PROYECTO DE TP
Expediente 6310-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL "PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS";
Fecha: 19/02/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 183
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros, informe sobre los
siguientes puntos vinculados al PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS.-
1).- Cual es el importe total
percibido por la Jefatura de Gabinete de Ministros en concepto de
comercialización por si o por terceros de los derechos de explotación primarios
y secundarios desde la fecha de celebración del contrato con la Asociación de
futbol Argentino al presente.-
2).- Informe acerca de la totalidad
de los gastos efectuados por todo concepto en la implementación del Programa
"Fútbol Para Todos": pagos o adelantos realizados a la AFA, salarios de
personal contratado (periodistas, técnicos o asistentes), contrataciones para la
distribución satelital de las imágenes o todo otro concepto que signifique una
erogación por parte del Estado Nacional en el marco del Programa "Futbol Para
Todos".
3).- Cuales son los criterios
valorados para arribar a la cifra garantizada de un piso de PESOS
SESISCIENTOS MILLONES ($ 600.000.000) anuales cuyo pago se garantiza a
la AFA.-
4).- Informe sobre la
comercialización de los productos de AFA realizada por si o por terceros,
dando cuenta de los clientes y los montos facturados a cada uno por periodos
mensuales.-
5).- Explique en qué términos y bajo
qué procedimientos se adjudicó a "La Corte S.R.L" la distribución de las
imágenes, en la televisación de los partidos pertenecientes al Campeonato
Argentino de Primera División.-
6).- Informe si se ha obtenido algún
excedente y en su caso cuanto fue destinado al fomento de los deportes
olímpicos.-
7).- Informe por que razón no se
prevén mecanismos de ajustes del valor garantizado para el supuesto de
resultar el acuerdo deficitario y perjudicial para los intereses del Estado.-
8).- Informe cual es la política o
estrategia que se planificó para el presente año, a efectos de llevar adelante un
esquema de recaudación que redunde en beneficios para el Estado y en su
caso el Organismo a cargo del mismo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 6 de
Agosto del año 2009 la Asociación del Fútbol Argentino (en adelante AFA)
celebró un contrato con la Jefatura de Gabinete de Ministros (en adelante JGM)
por el cual aquella le otorgaba a ésta la exclusividad de los derechos de
explotación primarios y secundarios, por sí o por terceros, por cualquier
sistema o procedimiento audiovisual en distintos formatos, creados o a crearse,
de las imágenes y/o sonidos obtenidos en ocasión y desarrollo de cada uno de
los encuentros de los torneos de fútbol de primera categoría organizados por la
AFA, para su transmisión en vivo y en directo y/o en diferido, en Capital
Federal, el interior y exterior del país, durante la vigencia de dicho Acuerdo, a
fin de permitir el acceso libre y gratuito por televisión abierta en todo el territorio
de la República.
Por otro lado, el 11
de Agosto del año 2009 la AFA rescindió unilateralmente el contrato de licencia
de derechos de transmisión que oportunamente celebrara con Televisión
Satelital Codificada S.A.
Por medio del
contrato asociativo firmado el 6 de agosto lo que se procuraba era permitir el
acceso gratuito por televisión abierta en todo el territorio de la República para
todos los ciudadanos. Asimismo también se tuvo en miras compartir el
producido de la comercialización de los "Productos AFA", debido a que -según
lo establecido en los considerandos del mentado contrato- "resulta
imprescindible fortalecer a los clubes -asociaciones civiles sin fines de lucro-
que se agrupan en AFA, con alternativas que les permitan mejorar sus
ingresos, posibilitando que el fútbol argentino progrese de formador de
jugadores de nivel mundial a generador de espectáculos deportivos, a partir del
mejor nivel de sus torneos" (consid. II) y que "no será posible si en el marco de
crecimiento del negocio televisivo, la ganancia de los tenedores de los
derechos televisivos continúa creciendo en detrimento de clubes cada vez más
empobrecidos." (consid. XIV).
La sesión de los
derechos televisivos tendrá una vigencia de diez años contados a partir del 20
de Agosto de 2009 venciendo en consecuencia el 19 de Agosto de 2019.-
Por este
contrato la JGM abonaría la suma de PESOS SEISCIENTOS MILLONES
($600.000.000) como ingreso mínimo anual garantizado. Asimismo dado el
carácter asociativo del contrato, la JGM se comprometió a abonar a AFA el 50
% de las sumas totales netas percibidas por JGM resultantes de la
comercialización. Específicamente, se establece que una vez que la JGM
obtenga otra suma igual al ingreso mínimo anual que se garantiza a AFA, el
excedente será distribuido por mitades, acordando las partes que la AFA
destinará su 50% excedente a los clubes afiliados a la misma, y JGM destinará
su 50% excedente al fomento de los deportes olímpicos.-
En la cláusula
sexta se faculta a la JGM a comercializar por sí y/o por terceros la totalidad de
los productos AFA a terceros, incluyendo -pero sin limitarse a- operadores
de cable, DTH, aéreo, televisión abierta, Internet, empresas de telefonía fija y/o
celular, así como cualquier otra plataforma creada o a crearse que pudiera
difundir los productos AFA, contando para ello con las más amplias facultades
para decidir las condiciones, el modo y la forma de comercialización que
considere más conveniente para potenciar los beneficios. Sin que implique
enumeración taxativa, se encuentran incluidos los derechos de
comercialización al interior y exterior del país, con las reservas que para goles
y/o jugadas relevantes decida JGM, transmisión de partidos e imágenes por
telefonía celular, contenidos exclusivos para programas deportivos, contenidos
en Internet mediante sistema "a demanda" y diario digital, derechos de
explotación y comercialización de publicidad durante la transmisión,
comercialización de publicidad asociada a imágenes y contenidos
exclusivos y derechos de explotación y comercialización de contenidos
asociados.-
También se
establece que las partes analizarán al finalizar el primer año de vigencia del
acuerdo, la evolución de la comercialización y los valores de mercado a fines
de adoptar una nueva modalidad de ajuste, en referencia al Ingreso.-
El convenio en
cuestión, se presentaba como una recuperación del espectáculo deportivo para
que pudiera ser gozado por todos los argentinos.-
Es valioso el
objetivo de garantizar la igualdad de derechos a todos los ciudadanos, pero tal
propósito no puede dejar de considerar necesidades urgentes y prioritarias que
tiene el país y que por su trascendencia requieren una especial atención por
sobre otros temas.-
El acuerdo,
comienza incluyendo en sus consideraciones una afirmación que compartimos
plenamente, y que lamentamos no se advierta concretada en el resto del
articulado.-
Al
inicio del texto suscripto entre la AFA y el Jefe de Gabinete de Ministros se
acuerda: "Que ningún convenio asociativo puede subsistir sobre la base del
enriquecimiento de uno y el empobrecimiento de otro;" (El resaltado me
pertenece).-
No obstante esta
afirmación inicial, en el resto del articulado se advierte que la AFA se sitúa en
una posición ventajosa respecto del Estado, distrayendo de esta manera un
volumen importantísimo de fondos que podrían ser destinados a palear alguna
de las acuciantes necesidades que por estos meses vive nuestro país.-
Adquiriendo el
Estado los derechos de comercialización por si o por medio de terceros de la
televisaciòn de los diferentes partidos, se obliga a una prestación que no
pareciera prima facie, representar una justa composición de intereses y
consecuentemente resguardar un equilibrio contractual indispensable en un
acuerdo.-
El Estado establece
un piso que garantiza a la AFA de PESOS SEISCIENTOS MILLONES ($
600.000.000), que se obliga a abonar de manera inexcusable durante los diez
años de vigencia del contrato.- La posibilidad de reajustar el precio es siempre
a favor de la AFA y no se prevé en el texto del acuerdo ningún mecanismo que
permita revisar la cifra mencionada cuando la misma se torne gravosa para el
Estado y resulte definitivamente perjudicial para sus arcas.-
A ello se suma
como circunstancia agravante la publicación en el Boletín Oficial de la Decisión
Administrativa Nº 41/2010, suscripta por el Sr. Jefe de Gabinete de Ministros y
el Sr. Ministro de Economía a mérito de la cual, se reasignan partidas
presupuestarias para destinar más fondos al programa Futbol para todos, en lo
que aparece como un reconocimiento de las inequidades que se dan en el
contrato que hasta ahora solo parece haber representado erogaciones para el
Estado Nacional.-
La reasignación de
partidas necesariamente implica que alguien sufrió el recorte y en este caso
son las provincias las afectadas.- Si se tiene en cuenta que el gobierno
nacional ha venido, en los últimos días remitiendo partidas para auxiliar a las
administraciones provinciales que no podían afrontar sus compromisos, resulta
claramente inadecuada la decisión adoptada.-
Mientras tanto, la
pobreza crece en el país y la necesidad de recurrir a programas como la
Asignación universal por hijo, revela el grado de la emergencia social que
demanda en consecuencia la necesidad de fijar prioridades.-
Es por eso que
para determinar cuales son las ventajas y desventajas del acuerdo es
necesario conocer la mecánica y los resultados que ha venido teniendo en su
instrumentación y aplicación concreta.-
Por
cuanto como bien se expresa en la redacción del contrato "...ningún convenio
asociativo puede subsistir sobre la base del enriquecimiento de uno y el
empobrecimiento de otro;" y sobre todo cuando ese empobrecimiento
apareja la desatención de otras necesidades básicas de millones de
argentinos.-
Es indispensable
que tengamos los elementos necesarios para evaluar el desarrollo de este
acuerdo y las ganancias o pérdidas que el mismo le está reportando al Estado.-
Por
todo ello, es que consideramos sumamente necesario intentar trasparentar el
adecuado manejo de los fondos públicos tendientes a instrumentalizar el
proyecto "Futbol Para Todos".-
Este requerimiento no hace más que intentar viabilizar las finalidades
propuestas en los considerandos del contrato del 20 de agosto de 2009 entre la
AFA y la JGM que dispone: "Que ello requiere también un fuerte
compromiso para instalar un sistema de administración que otorgue
transparencia y facilite los controles institucionales." (consid. III del
contrato AFA-JGM).-
Siendo la
Jefatura de Gabinete de Ministros el órgano jerárquico superior al resto de los
organismos requeridos, es que demandamos la respuesta a la información
solicitada.-
Dado el
carácter de la información solicitada, en razón de la envergadura de los montos
utilizados en la explotación del negocio, la razonabilidad de las dudas que se
generan sobre el equilibrio contractual con la consiguiente afectación del
patrimonio del Estado, y considerando que este requerimiento se funda en el
principio republicano de gobierno de transparencia de las decisiones públicas,
es que solicitamos a nuestros pares acompañen el presente proyecto de
resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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FIAD, MARIO RAYMUNDO | JUJUY | UCR |
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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