PROYECTO DE TP
Expediente 6293-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CANTIDAD DE HECHOS DELICTIVOS TIPIFICADOS COMO SECUESTROS EXTORSIVOS, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 14/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 102
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder
Ejecutivo Nacional para que el Ministerio de Seguridad de la Nación, a través de
su titular la Ministra María Cecilia Rodríguez, informe sobre el progresivo aumento
de secuestros extorsivos y aporte un pormenorizado informe de los hechos y
cuestiones vinculadas a su abordaje, en todo el Territorio Nacional. Adjuntando la
documentación pertinente en:
1- La Cantidad de hechos delictivos
tipificados como secuestros extorsivos, acaecidos en el conurbano bonaerense y el
resto del país, desde comienzo del corriente hasta la fecha.
2- El Mapa del Delito de los
secuestros extorsivos.
3- Las medidas implementadas por
el Ministerio de Seguridad de la Nación para evitar y revertir los secuestros
extorsivos.
4- La vinculación existente entre los
secuestros y las personas condenadas y privadas de su libertar por el mismo delito.
5- La disposición de Gendarmería en
los distintos barrios del conurbano bonaerense considerados peligrosos, operativos
efectuados y resultados obtenidos.
6 - La probable conexión entre los
secuestros extorsivos y el narcotráfico.
7- La coordinación existente de los
Organismos de seguridad y la correlación de las fuerzas federales que operan en
la resolución de la temática especifica.
8- El equipamiento, capacitación,
recursos, de la División Anti secuestros de Policía Federal Argentina; su asistencia
y colaboración con las distintas Fuerzas de Seguridad Provinciales.
Cualquier otra información que
considere relevante respecto del estado y objeto del presente pedido de
informes.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La situación
actual del secuestro extorsivo, es cada vez más grave y preocupante, sobretodo
en el área geográfica del Gran Buenos Aires.
Frente a la
acuciante situación entiendo necesario que el Ministerio de Seguridad de la
Nación, pueda exponer y dar luz sobre la magnitud del problema. Además de
disertar en forma conjunta, la manera de abordar las políticas públicas que
conciernan a superar este tipo de transgresiones, así como también la
planificación y coordinación de las fuerzas individuales y conjuntas.
Los aspectos
traídos a estudio, repercuten en la vida real de los ciudadanos y son de vital
trascendencia para conocer el plan del Gobierno Nacional en materia de seguridad
y prevención del delito en todo el Territorio Nacional.
Compete al
MINISTERIO, todo lo concerniente a la Seguridad Interior, a la preservación de la
libertad, la vida, el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías,
entender en el ejercicio del poder de policía de seguridad interna.
Además de la
dirección y coordinación de funciones y jurisdicciones de las fuerzas policiales y de
seguridad nacionales (Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura
Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria) y Provinciales.
Las
competencias señaladas, incluyen a La Policía como institución; en su
desempeño de funciones preventivas y de investigación, como reacción frente al
hecho punible, que ejerce como auxiliar de los Fiscales o los Jueces, se halla
subordinada como complementaria, sea del Poder Judicial, en su tarea de
comprensión y disposición de un caso; o bien del Ministerio Público, en su función
esencial de acusador. Coexiste así, una convergencia entre las funciones
preventivas e investigativas que le son propias.
Sobreviene
entonces, en los casos de secuestro extorsivo que hasta tanto la víctima no sea
liberada, concurre un peligro concreto que debe ser equilibrado para
evitar que llegue a consecuencias
ulteriores más dañinas para la integridad física o incluso para la vida del rehén.
Estas distinciones no son de fácil desenvoltura, debido en parte a la característica
principal de estos delitos que es su permanencia, y la necesidad de tomar
decisiones durante el transcurso del hecho, mientras la victima sigue cautiva y no
simplemente investigarlo cuando ha concluido.
Así, la
actividad preventiva y la de investigación o judicial conviven confundidas en un
mismo cuerpo de funcionarios. Resultando deseable, en beneficio de la eficiencia
del servicio, de la mejor regulación y delimitación de las atribuciones de la fiscalía
o de los jueces, establecer una policía de investigación organizada en forma
independiente con relación a la policía preventiva, aunque ambas convivan en un
mismo cuerpo.
Supervisar el
accionar individual o conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, de acuerdo
con lo previsto en la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior. Entender en la
producción de inteligencia e información que concierne a las Fuerzas de Seguridad
y las Fuerzas Policiales. Coordinar la formulación de planes de mediano y largo
plazo de capacitación, inversión, equipamiento y bienestar de las fuerzas, en el
marco del sistema de seguridad interior y entender en la determinación de la
política criminal y en la elaboración de planes y programas para su aplicación, así
como para la prevención del delito. Son atribuciones de máxima responsabilidad,
en las que el Poder Legislativo, no puede estar ausente. Por lo que a partir del
presente Pedido de Informes, nosotros los Legisladores, contaremos con
información segura, precisa y detallada, logrando favorecer, optimizar, exponer y
debatir acciones tendientes a combatir y prevenir el delito.
Es por las
razones expuestas que solicito a mis pares, den lugar al presente Pedido de
Informes.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
EHCOSOR, MARIA AZUCENA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 133 (2015), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |