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PROYECTO DE TP


Expediente 6358-D-2011
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LAS TAREAS DE INVESTIGACION, ESPIONAJE Y RECOPILACION DE DATOS SOBRE DIRIGENTES Y MILITANTES GREMIALES, SOCIALES, POLITICOS, ESTUDIANTILES Y DE ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS, QUE REALIZARIA LA GENDARMERIA NACIONAL EN EL MARCO DEL "PROYECTO X".
Fecha: 17/02/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 204
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar repudio y preocupación por las tareas de investigación, espionaje y recopilación ilegal de datos sobre dirigentes y militantes gremiales, sociales, políticos, estudiantiles y de organismos de derechos humanos, que estaría realizando la Gendarmería Nacional en el marco de un programa que se ha denominado "Proyecto X", que implicaría una base de datos recolectada por una unidad especial de dicha fuerza denominada "Centro de Reunión de Información 'Campo de Mayo'", en clara vulneración de las leyes de Seguridad Interior y de Inteligencia Nacional, la Constitución Nacional, y las normativas internacionales en materia de derechos humanos.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A través del presente proyecto de resolución expresamos nuestro repudio y preocupación por las tareas de investigación, espionaje y recopilación de datos sobre dirigentes y militantes gremiales, sociales, políticos, estudiantiles y de organismos de derechos humanos, que estaría realizando la Gendarmería Nacional en el marco de un programa que se ha denominado "Proyecto X", que implicaría una base de datos recolectada por una unidad especial de dicha fuerza denominada "Centro de Reunión de Información 'Campo de Mayo'". Dicha situación ha tomado público conocimiento a partir de la denuncia efectuada meses atrás por diferentes organizaciones sociales y políticas y presentada por Darío Javier Hermosilla y Nidia Lorena Gentile, delegados de Kraft; Leonardo Norniella, delegado de Pepsico Snacks; Myriam Bregman, abogada del Partido de los Trabajadores Socialistas (PTS); y organismos defensores de los derechos humanos, entre ellos Madres de Plaza de Mayo - Línea Fundadora, y que fuera radicada ante el Juez Federal Norberto Oyarbide. Denuncia que fuera confirmada mediante un escrito presentado en diciembre de 2011 por el titular de Gendarmería, Héctor Schenone, en la que habría dado cuenta de la referida "base de datos", así como de las declaraciones realizadas por distintos integrantes de dicha fuerza en el marco de la causa judicial denominada "causa Kraft", en la que 40 trabajadores fueron procesados en el fuero penal por el delito de "usurpación" y "coacción", causa que se tramita en la Secretaría Nº2 del Juzgado de Tres de Febrero.
Si bien dicho escrito que lleva la firma del Sr. Schenone, que dirigida la fuerza desde el año 2005, no tendría carácter "ni de testimonial, ni de indagatoria", ya que sólo se trataría de una "medida para mejor proveer pedida por el fiscal y ordenada por el juez", según declaraciones de fuentes judiciales que reproduce la agencia de noticias DyN, Schenone sí habría reconocido que el objetivo principal de esta unidad es obtener y recabar información personal, movimientos bancarios, hábitos, creencias y direcciones de líderes y militantes de movimientos gremiales, sociales, políticos, estudiantiles y de organismos de derechos humanos, así como de las actividades desplegadas por dichos movimientos, según publicó el diario La Nación.
La nota enviada por Schenone, que fuera presentada a raíz de una medida preliminar pedida por el fiscal Gerardo Pollicita al juez Norberto Oyarbide, agrega como Anexo III, "copia del procedimiento operativo normalizado (PON) del Manual de Guía del programa principal 'Project X' (sic) de Gendarmería Nacional". En el escrito se dice que las acciones emprendidas por la fuerza apuntan a "auxiliar el trabajo de entrecruzamiento de datos -comunicaciones telefónicas, lugares, personas, períodos de tiempo, etc.- a los fines de una mejor investigación criminal judicial".
Según Myriam Bregman, Gendarmería realizaría ordenes investigativas que aportaría a la Justicia, infiltrándose en movilizaciones y reuniones o asambleas de trabajadores, con el objetivo posterior de identificarlos a los fines de proseguir causas judiciales en su contra. Dicha situación estaría dando cuenta, en palabras de Bregman, "de un refinado aparato de vigilancia de ciudadanos que incluye, entre las características a espiar, si fuma, si es mujeriego, características de personalidad. Admiten que las operaciones se realizan de manera 'discreta o encubierta (vistiendo ropas de civil)'. La operativa explicada indica que es una base de datos orientativa para causas judiciales. Lo curioso es que detectamos, a través de las declaraciones de los propios gendarmes, que las causas en las que hacen trabajo de inteligencia se desarrollan con profusión en Zona Norte y en conflictos obreros. Construyeron un aparato de vigilancia que puede, incluso, dar características de los conflictos laborales caracterizándolos y a las distintas posiciones gremiales en juego. Es llamativo que hayan informes realizados por gendarmes desde el ministerio de Trabajo contando si las audiencias se alargan o acortan, cuando no tienen competencia en ese lugar".
Las declaraciones que constan en la causa judicial confirmarían esta situación. El gendarme Raúl Ernesto Sheurman, integrante de la Unidad Especial de Procedimiento Judicial de Gendarmería Nacional que fuera designado con otro miembro de la fuerza para ir al lugar de la manifestación, relató ante la secretaria del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Tres de Febrero: "Nuestra función allí es solamente observar quiénes están en el lugar, hablar con la gente para saber el motivo del corte, mientras que todo lo referente al restablecimiento del tránsito se encarga el Escuadrón de Seguridad Vial. Fuimos al lugar vestidos de civil para mezclarnos entre la gente y determinar quiénes eran los que hablaban por los altoparlantes, quiénes los organizadores". Asimismo, el gendarme Sheurman admitió que intentó ubicar a dos organizadores de los cortes pero que, al no ubicarlos, sacó fotos a otros manifestantes con su celular.
En el mismo tribunal, Gendarmería comunicó que la oficial Elisabeth Calisaya "informó los resultados de la compulsa realizada en forma encubierta y de consulta a las bases de datos abiertas, efectuadas sobre las personas de interés". Más adelante, la declaración oficial continúa revelando el accionar de inteligencia de Calisaya, afirmando que la oficial "pudo observar que había tres personas, claramente identificables que evidenciaban ser los cabecillas, dando indicaciones a los manifestantes y siendo entrevistados por medios periodísticos que allí se manifestaban. Por tal motivo, encontrándose la dicente vestida de civil se entremezcló con la multitud, de manera encubierta y comenzó a recabar los datos de las personas en cuestión preguntando entre las personas que se manifestaban, el nombre de los cabecillas, obteniendo los datos de los imputados, Gentile, Norniella y Coria". La gendarme también señaló que tenía una confusión respecto a los nombres de los manifestantes del conflicto de Kraft vigilados, pero que "lo aclaró a través de la base de datos con que cuenta la fuerza en la cual se desempeña". Esa base de datos sería ni más ni menos que el denominado "Proyecto X".
Por su parte el gendarme Carlos Christian Sanabria reconoce haber identificado a Néstor Pitrola y Vilma Ripoll, que apoyaban la huelga de Kraft, y que individualizó a Ramón Bogado y Javier Hermosilla, "quienes ocupan cargos gremiales en la empresa de marras, respecto a quienes no pudieron obtenerse fotografías". Vale aclarar que tanto Pitrola como Ripoll, Bogado y Hermosilla, junto a varios otros activistas obreros de Kraft, enfrentan hoy embargos sobre sus escasos bienes y causas judiciales que persiguen la protesta social.
Vale aclarar que, como afirma el periodista de Plazademayo.com, Diego Rojas, las declaraciones en sede judicial que dieron cuenta de la existencia de "Proyecto X" se realizaron durante la actual gestión de la Sra. Ministra Nilda Garré, y señalaron a la "base de datos" en tiempo presente.
Es importante destacar en este punto que, salvo que lo solicite la justicia, las acciones de espionaje interno están prohibidas expresamente en la Ley de Seguridad Interior, Nº 24.059 y en la Ley de Inteligencia Nacional, Nº 25.520, norma que en su artículo 4º expresamente prohíbe que se realicen tareas de inteligencia a personas por el sólo hecho de ser miembros de partidos políticos, asociaciones sindicales o grupos sociales. La norma es clara en cuanto prohíbe las tareas de inteligencia sobre personas que participan en organizaciones sociales o políticas, "por el solo hecho" de esa pertenencia, es decir, mientras no cometan un delito. La norma expresa: "Ningún organismo de inteligencia podrá:
1. Realizar tareas represivas, poseer facultades compulsivas, cumplir, por sí, funciones policiales ni de investigación criminal, salvo ante requerimiento específico realizado por autoridad judicial competente en el marco de una causa concreta sometida a su jurisdicción, o que se encuentre, para ello, autorizado por ley.
2. Obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción.
3. Influir de cualquier modo en la situación institucional, política, militar, policial, social y económica del país, en su política exterior, en la vida interna de los partidos políticos legalmente constituidos, en la opinión pública, en personas, en medios de difusión o en asociaciones o agrupaciones legales de cualquier tipo.
4. Revelar o divulgar cualquier tipo de información adquirida en ejercicio de sus funciones relativa a cualquier habitante o a personas jurídicas, ya sean públicas o privadas, salvo que mediare orden o dispensa judicial."
Por su parte, y en tal sentido, las tareas específicas de la Gendarmería se circunscriben a la defensa de las fronteras, no a la inteligencia interior. Vale la pena repetirlo: la inteligencia interior está constitucionalemente prohibida para todas las fuerzas de seguridad de la nación.
"Un organismo de esa naturaleza es completamente ilegal e inconstitucional", señaló al medio Plazademayo.com el abogado Juan Carlos Capurro, presidente del Comité de Acción Jurídica y vicepresidente de la Federación Internacional de Derechos Humanos, refiriéndose a dicha "unidad especial" de Gendarmería. "Las tareas específicas de la Gendarmería se circunscriben a la defensa de las fronteras, no a la inteligencia interior. La inteligencia interior está constitucionalemente prohibida para todas las fuerzas de seguridad de la nación. Ninguna fuerza podría tener un organismo de ese tipo de manera autónoma, ya que estaría violando la Carta Magna. Y si le hubiera sido encomendada por el ministerio de Defensa o del Interior, la ministra o el ministro deberán dar explicaciones sobre el organismo de inteligencia y control de los ciudadanos".
No solo repudiamos este accionar por parte de Gendarmería Nacional por violar las leyes de Seguridad Interior y de Inteligencia Nacional, sino también por vulnerar la Constitución Nacional y las normativas internacionales en materia de derechos humanos, por lo tanto consideramos fundamental que se investigue también la responsabilidad de los máximos oficiales de la fuerza, así como de los responsables políticos y del Poder Judicial, si así existiera.
No podemos, por último, dejar de expresar nuestra honda preocupación ante lo que consideramos una profundización de la criminalización de la protesta social que se expresa en procedimientos de infiltración y persecución de dirigentes y militantes gremiales, sociales, políticos, estudiantiles y de organismos de derechos humanos como el que aquí nos convoca, práctica que se ha arraigado en el accionar diario de algunos magistrados y fiscales que han propiciado la intervención de las fuerzas de seguridad y han sujeto a proceso a ciudadanos que, en ejercicio de su legítimo derecho de peticionar ante las autoridades, organizarse y luchar por lo que consideran justo. contra políticas sociales y económicas. Criminalización de la protesta que ha venido a reafirmar la recientemente aprobada Ley "Antiterrorista", la cuarta del ciclo kirchnerista (se aprobaron dos en el 2005 y una en el 2007), que el Poder Ejecutivo, a través de los diputados del Frente para la Victoria, el PJ, Nuevo Encuentro, así como el Movimiento Popular Neuquino y otros partidos provinciales aliados, impulsara, aprobara y promulgara con inusual rapidez, con el fin evidente de criminalizar la protesta social e intimidar a las organizaciones del pueblo.
Por todos los motivos expuestos anteriormente, es que solicitamos a las Sras. Diputadas y los Sres. Diputados acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
DEFENSA NACIONAL