PROYECTO DE TP
Expediente 6358-D-2011
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LAS TAREAS DE INVESTIGACION, ESPIONAJE Y RECOPILACION DE DATOS SOBRE DIRIGENTES Y MILITANTES GREMIALES, SOCIALES, POLITICOS, ESTUDIANTILES Y DE ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS, QUE REALIZARIA LA GENDARMERIA NACIONAL EN EL MARCO DEL "PROYECTO X".
Fecha: 17/02/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 204
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar repudio y preocupación por
las tareas de investigación, espionaje y recopilación ilegal de datos sobre
dirigentes y militantes gremiales, sociales, políticos, estudiantiles y de organismos
de derechos humanos, que estaría realizando la Gendarmería Nacional en el
marco de un programa que se ha denominado "Proyecto X", que implicaría una
base de datos recolectada por una unidad especial de dicha fuerza denominada
"Centro de Reunión de Información 'Campo de Mayo'", en clara vulneración de las
leyes de Seguridad Interior y de Inteligencia Nacional, la Constitución Nacional, y
las normativas internacionales en materia de derechos humanos.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A través del presente proyecto de
resolución expresamos nuestro repudio y preocupación por las tareas de
investigación, espionaje y recopilación de datos sobre dirigentes y militantes
gremiales, sociales, políticos, estudiantiles y de organismos de derechos humanos, que
estaría realizando la Gendarmería Nacional en el marco de un programa que se ha
denominado "Proyecto X", que implicaría una base de datos recolectada por una
unidad especial de dicha fuerza denominada "Centro de Reunión de Información
'Campo de Mayo'". Dicha situación ha tomado público conocimiento a partir de la
denuncia efectuada meses atrás por diferentes organizaciones sociales y políticas y
presentada por Darío Javier Hermosilla y Nidia Lorena Gentile, delegados de Kraft;
Leonardo Norniella, delegado de Pepsico Snacks; Myriam Bregman, abogada del
Partido de los Trabajadores Socialistas (PTS); y organismos defensores de los
derechos humanos, entre ellos Madres de Plaza de Mayo - Línea Fundadora, y que
fuera radicada ante el Juez Federal Norberto Oyarbide. Denuncia que fuera
confirmada mediante un escrito presentado en diciembre de 2011 por el titular de
Gendarmería, Héctor Schenone, en la que habría dado cuenta de la referida "base de
datos", así como de las declaraciones realizadas por distintos integrantes de dicha
fuerza en el marco de la causa judicial denominada "causa Kraft", en la que 40
trabajadores fueron procesados en el fuero penal por el delito de "usurpación" y
"coacción", causa que se tramita en la Secretaría Nº2 del Juzgado de Tres de
Febrero.
Si bien dicho escrito
que lleva la firma del Sr. Schenone, que dirigida la fuerza desde el año 2005, no
tendría carácter "ni de testimonial, ni de indagatoria", ya que sólo se trataría de una
"medida para mejor proveer pedida por el fiscal y ordenada por el juez", según
declaraciones de fuentes judiciales que reproduce la agencia de noticias DyN,
Schenone sí habría reconocido que el objetivo principal de esta unidad es obtener y
recabar información personal, movimientos bancarios, hábitos, creencias y
direcciones de líderes y militantes de movimientos gremiales, sociales, políticos,
estudiantiles y de organismos de derechos humanos, así como de las actividades
desplegadas por dichos movimientos, según publicó el diario La Nación.
La nota enviada por
Schenone, que fuera presentada a raíz de una medida preliminar pedida por el fiscal
Gerardo Pollicita al juez Norberto Oyarbide, agrega como Anexo III, "copia del
procedimiento operativo normalizado (PON) del Manual de Guía del programa
principal 'Project X' (sic) de Gendarmería Nacional". En el escrito se dice que las
acciones emprendidas por la fuerza apuntan a "auxiliar el trabajo de
entrecruzamiento de datos -comunicaciones telefónicas, lugares, personas, períodos de
tiempo, etc.- a los fines de una mejor investigación criminal judicial".
Según Myriam
Bregman, Gendarmería realizaría ordenes investigativas que aportaría a la
Justicia, infiltrándose en movilizaciones y reuniones o asambleas de trabajadores,
con el objetivo posterior de identificarlos a los fines de proseguir causas judiciales
en su contra. Dicha situación estaría dando cuenta, en palabras de Bregman, "de
un refinado aparato de vigilancia de ciudadanos que incluye, entre las
características a espiar, si fuma, si es mujeriego, características de personalidad.
Admiten que las operaciones se realizan de manera 'discreta o encubierta
(vistiendo ropas de civil)'. La operativa explicada indica que es una base de datos
orientativa para causas judiciales. Lo curioso es que detectamos, a través de las
declaraciones de los propios gendarmes, que las causas en las que hacen trabajo
de inteligencia se desarrollan con profusión en Zona Norte y en conflictos obreros.
Construyeron un aparato de vigilancia que puede, incluso, dar características de
los conflictos laborales caracterizándolos y a las distintas posiciones gremiales en
juego. Es llamativo que hayan informes realizados por gendarmes desde el
ministerio de Trabajo contando si las audiencias se alargan o acortan, cuando no
tienen competencia en ese lugar".
Las declaraciones
que constan en la causa judicial confirmarían esta situación. El gendarme Raúl
Ernesto Sheurman, integrante de la Unidad Especial de Procedimiento Judicial de
Gendarmería Nacional que fuera designado con otro miembro de la fuerza para ir
al lugar de la manifestación, relató ante la secretaria del Juzgado Federal en lo
Criminal y Correccional de Tres de Febrero: "Nuestra función allí es solamente
observar quiénes están en el lugar, hablar con la gente para saber el motivo del
corte, mientras que todo lo referente al restablecimiento del tránsito se encarga el
Escuadrón de Seguridad Vial. Fuimos al lugar vestidos de civil para mezclarnos
entre la gente y determinar quiénes eran los que hablaban por los altoparlantes,
quiénes los organizadores". Asimismo, el gendarme Sheurman admitió que
intentó ubicar a dos organizadores de los cortes pero que, al no ubicarlos, sacó
fotos a otros manifestantes con su celular.
En el mismo tribunal,
Gendarmería comunicó que la oficial Elisabeth Calisaya "informó los resultados de
la compulsa realizada en forma encubierta y de consulta a las bases de datos
abiertas, efectuadas sobre las personas de interés". Más adelante, la declaración
oficial continúa revelando el accionar de inteligencia de Calisaya, afirmando que la
oficial "pudo observar que había tres personas, claramente identificables que
evidenciaban ser los cabecillas, dando indicaciones a los manifestantes y siendo
entrevistados por medios periodísticos que allí se manifestaban. Por tal motivo,
encontrándose la dicente vestida de civil se entremezcló con la multitud, de
manera encubierta y comenzó a recabar los datos de las personas en cuestión
preguntando entre las personas que se manifestaban, el nombre de los cabecillas,
obteniendo los datos de los imputados, Gentile, Norniella y Coria". La gendarme
también señaló que tenía una confusión respecto a los nombres de los
manifestantes del conflicto de Kraft vigilados, pero que "lo aclaró a través de la
base de datos con que cuenta la fuerza en la cual se desempeña". Esa base de
datos sería ni más ni menos que el denominado "Proyecto X".
Por su parte el
gendarme Carlos Christian Sanabria reconoce haber identificado a Néstor Pitrola y
Vilma Ripoll, que apoyaban la huelga de Kraft, y que individualizó a Ramón
Bogado y Javier Hermosilla, "quienes ocupan cargos gremiales en la empresa de
marras, respecto a quienes no pudieron obtenerse fotografías". Vale aclarar que
tanto Pitrola como Ripoll, Bogado y Hermosilla, junto a varios otros activistas
obreros de Kraft, enfrentan hoy embargos sobre sus escasos bienes y causas
judiciales que persiguen la protesta social.
Vale aclarar que, como afirma el
periodista de Plazademayo.com, Diego Rojas, las declaraciones en sede judicial
que dieron cuenta de la existencia de "Proyecto X" se realizaron durante la actual
gestión de la Sra. Ministra Nilda Garré, y señalaron a la "base de datos" en tiempo
presente.
Es importante destacar en este
punto que, salvo que lo solicite la justicia, las acciones de espionaje interno están
prohibidas expresamente en la Ley de Seguridad Interior, Nº 24.059 y en la Ley
de Inteligencia Nacional, Nº 25.520, norma que en su artículo 4º expresamente
prohíbe que se realicen tareas de inteligencia a personas por el sólo hecho de ser
miembros de partidos políticos, asociaciones sindicales o grupos sociales. La
norma es clara en cuanto prohíbe las tareas de inteligencia sobre personas que
participan en organizaciones sociales o políticas, "por el solo hecho" de esa
pertenencia, es decir, mientras no cometan un delito. La norma expresa: "Ningún
organismo de inteligencia podrá:
1. Realizar tareas represivas, poseer
facultades compulsivas, cumplir, por sí, funciones policiales ni de investigación
criminal, salvo ante requerimiento específico realizado por autoridad judicial
competente en el marco de una causa concreta sometida a su jurisdicción, o que
se encuentre, para ello, autorizado por ley.
2. Obtener información, producir
inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe
religiosa, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a
organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas,
asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que
desarrollen en cualquier esfera de acción.
3. Influir de cualquier modo en la
situación institucional, política, militar, policial, social y económica del país, en su
política exterior, en la vida interna de los partidos políticos legalmente
constituidos, en la opinión pública, en personas, en medios de difusión o en
asociaciones o agrupaciones legales de cualquier tipo.
4. Revelar o divulgar cualquier tipo
de información adquirida en ejercicio de sus funciones relativa a cualquier
habitante o a personas jurídicas, ya sean públicas o privadas, salvo que mediare
orden o dispensa judicial."
Por su parte, y en tal sentido, las
tareas específicas de la Gendarmería se circunscriben a la defensa de las
fronteras, no a la inteligencia interior. Vale la pena repetirlo: la inteligencia
interior está constitucionalemente prohibida para todas las fuerzas de seguridad
de la nación.
"Un organismo de
esa naturaleza es completamente ilegal e inconstitucional", señaló al medio
Plazademayo.com el abogado Juan Carlos Capurro, presidente del Comité de
Acción Jurídica y vicepresidente de la Federación Internacional de Derechos
Humanos, refiriéndose a dicha "unidad especial" de Gendarmería. "Las tareas
específicas de la Gendarmería se circunscriben a la defensa de las fronteras, no a
la inteligencia interior. La inteligencia interior está constitucionalemente prohibida
para todas las fuerzas de seguridad de la nación. Ninguna fuerza podría tener un
organismo de ese tipo de manera autónoma, ya que estaría violando la Carta
Magna. Y si le hubiera sido encomendada por el ministerio de Defensa o del
Interior, la ministra o el ministro deberán dar explicaciones sobre el organismo de
inteligencia y control de los ciudadanos".
No solo repudiamos este accionar
por parte de Gendarmería Nacional por violar las leyes de Seguridad Interior y de
Inteligencia Nacional, sino también por vulnerar la Constitución Nacional y las
normativas internacionales en materia de derechos humanos, por lo tanto
consideramos fundamental que se investigue también la responsabilidad de los
máximos oficiales de la fuerza, así como de los responsables políticos y del Poder
Judicial, si así existiera.
No podemos, por último, dejar de
expresar nuestra honda preocupación ante lo que consideramos una
profundización de la criminalización de la protesta social que se expresa en
procedimientos de infiltración y persecución de dirigentes y militantes gremiales,
sociales, políticos, estudiantiles y de organismos de derechos humanos como el
que aquí nos convoca, práctica que se ha arraigado en el accionar diario de
algunos magistrados y fiscales que han propiciado la intervención de las fuerzas
de seguridad y han sujeto a proceso a ciudadanos que, en ejercicio de su legítimo
derecho de peticionar ante las autoridades, organizarse y luchar por lo que
consideran justo. contra políticas sociales y económicas. Criminalización de la
protesta que ha venido a reafirmar la recientemente aprobada Ley
"Antiterrorista", la cuarta del ciclo kirchnerista (se aprobaron dos en el 2005 y una
en el 2007), que el Poder Ejecutivo, a través de los diputados del Frente para la
Victoria, el PJ, Nuevo Encuentro, así como el Movimiento Popular Neuquino y
otros partidos provinciales aliados, impulsara, aprobara y promulgara con inusual
rapidez, con el fin evidente de criminalizar la protesta social e intimidar a las
organizaciones del pueblo.
Por todos los motivos expuestos
anteriormente, es que solicitamos a las Sras. Diputadas y los Sres. Diputados
acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia) |
DEFENSA NACIONAL |