PROYECTO DE TP
Expediente 6402-D-2013
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA DECISION DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DE DENUNCIAR LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.
Fecha: 11/09/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 130
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su preocupación por la decisión del
Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela de denunciar la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, comunicada oficialmente a la Secretaría
General de la OEA el día 10 de Septiembre de 2012. Pese a los esfuerzos
realizados por la Comisión y los diversos pronunciamientos llamando a revocar la
decisión de denunciar la Convención.
El día 10 de septiembre de 2013 entra
en vigencia la denuncia, esto es, que las violaciones a Derechos Humanos que
pudieran ocurrir en Venezuela después del 10 de septiembre de 2013, no podrán
ser conocidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH)
Esta Honorable Cámara de Diputados
de la Nación Insta al gobierno de la República Bolivariana de Venezuela a retirar
su instrumento de denuncia depositado en la Secretaría General.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 31 de julio de 2012 La República
Bolivariana de Venezuela ingresa oficialmente al MERCOSUR
El 10 de septiembre de 2012 el
gobierno de la República Bolivariana de Venezuela comunicó al Secretario
General de la Organización de los Estados Americanos, José Miguel Insulza,
mediante nota oficial, que denuncia la Convención Americana sobre Derechos
Humanos (CADH).
El Protocolo de Ushuaia
en su artículo primero dispone que: "La plena vigencia de las instituciones
democráticas es condición esencial para el desarrollo de los procesos de
integración entre los Estados Partes del presente Protocolo" . En el mismo
sentido, el Protocolo de Asunción sobre compromiso con la promoción y
protección de los derechos humanos del Mercosur afirma en su primer artículo que
"la plena vigencia de las instituciones democráticas y el respeto de los derechos
humanos y de las libertades fundamentales son condiciones esenciales para la
vigencia y evolución del proceso de integración entre las partes."
Es evidente que Venezuela no cumple
con ninguno de estos Protocolos, máxime cuando ha decidido denunciar la
Convención que organiza los organismos de control externo sobre derechos
humanos y deniega a los ciudadanos una instancia independiente de acceso a la
justicia mediante un reclamo a nivel internacional.
El Mercosur nació como un sistema
intergubernamental, sin embargo el punto máximo de una integración es la de
poseer una organización supranacional. Si bien el Mercosur se encuentra en pleno
desarrollo y crecimiento, pero no podrá evolucionar hacia una integración mayor
debido a que nuestra constitución le prohíbe al congreso aprobar tratados para el
caso que no se respeten los derechos humanos y las Instituciones
Democráticas.
Es importante que esta Honorable
Cámara de Diputados se sume al pedido de la Secretaría General de la OEA, de
la Alta Comisionada por los Derechos Humanos de la ONU y de Amnistía
Internacional de solicitarle a Venezuela que reconsidere su decisión y retire la
denuncia realizada.
Si bien el artículo 78 de ese tratado
señala que: "1. Los Estados parte podrán denunciar esta Convención (...)
mediante un preaviso de un año, notificando al Secretario General de la
Organización, quien debe informar a las otras partes. 2. Dicha denuncia no tendrá
por efecto desligar al Estado parte interesado de las obligaciones contenidas en
esta Convención, en lo que concierne a todo hecho que, pudiendo constituir una
violación de esas obligaciones, haya sido cumplido por él anteriormente a la fecha
en la cual la denuncia produce efecto".
Los estados parte del Mercosur hemos
reafirmado la plena vigencia de la Convención Americana en el Protocolo de
Asunción sobre compromiso con la promoción y protección de los derechos
humanos, firmado y ratificado por los países miembros en 2005. Se firmó en 2006
la Declaración sobre Derechos Humanos de los Presidentes del Mercosur y
Estados Asociados, que en su párrafo segundo sostiene que los países firmantes:
"Reafirman su adhesión a los principios
de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre aprobada en
Bogotá en 1948, y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
suscripta en San José de Costa Rica en 1969, y su compromiso de continuar con
el proceso de fortalecimiento y perfeccionamiento de la Comisión y de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos".
Por los motivos expuestos es que
solicito a mis pares sea aprobada la presente.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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