PROYECTO DE TP
Expediente 6359-D-2012
Sumario: EXPRESAR RECHAZO POR EL ACCIONAR DISCRIMINATORIO DEL GRUPO PERFIL QUE HA REPRODUCIDO EN LA TAPA DE LA REVISTA "NOTICIAS", UNA CARICATURIZACION HUMILLANTE DE LA SEÑORA PRESIDENTA DOCTORA CRISTINA FERNANDEZ DE KIRCHNER, EJERCIENDO UN CLARO EJEMPLO DE VIOLENCIA MEDIATICA DE GENERO.
Fecha: 10/09/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su más enérgico rechazo y
condena al accionar discriminatorio del Grupo Perfil que ha reproducido en la tapa
de la Revista Noticias, edición Nro. 1863 del 8 de septiembre de 2012, una
caricaturización humillante de la señora presidenta Dra. Cristina Fernández de
Kirchner, ejerciendo un claro ejemplo de violencia mediática de género. La tapa de
la revista titulada "El goce de Cristina" y el correspondiente artículo "La libido del
Poder CFK" reproducen estereotipos de género que atentan contra la igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres.
Expresar su total repudio con la línea
editorial del Grupo Perfil que a través de sus distintas publicaciones suscita:
a) La exaltación del cuerpo
femenino como objeto de consumo e intercambio.
b) La reducción de la
participación política femenina a meras relaciones personales y
sentimentales.
c) La fijación de estereotipos
masculinos y femeninos, situando a las mujeres como personas desbordadas,
sensibles y frívolas.
Poner en conocimiento del Consejo
Nacional de las Mujeres a fin de que tome la intervención que corresponda a su
competencia.
Instar al Grupo Perfil a:
1.- Cumplir la ley
26.485 -Ley de Protección Integral a las Mujeres-, que en su artículo 6 inciso "f"
describe a la violencia mediática de género como "...aquella publicación o difusión
de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de
comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de
mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente
contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres,
adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la
desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la
desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres."
2.- Cumplir la ley
26.552 -Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual-, que en su artículo 3 inciso
"m" establece como objetivo para todos los medios de comunicación audiovisual
"Promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y
el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación
por género u orientación sexual."
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Grupo Perfil ha transitado en los
últimos años un camino plagado de actitudes de discriminación de género. Su
revista "Hombre" ha reafirmado, edición tras edición, la colocación de la mujer
como objeto de consumo sexual y como individuo subordinado. Este accionar le
ha valido ya numerosas llamadas de atención desde los organismos de promoción
de la igualdad de género, como en el caso del artículo "Test Tyson", publicado en
2008, donde por medio de una "encuesta" se aceptaba, se provocaba y se
bromeaba sobre la violencia física doméstica y el femicidio. En la misma línea, en
2011, la revista publicó un artículo titulado "Testeamos los mejores puteríos. Oh!"
donde se hacía apología explicita de la prostitución y se ejercían diversos tipos de
discriminación.
En cuanto a la Revista Noticias, se
trata de una publicación que en reiteradas oportunidades ha ridiculizado la
participación política de las mujeres, aun cuando estas afrontan grandes
responsabilidades públicas, mostrándolas constantemente preocupadas por su
imagen y como personas emocionalmente inestables, que deben sus puestos y
toman decisiones exclusivamente por las relaciones personales. A modo de
ejemplo pueden mencionarse titulares como:
"Nueva cara y plan de ataque contra
los Duhalde. El ataque final de Cristina"
"Cristina Kirchner: ¿Está bajo
tratamiento psiquiátrico?"
"Cristina y Néstor: público y privado.
Qué pasa entre ellos."
"El extraño luto de Cristina. 140 días
vestida de negro"
"La otra cara de la lipotimia. La
depresión de Cristina"
"Argentina bipolar. La etapa eufórica
de Cristina"
"El negocio de pegarle a Cristina" (en
donde se la muestra como una mujer golpeada).
En su edición número 1863 del 8 de
septiembre 2012, la Revista Noticias coloca en su tapa una imagen perteneciente
al video clip "Un mensaje más" de la banda musical Rockadictos. Cabe aclarar que
el video ha sido removido de las redes sociales y vías de reproducción como
YouTube por ser considerado de alto contenido sexual.
La tapa se titula "El goce de Cristina"
y corresponde a un artículo titulado "La libido del Poder CFK" en el cual se realizan
afirmaciones denigrantes y se naturalizan falsas diferencias entre hombres y
mujeres. Algunas de ellas se reproducen a continuación:
-"Ella seduce naturalmente desde su
condición femenina (...), uso del pelo, inflexiones en la voz. Pero sobre todo lo
hace cuando se golpea el pecho con el puño cerrado y se lo brinda a sus
seguidores en gesto amoroso"
-"Revela intimidades por cadena
nacional, castra en público a sus subordinados y usa frases pícaras o
procaces."
-"Tiene su líbido puesta en el ejercicio
del poder y exige sumisión"
-"Evidencia placer ante la
adulación"
-"(Cristina) siempre al borde de la
emoción"
-"(en referencia a una fotografía de
su juventud) apoyada contra un alambrado en esa foto setentista blanco y negro
que no pasó inadvertida para ningún hombre."
-"(su) goce trasciende ampliamente a
la sexualidad genital expuesta en el polémico video clip de la ignota banda
Rockadictos"
-"El poder es extremadamente
erótico"
-"Poderosa como nunca. Atractiva en
su edad. Sola en su vida privada. Desinhibida y chispeante. La nueva imagen de
Cristina remite a lo que no se nombra: la sexualidad de los poderosos."
-"El golpe de efecto del video comic
hace visible además una fantasía tabú: la sexualidad de una viuda. Algo que no
nos ocuparía de tratarse de un hombre, de quienes se supone que la
sublimación del objeto amoroso no se canalizaría exclusivamente a
través de la política"
La evocación a la vida privada de las
mujeres, aún cuando ellas participan e inciden en asuntos de la esfera pública, es
una forma que ha encontrado cierta prensa de "castigar" el progreso de nuestra
sociedad en materia de igualdad de género. Significa seguir asociando a las
mujeres exclusivamente a las cuestiones del mundo privado; la sexualidad, los
sentimientos, la estética. Se trata de cuestiones que también forman parte de la
vida de los hombres pero, dadas las construcciones sociales que pesan sobre los
géneros, se suele postular a estos últimos como seres más "racionales y
fuertes".
Nuestra querida Evita también fue
víctima de este tipo de descalificaciones, desde "trepadora" hasta "meretriz," pero
ella parecía tener claro que estas formaban parte de un esquema de decadencia.
En 1946, después de las elecciones, Eva Perón agradeció a las mujeres su apoyo a
la candidatura de Perón, con un discurso visionario del porvenir: "La mujer
argentina ha superado el período de las tutorías civiles. La mujer debe afirmar su
acción, la mujer debe votar. La mujer, resorte moral de su hogar, debe ocupar el
sitio en el complejo engranaje social del pueblo. Lo pide una necesidad nueva de
organizarse en grupos más extendidos y remozados. Lo exige, en suma, la
transformación del concepto de mujer, que ha ido aumentando sacrificadamente el
número de sus deberes sin pedir el mínimo de sus derechos."
Sesenta y seis años después, gracias
al trabajo de diversos colectivos y al apoyo de la Sra. Presidenta a las luchas en
materia de género, contamos con dos leyes: la Ley de Servicios de Comunicación
Audiovisual -26.552- y la Ley de Protección Integral a las Mujeres -26.485- que
tipifican la conducta discriminatoria de la prensa a través de la figura de "violencia
mediática de género". De nosotros depende hacerlas cumplir.
Finalmente, para casos como el
presente, han sido creados organismos como el Consejo Nacional de las Mujeres,
con facultades para intervenir de conformidad con lo previsto en el art.9 de la Ley
de Protección Integral a las Mujeres -26.485-, por lo cual corresponde poner en
conocimiento de dicho organismo a los efectos que corresponden a su
competencia legal.
Por los motivos expuestos solicito la
aprobación del siguiente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LIBERTAD DE EXPRESION (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
30/10/2012 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1450/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 6359-D-2012, 6357-D-2012, 6416-D-2012, 6417-D-2012, 6434-D-2012, 6407-D-2012 y 6411-D-2012 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 38/2012 | 20/11/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 14/12/2012 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 6359-D-2012, 6357-D-2012, 6416-D-2012, 6417-D-2012, 6434-D-2012, 6407-D-2012 y 6411-D-2012 | APROBADO |