PROYECTO DE TP
Expediente 6374-D-2014
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL 20° ANIVERSARIO DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1994.
Fecha: 15/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su beneplácito por el beneplácito
por el 20° Aniversario de la Reforma Constitucional de 1994, en la que se
incorporaron novedosas aportes al diseño constitucional del Estado Argentino y
que fueran incorporadas para optimizar el cumplimiento de los principios y las
finalidades consagrados en el Preámbulo de nuestra Carta Magna.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
TEMA: Su beneplácito por el
beneplácito por el 20° Aniversario de la Reforma Constitucional de 1994, en la
que se incorporaron novedosas aportes al diseño constitucional del Estado
Argentino y que fueran incorporadas para optimizar el cumplimiento de los
principios y las finalidades consagrados en el Preámbulo de nuestra Carta
Magna.
Sr. Presidente:
La reforma de la Constitución de la
Nación Argentina de 1994 es una importante modificación realizada al texto
constitucional. Modernizó la misma y definió el texto constitucional, sobre cuya
legitimidad plena no existía consenso. Entre otros cambios, introdujo los
derechos de tercera y cuarta generación, normas para defensa de la
democracia y la constitucionalidad, las características de los órganos de
gobierno, y nuevos órganos de control.
Se convocaron a elecciones de
constituyentes, que se realizan en abril con un amplio triunfo del justicialismo,
aunque en la Capital Federal se impone una lista del Frente Amplio. La
Convención Constituyente se reúne el 25 de mayo en la ciudad de Santa Fe.
Durante dos meses se llevan a cabo amplios debates y, finalmente, se aprueba
el texto de la nueva carta magna, que es jurada por los convencionales el 24 de
agosto en el Palacio San José, antigua residencia del general Justo José de
Urquiza, ubicada en Entre Ríos.Durante tres meses, y en las ciudades de Santa
Fe (sede tradicional de varias convenciones constituyentes) y Paraná se
realizaron las deliberaciones que terminaron por reformar 43 artículos.
Sobre un total de 305
constituyentes, 134 correspondieron al peronismo, 74 al radicalismo, 32 a
partidos de distrito e independientes, 31 al Frente Grande, 21 al Movimiento
por la Dignidad y la Independencia (MODIN), 7 a Fuerza Republicana, 3 al
Partido Demócrata Progresista, y otros 3 a la Unión de Centro Democrático
(UCeDe).
Entre otros convencionales, se
destacaron: Augusto José María Alasino, Raúl Alfonsín, Mauro Aguirre, Álvaro
Alsogaray, Carlos "Chacho" Álvarez, Carlos Auyero, Eduardo Barcesat, Rodolfo
Barra, Antonio Berhongaray, Alfredo Bravo, Leopoldo Bravo, Oraldo Britos,
Antonio Cafiero, Juan Pablo Cafiero, Elisa Carrió, Carlos Corach, Adelina Dalesio
de Viola, Jorge De la Rúa, Enrique de Vedia, Francisco Delich, Eduardo
Duhalde, Guillermo Estévez Boero, Cristina Fernández de Kirchner, Graciela F.
Meijide, María Cristina Guzmán, Aníbal Ibarra, César Jaroslavsky, Néstor Carlos
Kirchner, Norberto Laporta, Fernando Justo López de Zavalía, Juan Carlos
Maqueda, Héctor Masnatta, Diego J. May Zubiría, Eduardo Menem, Alberto
Natale, Alicia Oliveira, Enrique Paixao, Alberto Piccinini, Adriana Puiggrós, Luis
Rébora, Jorge Pedro Busti, Carlos A. Reutemann, Aldo Rico, Jesús Rodríguez,
Adolfo Rodríguez Saa, José Romero Feris, Horacio Rosatti, Elva Roulet,
Fernando "Pino" Solanas, Héctor Tizón, Eugenio Zaffaroni.
Son muy importantes la
introducción en la Constitución de normas para impedir los golpes de estado,
los derechos ambientales, del consumidor, a la información, y la acción
colectiva y el amparo, el voto directo, el ballotage, la posibilidad de traslado de
la Capital de la República, la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires.
El 22 de agosto de 1994 se aprobó
definitivamente la reforma constitucional en la localidad de Olivos, en la
provincia de Buenos Aires.
La Convención Reformadora
agregó a la Primera Parte de la Constitución Nacional, que constaba de un
único capítulo (Declaraciones, derechos y garantías: del artículo 1 al 35), un
segundo capítulo titulado Nuevos derechos y garantías, que pasó a contener
ocho artículos (del artículo 36 al 43).
Respecto de la Segunda Parte de
la Constitución Nacional (Autoridades de la Nación), la Convención modificó
algunos artículos y agregó otros. En consecuencia, el articulado de la Segunda
Parte fue numerado de nuevo. Se incluyó la participación de ciudadanos en
partidos políticos, la consulta popular y la reelección presidencial (el presidente
y el vicepresidente de la Nación duran cuatro años en su cargo y pueden ser
reelectos por un solo período consecutivo).
Además, se introdujeron un
conjunto de disposiciones tendientes a la atenuación del presidencialismo, a
garantizar la independencia del Poder Judicial, a la incorporación de
mecanismos de democracia semidirecta y a la afirmación de derechos sociales.
También se agregaron cláusulas para el fortalecimiento del federalismo, para
garantizar la protección del medio ambiente y de los derechos de los
consumidores. Asimismo, se otorgó jerarquía constitucional a los tratados
firmados por nuestro país con organismos internacionales o con otros países.
Señor Presidente, por todo lo
expuesto es que solicito a mis pares, me acompañen en la aprobación de la
presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIACCONE, CLAUDIA ALEJANDRA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
21/10/2014 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1008/2014 | ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 34/2014 | 29/10/2014 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 25/11/2014 | APROBADO |