso en la gestión de políticas ya que las metas no se incrementan desde el 2009. Esto indicaría que año tras año el CNM se plantea las mismas metas. En este sentido se solicita que explique porque las metas presupuestarias del CNM no se han incrementado entre el año 2009 y 2012 a pesar de haberse incrementado las situaciones de violencia y haberse incorporado nuevas responsabilidades a través de la ley 26.485 sancionada en el 2009 y reglamentada en el 2010?
Unidad Ejecutora: Consejo Nacional de la Mujer
Tabla descriptiva
* El año 2011 no hubo presupuesto aprobado por el Congreso y se prorrogo el del año 2010 con los ajustes correspondientes.
Fuente: Informe de Seguimiento Físico-Financiero de la Administración Nacional - Subsecretaria de Presupuesto - Oficina Nacional de Presupuesto - Dirección de Evaluación Presupuestaria del Ministerio de Economía y Finanzas publicas

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La violencia contra la mujer es una de las violaciones más generalizadas de los derechos humanos, es un problema universal que empobrece a la sociedad desde el punto de vista económico, político y cultural al limitar el papel activo que pueden desempeñar las mujeres en el desarrollo de su comunidad. No es un problema que afecte sólo a las mujeres de menores recursos, se presenta en todas las culturas y en distintos sectores sociales, sin barreras raciales ni económicas. Es un asunto multisectorial, es integral, es de derechos humanos, de seguridad ciudadana y de salud pública.
La Ley Nº 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, fue sancionada el 11 de marzo de 2009 y publicada en el Boletín Oficial el 14 de abril de 2009. Promulgada de Hecho: Abril 1 de 2009. Reglamentada por el Decreto 1011/2010 (BO 20/07/2010)
Esta ley establece la obligación de los tres poderes del Estado de adoptar medidas para garantizar la igualdad de las mujeres y varones y fija al Consejo Nacional de las Mujeres como el organismo encargado del diseño de las políticas públicas para efectivizar sus disposiciones siendo sus principales facultades, entre otras, elaborar, implementar y monitorear un Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, articular y coordinar las acciones para el cumplimiento de la Ley y promover en las distintas jurisdicciones la creación de servicios de asistencia integral y gratuita.
En su Artículo 10º esta norma establece que, el Estado nacional deberá promover y fortalecer interinstitucionalmente a las distintas jurisdicciones para la creación e implementación de servicios integrales de asistencia a las mujeres que padecen violencia y a las personas que la ejercen, debiendo garantizar, entre otras cosas, instancias de tránsito para la atención y albergue de las mujeres que padecen violencia en los casos en que la permanencia en su domicilio o residencia implique una amenaza inminente a su integridad física, psicológica o sexual, o la de su grupo familiar, debiendo estar orientada a la integración inmediata a su medio familiar, social y laboral.
El cumplimiento de la Ley Nº 26.485 depende de una fuerte voluntad política para que los mecanismos creados realmente se efectivicen: la implementación de las políticas preventivas, la asistencia y asesoramiento adecuados y en forma a las mujeres víctimas de violencia que realizan las denuncias.
Aunque se trata de una problemática grave, que cuando sucede, que debe ser atendida a nivel local a través de servicios en el primer nivel de atención (en salud, seguridad y asesoramiento jurídico), existe una corresponsabilidad de los tres niveles de gobierno (nacional, provincial y municipal) para hacer efectivas las políticas publicas establecidas en la reglamentación vigente por este motivo se solicita al Poder Ejecutivo que informe sobre la parte que le corresponde.
En Argentina la sanción de la Ley 26.485, ha sido un gran avance para garantizar los derechos de las mujeres argentinas. Uno de los principales logros de esta ley es la especificación de los tipos de violencia que se pueden ejercer (física, psicológica, sexual, económica, y simbólica) en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
Siempre sostuvimos que el cumplimiento depende de una fuerte voluntad política del Estado para que los mecanismos creados por la Ley se pongan en funcionamiento: la implementación de las políticas preventivas, la asistencia y asesoramiento adecuados y oportunos a las mujeres víctimas de violencia que realizan las denuncias. La gravedad de la situación actual da cuenta de enormes falencias en este aspecto.
Ante esta situación surgen múltiples debates entre expertos y expertas, organizaciones de la sociedad civil, víctimas, vecinos, representantes de servicios públicos que intervienen ante un hecho violento, como lo son el juzgado, el hospital o una comisaría. Discutimos y opinamos, señalamos al victimario y lamentamos las consecuencias. Sin embargo percibimos la ausencia de un actor fundamental de esta problemática: el organismo responsable de la aplicación de la ley 26.485, el Consejo Nacional de las Mujeres.
Esto es lo que nos motiva a solicitar al Poder Ejecutivo este pedido de informes al detectar graves falencias en la implementación de la ley sancionada en el año 2009. De acuerdo al ARTICULO 8º el Consejo Nacional de la Mujer será el organismo rector encargado del diseño de las políticas públicas para efectivizar la ley y el ARTICULO 9º le asigna facultades al Consejo Nacional de la Mujer la responsabilidad de implementar un conjunto de políticas públicas, en consecuencia es imprescindible que este organismo se exprese públicamente e informe cuáles son los datos con que cuenta sobre las diferentes formas de violencia de género y cuáles son las políticas públicas que se están desarrollando al respecto.
Podemos afirmar que se han incrementado notablemente los hechos de violencia de género, que son de conocimiento público. Tenemos conocimiento de otros tantos suceden a diario, no llegan a los medios de comunicación, pero sabemos de las víctimas, los servicios de salud que las atienden y las organizaciones sociales que las orientan.
No se trata de una novedad y lo estamos alertando hace tiempo. Hoy, este pedido de informes es otra solicitud que se suma a los numerosos llamados de atención que se están haciendo desde diferentes sectores sociales y desde diferentes puntos del país, solo a modo de ejemplo podemos mencionar las manifestaciones que se han hecho para denunciar la situación de emergencia en relación a la violencia de género:
- Diputadas Nacionales Virginia Linares, Victoria Donda y otras, junto a la Asociación de Abogados porteños, el 24 de agosto impulsaron la Declaración de la Emergencia Pública por violencia de género en todo el territorio nacional, para que el Poder Ejecutivo Nacional, para que se implemente cabalmente la ley 26.485, con las políticas públicas integrales que deben ser diseñadas y puestas en marcha por el Consejo Nacional de las Mujeres.
- Rio Negro: la legisladora Magdalena Odarda (ARI) presentó en la Legislatura de Río Negro un proyecto de ley para declarar la emergencia pública en materia social por la violencia de género, que promueve que el Poder Ejecutivo cree unidades en toda la provincia para asistir a mujeres e hijos víctimas de la violencia de género y propicia la creación de una red de contención social y sanitaria, etc.
- Buenos Aires legisladores del el Frente Amplio Progresista presentaron el último 8 de marzo, Día de la Mujer, una iniciativa parlamentaria para declarar "la emergencia pública en materia social por violencia de género", por el término de dos años
-Mar del Plata La Universidad Nacional de Mar del Plata mediante la resolución de Rectorado Nro 3431/12, la Universidad Nacional de Mar del Plata declaró de interés el proyecto de ordenanza presentado para declarar la "emergencia por violencia de género" en el Partido de General Pueyrredón. Sumándose a más de 100 organizaciones y personalidades.
- Jujuy Organizaciones de mujeres y sociales y familiares de víctimas de la violencia sexual y doméstica piden la declaración de una emergencia legislativa sobre violencia de género (Casa de las Mujeres "María Conti", Casa de las Mujeres porla Lucha, Casa de Mujeres de El Carmen, Red por los Derechos ala Identidad, Fun. JuanitaMoro, Fundación Siglo XXI, Red Par, entre otras agrupaciones.
También son numerosos los proyectos de resolución presentados en la Cámara de Diputados para solicitar a Poder Ejecutivo que informe acerca de las acciones del Consejo Nacional de la Mujer, entre los que podemos mencionar:
- PROYECTO DE RESOLUCION Expediente: 5692-D- 2012. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 104 Fecha: 16/08/2012
Citar a la señora Presidenta del Consejo Nacional de las Mujeres Sra. Mariana Agustina Gras Buscetto, al seno de la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, a los efectos de que exponga, en su carácter de autoridad de aplicación de la ley 26485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales.
- PROYECTO DE RESOLUCION Expediente: 0423-D- 2012. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 4 Fecha: 07/03/2012
Pedido de Informes al PODER EJECUTIVO Sobre diversas cuestiones relacionadas con la implementación y funcionamiento del Observatorio de la Violencia Contra las Mujeres, creado por la Ley 26485
- PROYECTO DE RESOLUCION Expediente: 0422-D- 2012. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 4 Fecha: 07/03/2012
Solicitar al Poder Ejecutivo disponga las medidas necesarias para crear casas refugios para albergar a mujeres víctimas de violencia.
- PROYECTO DE LEY Expediente: 6170-D-2011. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 193 Fecha: 27/12/2011
Violencia de Género. Se declara la Emergencia Publica en materia social hasta el 31 de diciembre de 2013.
- PROYECTO DE RESOLUCION Expediente: 5014-D- 2011. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 148 Fecha: 06/10/2011
Pedido de informes al Poder Ejecutivo sobre diversas cuestiones relacionadas con la cantidad de Comisarias de la mujer y la familia en las jurisdicciones del territorio nacional.
- PROYECTO DE RESOLUCION Expediente: 2579-D- 2011. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 48 Fecha: 13/05/2011
Pedido de informes al Poder Ejecutivo sobre diversas cuestiones relacionadas con la implementación y funcionamiento del Observatorio de la Violencia Contra las Mujeres, creado por la Ley 26485
- PROYECTO DE DECLARACION Expediente: 2486-D- 2011. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 45 Fecha: 10/05/2011
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional disponga implementar una campaña informativa acerca de los derechos de la mujer maltratada.
- PROYECTO DE RESOLUCION Expediente: 0432-D- 2010. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 7 Fecha: 04/03/2010
Pedido de informes al Poder Ejecutivo sobre diversas cuestiones relacionadas con la gestión del Consejo Nacional de la Mujer.
- PROYECTO DE RESOLUCION Expediente: 0270-D- 2011. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 3 Fecha: 03/03/2011
Solicitar al Poder Ejecutivo disponga realizar actividades y campañas de difusión y concientización en referencia al "Día Internacional de la Mujer" en establecimientos educativos, instituciones públicas y a la población en general.
Por todo lo expuesto anteriormente, es que solicito a las Sras. Diputadas y los Sres. Diputados me acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
STORANI, MARIA LUISA BUENOS AIRES UCR
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
MALDONADO, VICTOR HUGO CHACO UCR
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA BUENOS AIRES DEMOCRACIA IGUALITARIA Y PARTICIPATIVA (D.I.P.)
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
CICILIANI, ALICIA MABEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
FORTE, ULISES UMBERTO JOSE LA PAMPA UCR
BRIZUELA Y DORIA DE CARA, OLGA INES LA RIOJA UCR
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
STOLBIZER, MARGARITA ROSA BUENOS AIRES GEN
ROGEL, FABIAN DULIO ENTRE RIOS UCR
YAGÜE, LINDA CRISTINA NEUQUEN UCR
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
GARRIDO, MANUEL CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia)