PROYECTO DE TP
Expediente 6417-D-2015
Sumario: DECLARAR DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL, DIRECCION NACIONAL DE ARQUITECTURA, UBICADO EN LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE SALTA, PARA SER ADJUDICADO A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO.
Fecha: 15/12/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 166
El Senado y Cámara de Diputados...
DECLARAR LA UTILIDAD
PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL
ESTADO NACIONAL, DIRECCION NACIONAL DE ARQUITECTURA, UBICADO
EN LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE SALTA.
ARTICULO 1°: Declarar de Utilidad pública
y sujeta a expropiación la parcela identificada como Matricula de Catastro N° 935 Sección
G, Manzana 25 Lote 1 ubicado entre las calles 12 de Octubre, Maipú, O'Higgins y Siria, de
la ciudad de Salta Provincia del mismo nombre, el inmueble se encuentra registrado a
nombre de Estado Nacional Argentino Dirección Nacional de Arquitectura, para ser
adjudicada a dos Instituciones sin fines de lucro.-
ARTICULO 2°: El inmueble citado en
el art. 1 serán donados a las asociaciones civiles cuya inscripción en la Dirección de
Personas Jurídicas de la Provincia de Salta es 1) Asociación Civil C.R.E.V (Cuerpo
de Rescate Especial Voluntario) Pers. Jurídica N°786/1988 y CENOC N°3290, y
Fundación Espacios Pers. Jurídica 076/2010 con cargo de ser los mismos
destinados a la consecución de sus fines sociales.-
ARTICULO 3°: El incumplimiento del
cargo estipulado en el Art. 2°, ocasionara la revocación de la donación y la
reversión del dominio a favor del Estado Nacional.-
ARTICULO 4°: El organismo de
aplicación de la presente ley será determinado por el Poder Ejecutivo Nacional,
teniendo el mismo a su cargo el contralor y efectividad de la donación.-
ARTICULO 5°: La escritura traslativa
del dominio a favor de los donatarios será otorgada por el organismo nacional que
corresponda, estando exenta la misma del pago de todo impuesto.-
ARTICULO 6°: Autorizase al Poder
Ejecutivo para efectuar en el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos
para el ejercicio vigente las adecuaciones presupuestarias que resultaren
necesarias para el cumplimiento de la presente ley.-
ARTICULO 7°: De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Vengo a replantear este proyecto de
expropiación para donación a Instituciones de bien público, luego de haber mantenido
reuniones de trabajo con las autoridades de ambas instituciones 1) Arq. Ernesto R.
Flores Presidente de C.R.E.V. Cuerpo de Rescate Especial Voluntario, 2) Lic. María
Victoria Val Presidente de la Fundación "ESPACIOS" quienes me manifestaron que
la falta de espacio en sus ONG sigue siendo necesario.
Ambas instituciones son sin fines de
lucro, si bien cada una de ellas tiene un fin distinto en sus estatutos, pero un mismo
compromiso ayudar a la sociedad en distintas quehaceres la CREV desde el salvataje
y siniestros, como así también en eventos solidarios o actos oficiales y ESPACIOS
realiza un trabajo directo con chicos con capacidades diferentes en lugar que es
alquilado y que a su vez ya es chico para la cantidad de niños que concurren a la dicha
institución a estudiar, jugar y participar de actividades especialmente creadas para
ellos.
Mucho puedo escribir o describir de
ambas organizaciones pero yo elegí el camino de buscar una solución junto a los
presidentes de ambas instituciones que es presentar este proyecto y pedir a todos los
legisladores el acompañamiento en la aprobación del mismo ya que esto traerá
tranquilidad y ámbito de trabajo muy lindo entre todos sé que podemos darle una
gran alegría a estos chicos.
Y en el entendimiento que esta es ayuda
directa a estas instituciones es que le solicito a mis pares, me acompañen en la
aprobación del presente proyecto.-
ANEXO
Ubicación catastralFirmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
OLMEDO, ALFREDO HORACIO | SALTA | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
LEGISLACION GENERAL |
ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |