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PROYECTO DE TP


Expediente 6429-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA IMPLEMENTACION DE LA LEY 25817, DE CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACION PARA LA PREVENCION SISMICA.
Fecha: 18/11/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 166
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que a través de los organismos correspondientes proceda a informar acerca del estado de implementación de la Ley N Ley 25817, Creación del Programa Nacional de Educación para la Prevención.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente Proyecto solicita se arbitren los medios de información tendientes a conocer el estado de aplicación de la Ley 25817, Creación del Programa Nacional de Educación para la Prevención Sísmica.
Esta Ley crea el Programa Nacional de Educación para la Prevención Sísmica para ser aplicado en las zonas de riesgo sísmico del territorio nacional argentino, abarcando las provincias de Salta, Jujuy, Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca, La Rioja, San Juan, Córdoba, San Luis, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, atribuyéndole al Instituto de Prevención Sísmica (INPRES) , organismo nacional con sede física en la ciudad de San Juan, la elaboración de Convenios de Coordinación de Acciones con las autoridades educativas de cada jurisdicción .
Durante los últimos decenios la comunidad internacional ha sido objeto de crecientes desastres naturales y provocados por sus habitantes, que por afectar a concentraciones cada vez mayores de población, han tendido a ser más destructivos. En general las respuestas han estado principalmente dirigidas hacia medidas de socorro, llegando a la conclusión de que las consecuencias reales y potenciales de desastres están adquiriendo gravedad y un alcance tal que en lo sucesivo habrá que prestar más atención a las políticas de prevención y mitigación de desastres, con un enfoque global que abarque todas las problemáticas ambientales que generan estos acontecimientos.
Cuando observamos las estadísticas de muertes y daños, llegamos a la conclusión que van en franco aumento, como respuesta directa al fenómeno de las urbanizaciones. Las medidas de mitigación de los desastres no se han mantenido al mismo paso que la rapidez de los crecimientos urbanos.
Las atribuciones y funciones del INPRES pueden resumirse en una sola: "crear una verdadera conciencia sísmica en todos los niveles de la población potencialmente afectada del país". Consecuentes con estas expresiones el Congreso de la Nación sanciona la Ley 25817, que contempla uno de los aspectos significativos del evento cual es el de educar para la prevención. Ella se ocupa de las políticas que abarcan una amplia gama de medidas, tanto a largo como a mediano y corto plazos. Sin duda en el espíritu de la creación del INPRES está la noción de la "educación permanente de la población".
La educación y la capacitación de la población en general y la capacitación técnica de aquellos profesionales que tendrán a su cargo la formación de los docentes a cargo del adiestramiento contemplado en la Ley promulgada son aspectos que requieren una planificación previa, un plan estratégico, que asegure que cuanto más eficazmente se realicen estas tareas, con la anticipación y constancia adecuadas, tanto más fácilmente será posible tomar también las medidas necesarias durante la fase de la emergencia misma del siniestro y en las fases ulteriores del socorro, la rehabilitación y la reconstrucción.
Las personas involucradas en trasmitir los contenidos del Programa Nacional de Educación para la Prevención Sísmica deben tener claro que lograr las metas del Programa y obtener la participación activa de la población en sus distintas situaciones etarias, implica percibir el espacio vivencial como un todo con sus complejas relaciones, con un concepto pedagógico de la complejidad ambiental del sitio donde residen, en una relación de concientización e información.
Sólo cuando la naturaleza del problema ha sido entendida finalmente como un tema de educación ambiental, que implica un enfoque holístico para un desarrollo sustentable de enclaves con riesgos sísmicos, se podrá asegurar que el proceso educativo para la prevención sísmica va por buen camino.
Es así que se cristalizarán los propósitos de la Ley, aumentando y haciendo más genuina la participación social en los planes de prevención.
Mencionándolo a Piaget - "sólo se conoce lo que se hace"- sería interesante que el proceso pedagógico desembocara finalmente en talleres participativos de la comunidad, en una interacción de niños y adultos, transformando a sus participantes de actores a autores de un proceso de cambio, adquiriendo el conocimiento de la complejidad ambiental y por lo tanto la interpretación de la problemática de la prevención y mitigación de siniestros como un nuevo campo de conocimientos, esenciales para afrontar la gravedad de sus consecuencias.
La prevención y mitigación de siniestros debe convertirse en un tema de educación permanente, pues la ocurrencia de los mismos es impredecible en el tiempo.
A cinco años de la sanción de la Ley y en el entendimiento de la utilidad del Programa propuesto es que se solicita información sobre el cumplimiento de la misma.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASELLES, GRACIELA MARIA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PARTIDO BLOQUISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)