PROYECTO DE TP
Expediente 6444-D-2011
Sumario: EXPRESAR RECHAZO POR LAS DECLARACIONES DEL PRIMER MINISTRO BRITANICO, DAVID CAMERON, AL HABER CALIFICADO DE COLONIALISTA A LOS LEGITIMOS RECLAMOS ARGENTINOS DE SOBERANIA SOBRE LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR.
Fecha: 24/02/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 207
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su rechazo a las
declaraciones del primer ministro británico, David Cameron por haber
calificado de "colonialistas" a los legítimos reclamos argentinos acerca de
la soberanía de nuestras Islas Malvinas e Islas del Atlántico Sur.
Así también manifiesta su
preocupación por todos los actos de exploración o explotación de
recursos naturales renovables y no renovables por parte del Reino Unido
de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en los territorios de Malvinas,
Sandwich, Georgias y su espacio marítimo circundante y expresa su
oposición a cualquier acción unilateral que implique el incumplimiento a
los términos de la Resolución N° 41/39 de las Naciones Unidas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Nos encontramos en esta
oportunidad analizando las declaraciones pronunciadas en el pasado
mes de Enero del corriente año por el primer ministro británico David
Cameron, quien había calificado de "colonialista" el justo y legítimo
reclamo argentino de soberanía sobre las islas Malvinas.
Va de suyo que
manifestamos nuestro total rechazo a dichas declaraciones,
confrontándolas con argumentos precisos y de peso en orden a que la
cuestión Malvinas lleva 179 años de conflicto cuando, en el año 1833,
parte del territorio de la República Argentina fue invadido por una
potencia colonial, como Gran Bretaña.
Asimismo en el año 1965 la
Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció que el diferendo
entre la República Argentina y el Reino Unido era una manifestación de
"un problema colonial" y que la única forma de afrontarlo "debía ser la
negociación directa".
Así también con orgullo
podemos afirmar que nunca en la historia de nuestro país, un barco
argentino intentó obstruir la soberanía de otro pueblo, en virtud de ello,
nos hemos hecho acreedores en el mundo del respeto por la lucha por
nuestras islas Malvinas.
Resulta útil y necesario
reiterar que no hay ningún argumento jurídico sólido amparado por el
derecho internacional para que Gran Bretaña aduzca algún derecho
sobre las islas, a mayor abundamiento
recordemos que la
Organización de Naciones Unidas estableció que el principio que debe
regir en el diferendo es el de la integridad territorial y no el de la
autodeterminación de los pueblos.
Asimismo, el Reino Unido no
debería ir contra sus propios actos, ya que a través de una ley del propio
Parlamento británico sancionada en el año 1983 (British Nationality
Falkland Islands Act), por la que consideran ciudadanos británicos
plenos a los pobladores de las islas, tras el conflicto bélico de 1982. Es
decir, que no constituyen, en los términos de la Organización de las
Naciones Unidas, un pueblo, razón por la cual no les asiste el derecho
de autodeterminación. Ya que un grupo de británicos no puede ser
árbitro de un conflicto entre su propio país y la Argentina, por lo que no
pueden los isleños ser juez y parte, por ello se confirma que no se puede
resolver el conflicto por la vía de la autodeterminación.
Por ello, respetando y de
conformidad al derecho internacional el Reino Unido debería cumplir con
las resoluciones adoptadas por la Asamblea General de las Naciones
Unidas con el fin de alcanzar una solución pacífica sobre la disputa de
soberanía de las Islas Malvinas.
Respecto de la cuestión de
los recursos naturales y el cuidado del medio ambiente, recordemos que
la ONU estableció que mientras el conflicto esté abierto no se puede
introducir en la zona ningún elemento que altere la situación anterior al
inicio del conflicto.
Por lo que se observa que,
Gran Bretaña desobedeció esta recomendación y se aprestó a utilizar,
explotar y beneficiarse con los recursos naturales renovables y no
renovables que existen en el territorio
ocupado. Y, si tomamos en
cuenta que esa explotación de recursos se realiza a 14 mil kilómetros de
la metrópolis, podemos aseverar que implica un severo riesgo
ambiental, que de ocurrir un accidente podría desembocar en un "caos
ecológico" para la Argentina y los países del Mercosur.
Por último, párrafo aparte,
merece la cuestión referida a la militarización del Atlántico Sur por parte
del Reino Unido de Gran Bretaña, que constituye una potencia extra
regional, en franco incumplimiento a las resoluciones adoptadas por la
Asamblea General de la ONU y refrendadas anualmente por su Comité
Especial de Descolonización, con el fin de alcanzar una solución pacífica
sobre la disputa de soberanía concerniente a la Cuestión Malvinas.
En este marco, resulta
preocupante la presencia de un submarino nuclear en una zona libre de
armas nucleares, en virtud de que dicha presencia de armas nucleares
en esa zona constituye una nueva violación del Tratado para la
Prohibición de las Armas Nucleares en América latina y el Caribe, de
cuya firma, en la ciudad mejicana de Tlatelolco, se cumplieron cuarenta y
cinco años.
Señor Presidente, por los
breves argumentos vertidos y convencida de la necesidad de manifestar
esta declaración es que solicito a mis pares su acompañamiento para la
aprobación de esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LEVERBERG, STELLA MARIS | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |