PROYECTO DE TP
Expediente 6327-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL INSTRUYA AL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION Y A LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD A FIN DE RESTABLECER LAS PRESTACIONES A LOS AFILIADOS A LA OBRA SOCIAL PARA LA ACTIVIDAD DOCENTE (OSPLAD).
Fecha: 07/09/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 119
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a
fin de que, instruya al Ministerio de Salud de la Nación y a la Superintendencia de
Servicios de Salud sobre la falta de prestaciones de los servicios a los afiliados a
la Obra Social para la Actividad Docente (OSPLAD), lo siguiente:
1) Se adopten las medidas
necesarias, a través de la Superintendencia de Servicios de Salud, para que en
forma urgente y en el menor plazo se restablezcan los servicios y prestaciones a
los afiliados de OSPLAD en todo el territorio nacional;
2) Se inicien las acciones
correspondientes para que la obra social OSPLAD haga efectivo, a la brevedad,
los reintegros solicitados por los afiliados carentes de servicios y prestaciones;
3) Se inicien las investigaciones
correspondiente a efectos de determinar si Organismos del Estado tuvieron
responsabilidad, por acción u omisión, en la situación de desprotección que
padecen miles de afiliados a la obra social OSPLAD:
a) Si la Administración de
Programas Especiales (APE), hoy transferida a la Superintendencia de Servicios
de Salud, giró en tiempo y forma los fondos correspondientes a las obras
sociales;
b) Si la Superintendencia de
Servicios de Salud, a través de la Gerencia y/o Gerencias que correspondieran,
realizó todas las acciones necesarias para garantizar los servicios y prestaciones
a las obras sociales; y
c) Si el Defensor del
Beneficiario de la Superintendencia de Servicios de Salud actuó en consecuencia
protegiendo los derechos de los afiliados a la obra social OSPLAD;
En caso de determinarse
responsabilidad de algún/os Organismo/s del Estado que haya contribuido con sus
acciones u omisiones, dilaciones, inobservancia de las normas legales vigentes,
etc. a la grave situación que llevó a esta obra social ha desamparar total o
parcialmente a sus afiliados en algún momento y en algún lugar de nuestro país,
se actúe sobre la responsabilidad de los funcionarios a cargo de dichos
Organismos por vía administrativa o judicial según correspondiere; y
4) Se informe a ésta Honorable
Cámara de lo actuado por el Ministerio de Salud y por la Superintendencia de
Servicios de Salud sobre la falta de prestaciones de los servicios a los afiliados a
la Obra Social para la Actividad Docente (OSPLAD).
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La solicitud para que el Poder Ejecutivo
instruya al Ministerio de Salud y a la Superintendencia de Servicios de Salud para
que adopten medidas, inicien acciones e investigaciones y brinden información de
lo actuado sobre la falta de prestación de servicios a los afiliados a la Obra Social
para la Actividad Docente (OSPLAD), responde a:
Denuncias en medios periodísticos, a
continuación detallamos algunas:
El Diario | Paraná | Miércoles 16 de Mayo
de 2012
Se agrava la falta de servicios en la
Osplad
"La situación de la Obra
Social para la Actividad Docente (Osplad) continúa siendo complicada: desde
hace un mes y medio que los bioquímicos han suspendido prestaciones por falta
de pago, y desde principios de este mes la Federación Médica de Entre Ríos
(Femer) adoptó idéntica actitud, seguida por los farmacéuticos. (...)"
Diario El Argentino | Gualeguaychú | 28
de Junio de 2012
Los afiliados de OSPLAD viven
un calvario
"Los afiliados a la Obra
Social para la Actividad Docente (Osplad) viven un calvario sin poder en
Gualeguaychú y en toda la provincia, lograr tener el prometido servicio de
prestación en materia de salud. (...)"
APFDigital | Paraná | 02 de Septiembre de
2012
AMET CRITICO LA "MALA
ADMINISTRACION" DE CTERA EN OSPLAD Y PROPUSO QUE LA MAYORIA
DE LOS FONDOS SE QUEDEN EN ENTRE RIOS
"(...) La postura
institucional de AMET es que Osplad no es deficitaria en Entre Ríos y que la mala
administración o gestión de los fondos de lo que se hace desde Buenos Aires,
donde CTERA tiene la mayoría, es la causante primordial de que hace ocho
meses no tengamos servicio", lanzó Andrés Besel.(...)
En la página web de la de la propia
Obra Social OSPLAD, la carta a los afiliados del Consejo de Administración
titulada "La Unica Verdad es la Realidad" de Marzo de 2012 firmada por el
Presidente del Consejo Profesor Daniel R. Perata, aún publicada en la fecha,
donde detallan deudas a cobrar por la Obra Social.
Propuestas legislativas como el Expte
N° 4300-D-2012 del 26/06/2012 de autoría del Diputado Fabián Rogel y otros
Señores Diputados, destinado a la Comisión de Acción Social y Salud Pública, que
no tuvo tratamiento a la fecha pese a la gravedad del asunto.
La Constitución Nacional en su Artículo
14bis consagra el derecho a la protección integral de la familia y la obligación del
Estado de otorgar los beneficios de la seguridad social; y en algunos de los
tratados detallados en el inciso 22 del Artículo 75 se consagra el derecho a la vida.
En este marco, la salud de los habitantes es una obligación impostergable de la
autoridad en favor al bienestar de todos los ciudadanos.
Las Leyes N° 23.660 de
Obras Sociales y N° 23.661 Sistema Nacional de Seguro de Salud sancionadas a
fines de 1988, más la Ley N° 24.445 Prestaciones obligatorias que deben
incorporarse sancionada en 1995, con sus reglamentaciones y modificaciones,
constituyen la base del sistema de salud vigente.
Durante el gobierno del
Presidente Dr. Carlos S. Menem, y dentro del marco de la Ley N° 24.629 de
Reorganización Administrativa del año 1996, el Poder Ejecutivo dicta el Decreto N°
1615/96 por el cual constituye la Superintendencia de Servicios de Salud que tiene
como misión y objetivos los siguientes: "... regulación y control de los actores del
Sistema Nacional del Seguro de Salud. Su misión es supervisar, fiscalizar y
controlar a las Obras Sociales y a otros Agentes del Sistema, con el objeto de
asegurar el cumplimiento de las políticas del área para la promoción, preservación
y recuperación de la salud de la población y la efectiva realización del derecho a
gozar las prestaciones de salud establecidas en la legislación. (...)" - (fuente:
pagina web del organismo) y crea la Dirección de Programas Especiales dentro
del Ministerio de Salud, con la misión de atender los planes establecidos por la
Ley N° 23.661. En el año 1998, el Poder Ejecutivo por Decreto N° 53/98 crea la
Administración de Programas Especiales (APE) la que absorbió las funciones de
la Dirección antes mencionada.
En Marzo del corriente año, éste
gobierno por Decreto N° 366/12 transfiere la Administración de Programas
Especiales (APE) al ámbito de la Superintendencia de Servicios de Salud y en
Julio por Decreto N° 1.198/12 dispone la absorción de la Administración de
Programas Especiales dentro de la estructura organizativa de la Superintendencia
de Servicios de Salud en jurisdicción del Ministerio de Salud.
Informe de la Auditoría General de la
Nación aprobado por Resolución Nº 30/12 sobre la gestión de fondos realizada por
la Administración de Programas Especiales (APE).
Ante las innumerables denuncias
públicas -algunas las detallamos anteriormente- que indican un resentimiento en
la prestación de los servicios de salud por parte de OSPLAD, ya que sus afiliados
sufren, en algunos lugares de nuestro país, problemas en la atención; al
reconocimiento del titular de la Obra Social de problemas financieros que adjudica
a deudas pendientes de cobro de algunas Provincias, el Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, algunos Organismos Nacionales, Instituciones educativas privadas
y con el APE; al informe de la Auditoría General de la Nación sobre la gestión del
APE; y que es responsabilidad del Estado Nacional velar por el bienestar de los
ciudadanos; que corresponde a los Organismos antes citados y que actúan en
jurisdicción del Ministerio de Salud el control y fiscalización de las Obras Sociales
y la administración de los programas especiales, es que solicito a mis pares
acompañen el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
BAZZE, MIGUEL ANGEL | BUENOS AIRES | UCR |
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
ROGEL, FABIAN DULIO | ENTRE RIOS | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |