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PROYECTO DE TP


Expediente 6340-D-2011
Sumario: EXPRESAR RECHAZO A LA RESOLUCION 9/2012 DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS MEDIANTE LA CUAL EL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR SERA EL ENCARGADO DE MANEJAR EL REGISTRO NACIONAL DE FABRICANTES DISTRIBUIDORES Y COMERCIALIZADORES DE PASTA CELULOSA Y PAPEL PARA DIARIOS.
Fecha: 16/02/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 203
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Manifestar el desacuerdo a la medida adoptada por el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas respecto a la resolución 9/2012 del Boletín Oficial, por la que el secretario de Comercio Interior será el encargado de manejar el Registro Nacional de Fabricantes, Distribuidores y Comercializadores de Pasta Celulosa y Papel para Diarios.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Si bien ya lo venía haciendo de manera informal para el Grupo Olmos, ahora el secretario de Comercio, Guillermo Moreno, será el encargado en forma oficial de controlar la distribución del papel para diarios, según la resolución 9/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial.
El funcionario tendrá a cargo el Registro Nacional de Fabricantes, Distribuidores y Comercializadores de Pasta Celulosa y Papel para Diarios, que "quedará habilitado para el dictado y ejecución de todos los actos tendientes a su instrumentación, funcionamiento, supervisión y control".
La Resolución 9, firmada por el ministro de Economía, Hernán Lorenzino, dispone que la secretaría a cargo de Moreno controlará ese Registro, creado en el Artículo 28 de la Ley Nº 26.736 que fue sancionada y promulgada a fines del año pasado en un veloz trámite.
Moreno encabezó una ofensiva contra Papel Prensa, empresa con capitales mayoritarios de los matutinos Clarín y La Nación, y donde el 95% de los clientes son diarios.
El 12 de agosto de 2010 irrumpió en la sede de la papelera, en la que el Estado posee el 27%, con guantes de box y, recurriendo a amenazas y gritos, impidió que se realizara una votación de los socios.
Según el artículo tercero de la disposición, "los fabricantes, distribuidores, comercializadores y compradores de pasta celulosa y de papel para diarios actualmente en actividad, contarán con un plazo máximo de 22 días a partir del dictado del acto administrativo correspondiente por parte de la Secretaría de Comercio Interior, a los fines de su inscripción en el Registro Nacional".
Además, el artículo cuarto indica que "los fabricantes, distribuidores y comercializadores alcanzados por el Artículo 2º de esta Resolución, deberán cumplir con la obligación prevista en el Artículo 18 de la ley en el plazo máximo de 5 días a contar desde la inscripción en el Registro".
"Asimismo, quienes opten por agregar otras formas de publicidad, deberán hacerlo saber a la Secretaría de Comercio Interior, con una antelación a su implementación no inferior a 10 días"
Por todo lo mencionado ut supra, considero que esta ley es una herramienta poderosa para atentar contra la libertad de expresión y manifiesto mi desacuerdo.
Es por lo expuesto, Sr. Presidente, que le solicito la aprobación del presente proyecto de declaración
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION POR TODOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMERCIO (Primera Competencia)