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PROYECTO DE TP


Expediente 6298-D-2010
Sumario: CENSO NACIONAL AGROPECUARIO 2008 (DECRETO 1764/07): DISPOSICIONES.
Fecha: 27/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 121
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1: En el marco del Censo Nacional Agropecuario, dispuesto por Decreto Nº 1764/07, el Poder Ejecutivo Nacional deberá:
a) Dar por finalizadas las tareas complementarias del Censo Nacional Agropecuario (CNA) 2008;
b) Eximir a los productores agropecuarios del requerimiento del Certificado de Cumplimiento Censal para la realización de los trámites a los que alude el Artículo 18º del Decreto Nº 1764/07;
c) Informar al BCRA y a todas las entidades que pudieran requerir estos certificados, la anulación de este requerimiento, y en especial la anulación de las Comunicaciones del BCRA B 9717 y B 9825;
d) Eximir a los productores no censados de la aplicación de las penalidades previstas en el Artículo 17 del Decreto Nº 1764/07 y Capítulo VII del Decreto 3110/70 reglamentario de la Ley N 17.622;
e) Dejar de emitir el "Certificado de solicitud de Censo fuera de término" creado por Disposición 994/2009;
f) Presentar como información del Censo Nacional Agropecuario (CNA) 2008 sólo la información parcial surgida de los cuestionarios efectivamente realizados a campo, mencionando que la misma es parcial;
g) Abstenerse de publicar como resultados del CNA 2008 la información preliminar que o la información recopilada por Internet o por otros organismos para el otorgamiento del "Certificado de solicitud de Censo fuera de término";
h) Realizar un próximo Censo Nacional Agropecuario (CNA) para el año 2012;
i) Prever con la suficiente antelación los mecanismos para modernizar el sistema de censo utilizando la tecnología que a tal fin ya ha sido utilizada en la región y cuya implementación ya ha sido estudiada y adaptada por INDEC tomando como referencia la utilizada en Brasil y Ecuador;
j) Tomar las medidas correspondientes para informar a Honorable Congreso Nacional los motivos por los que el Censo Nacional Agropecuario (CNA) 2008 no fue realizado en tiempo y forma de acuerdo a lo previsto en el Decreto Nº 1764/07 y en la normativa dictada en su consecuencia.-
Artículo 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Por el Decreto Nº 1764/07 se resolvió realizar el Censo Nacional Agropecuario (CNA) 2008, el que sin duda era necesario de acuerdo a los considerandos del mismo Decreto. Debido a la mala implementación del mismo la cobertura censal fue muy parcial y fue censada solo una parte de los productores agropecuarios. Pretendiendo suplir estas falencias, se estableció la presentación voluntaria para los productores no censados por Disposición 994/2009.
Este mecanismo tiene enormes falencias como procedimiento estadístico para el CNA, y se ha convertido además en un trámite burocrático centrado en atender la entrega de un "Certificado de solicitud de Censo fuera de término".
Habiendo sido por falencias del operativo censal que enorme cantidad de productores no han sido relevados, no corresponde que el Estado exija un certificado de cumplimiento exigiendo nuevos trámites para otorgarlo y mucho menos que quienes no han sido censados estén sujetos a penalidades.
Es importante destacar que dentro de los considerandos se expresaba "que se requiere de una imagen contemporánea y de gran calidad que permita continuar aplicando medidas que contribuyan al desarrollo del país" y que "se hace necesario diseñar un esquema organizativo de trabajo que permita disponer de sus resultados en un breve plazo, a fin de que el mismo no quede desvirtuado por deficiencias o dilaciones en su ejecución, procesamiento y difusión."
Lamentablemente, cumpliéndose en poco tiempo los 2 años del comienzo del comienzo del CNA 2008, no sólo no se dispone de la "imagen contemporánea y de gran calidad" sino que el mismo relevamiento censal no ha concluido. Como se prevé en los mismos considerandos del Decreto, transcurrido tanto tiempo desde el comienzo del CNA el mismo ha quedado "desvirtuado por deficiencias o dilaciones en su ejecución, procesamiento y difusión."
Es absurdo pretender que la imagen instantánea de un Censo se realice a lo largo de más de 2 años, y que información que no corresponde al propio relevamiento censal sea presentada como información preliminar, alterando la utilidad para la que el censo debe ser implementado. Es preferible presentar solo la información parcial obtenida por los métodos correctos y rigurosos que son esperables hayan sido aplicados durante el relevamiento a campo, que dar por cierta información que surge de trabajos preliminares o de la presentación voluntaria de un fracción de la muestra a relevar.
Dadas las enormes y evidentes falencias de este CNA 2008, es imprescindible la realización de un nuevo Censo, proponiéndose el año 2012, ya que se cumplirían 10 años del último CNA bien realizado. Esta decisión debe tomarse a la brevedad para no incurrir nuevamente en las falencias ocurridas en el fallido CNA 2008.
Como último, teniendo en cuenta ante todo la importancia de la misión asignada en este Censo a las autoridades del INDEC, y considerando además el enorme gasto generado, del que valga como referencia la sola mención de la asignación de $1.265.388.- para la remuneración de 169.056 horas a servicios personales a los agentes afectados a tareas de diseño, planificación, relevamiento, ingreso, procesamiento y difusión de la información, resulta fundamental recibir una clara explicación sobre el fracaso del CNA 2008 y la información correspondiente para, de ser necesario, iniciar las acciones que correspondan.
Por todos lo expuesto, solicito a mis pares acompañen este Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RE, HILMA LEONOR ENTRE RIOS COALICION CIVICA
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
AGRICULTURA Y GANADERIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 2980-D-12