PROYECTO DE TP
Expediente 6357-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA INCORPORAR AL LISTADO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY 24557, DE RIESGOS DEL TRABAJO, DIVERSAS ENFERMEDADES.
Fecha: 31/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 123
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
incorpore al Listado de Enfermedades Profesionales de la Ley 24.557 de Riesgos
del trabajo, incluido en el Art. 6° inc. 2 a) de la misma, las siguientes
Enfermedades Profesionales:
- Epicondilitis
- Tendinitis del pulgar
- Síndrome de Estrés
- Hernia de Disco
- Sufrimiento de episodios de Ataques
de Pánico
- Patologías Psiquiátricas
- Otras enfermedades que el Poder
Ejecutivo considere pertinentes en función a los fundamentos expuestos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente Proyecto de Resolución
tiene como finalidad que el Poder Ejecutivo incorpore al Listado de Enfermedades
Profesionales de la Ley 24.557 de Riesgos del trabajo, especialmente en el Art. 6°
inc. 2 a), enfermedades profesionales que no encuentran amparadas bajo esa
normativa. Ellas son Epicondilitis, Tendinitis del pulgar, Síndrome de Estrés,
Hernia de Disco, Sufrimiento de episodios de Ataques de Pánico y Patologías
Psiquiátricas, la mayoría de ellas sufridas en las empresas, específicamente
metalúrgicas y textiles. Muchas veces, estas enfermedades no son consideradas
como tal pero se relacionan con la actual inestabilidad laboral que sufren los
empleados bajo la modalidad de contrato de trabajo y los ritmos acelerados de
labor.
Observamos que las crisis económicas
y los resultados de una flexibilización laboral favorecieron un ritmo de trabajo que
muchos obreros padecen y que los lleva a sufrir problemas físicos y psíquicos. Los
trastornos por ansiedad, al igual que el miedo, la preocupación y los trastornos
relacionados con el estrés asociado, como el insomnio, parecen mostrar una
prevalencia cada vez mayor.
Recordemos que, de acuerdo con el
Protocolo de 2002 del Convenio sobre Seguridad y Salud de los trabajadores, la
expresión enfermedad profesional designa toda enfermedad contraída por la
exposición a factores de riesgo que resulte de la actividad laboral, esta definición
contiene un elementos principal; la relación causal entre la exposición en un
entorno de trabajo y una enfermedad específica; y resulta que, dentro de un grupo
de personas expuestas, la enfermedad se produce con una frecuencia superior a la
tasa media de morbilidad del resto de la población.
Reconocemos que una enfermedad
profesional es un ejemplo concreto de toma de decisión en materia de medicina
clínica o de epidemiología clínica aplicada. Decidir sobre el origen de una
enfermedad no es una ciencia exacta, sino una cuestión de criterio basada en un
examen crítico de todas las evidencias disponibles. Es por ellos que incluimos estas
nuevas enfermedades. Debemos resguardar la salud de los empleados.
Corresponde observar los ritmos de trabajo en las empresas; hoy el crecimiento en
la demanda de ciertos productos,
lleva a elevar la productividad al
máximo, donde los puestos de trabajo se encuentran produciendo al límite de su
capacidad, dando como resultado el conjunto de enfermedades detalladas
anteriormente.
Por los motivos expuestos es que
solicito de mis pares la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SCIUTTO, RUBEN DARIO | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |