PROYECTO DE TP
Expediente 6283-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL PROGRAMA DE USO RACIONAL DEL GAS NATURAL.
Fecha: 07/11/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 159
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que,
a través del organismo pertinente, informe a la brevedad y por escrito sobre
distintos aspectos referidos al Programa de Uso Racional del Gas Natural, a
saber:
1. Alcances de la
implementación y funcionamiento del Programa de Uso Racional del Gas
Natural.
2. Resultados y conclusiones
provisorias derivadas de la aplicación del referido Programa.
3. Si se ha promovido el
conocimiento y la divulgación masiva de las características del Programa de Uso
Racional del Gas Natural a través de campañas de difusión dirigidas a la población
en general. De ser así, detalle fecha de realización y características generales de
las campañas realizadas, así como evaluación y conclusiones en relación a las
mismas. En caso de resultar negativa la respuesta, informe por qué motivo no se
han realizado.
4. Si se cuenta con un registro
de datos y estadísticas de la implementación del referido Programa. En caso
afirmativo remita copia de los mismos, detallando:
a) Cantidad de facturas,
discriminadas por categoría y distribución geográfica, que recibieron, durante los
últimos tres años, premios por reducción de consumo y cargos adicionales por
excedentes de consumo.
b) Montos totales abonados y
percibidos por aplicación de premios y cargos adicionales.
c) Variaciones del consumo en
relación al primer año de aplicación del Programa de Uso Racional del Gas Natural
-2004-.
5. Por qué motivo se considera
el año 2003 como Período de Referencia, siendo que:
a) Para la determinación de la
categoría de cada usuario el criterio a aplicar se basa en el consumo del último año
móvil del mismo con el fin de incentivar una progresiva disminución, año a año, del
consumo de gas natural.
b) Existen marcadas diferencias,
como ha reconocido la Secretaría de Energía a través de la Resolución 881/2005,
entre la Temperatura Media del denominado Período de Referencia -la cual resulta
significativamente elevada debido a que el 2003 ha sido un año particularmente
caluroso, lo que implica que los consumos de referencia sean más bajos- y la
Temperatura Media de todos los años posteriores.
6. Razones que justifican y
fundamentan la eliminación, a través de la Resolución 814/2008 de la Secretaría
de Energía, de las bonificaciones por reducción de consumo para los usuarios del
servicio residencial R3, siendo que las mismas habían sido establecidas con el
objeto de fomentar e incentivar un uso racional del gas natural.
7. Informe qué obras se están
financiando y se prevé financiar a través del denominado Cargo Fideicomiso II -el
cual compone, junto con el 11-PIST y el Cargo Fideicomiso I, el cargo adicional por
excedente de consumo establecido en el Programa de Uso Racional del Gas
Natural-, detallando:
a) Estado de evolución de las
obras.
b) Plazo estimado para su
finalización.
c) Cronograma establecido para
la ejecución de las mismas.
d) Monto ejecutado hasta el
presente.
e) Identificación del acto
administrativo por el cual se adjudicó cada licitación.
f) Estado de Situación
Patrimonial del denominado Fideicomiso II a la fecha.
g) Estado de Evolución del
Patrimonio Neto Fiduciario a la fecha.
h) Estado de Flujo de Efectivo
Fiduciario a la fecha.
i) Estado de Origen y Aplicación
del referido Fondo Fiduciario.
j) Inventarios de transferencia
de bienes y pasivos del mencionado Fideicomiso II.
k) Auditorias realizadas en
referencia a los estados contables del denominado Fideicomiso II. Sírvase remitir
copia de las mismas.
8. De qué manera se prevé
reintegrar el dinero a los contribuyentes que ya pagaron su factura de gas
correspondiente al bimestre agosto-septiembre, en la cual se contabilizaba la
aplicación del cargo adicional correspondiente al denominado Fideicomiso II, el
cual fuera posteriormente suspendido por el Ente Nacional Regulador del
Gas.
9. Proyecciones de suministro
de gas para el próximo año.
10. Por qué motivo los criterios
para la aplicación del Programa de Uso Racional de la Energía varían entre el Ente
Nacional Regulador del Gas (Enargas) y el Ente Nacional Regulador de la
Electricidad (Enre), siendo que el objetivo del programa es el mismo para
ambos.
11. Cualquier otra información
que sirva al presente.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Tras la ola de reclamos por parte de
los usuarios que generaron los desmedidos aumentos percibidos en las boletas de
gas correspondientes al bimestre agosto-septiembre, las cuales llegaron a duplicar
las boletas de meses anteriores, el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas)
informó a través de un comunicado que había instruido a las licenciatarias de
distribución y subdistribuidoras a retrotraer el cobro del cargo establecido en el
Programa de Uso Racional de Energía (P.U.R.E.) por un mayor consumo de gas, en
exacta coincidencia con los valores y metodología aplicados en 2007. En el referido
comunicado el ente afirmaba que se suspendía la aplicación del cargo adicional
(Cargo Fideicomiso II) porque éste se habría efectuado en forma automática, sin
contar con la intervención previa del Ministerio de Planificación Federal.
Vale la pena aclarar en este punto
que el Enargas distribuyó el día 18 de julio de 2008 una nota, la Nº 6025,
indicándole a las empresas prestadoras del servicio que debían considerar en la
facturación los dos Fideicomisos (I y II), por lo que el argumento de
responsabilizar a las empresas prestadoras del servicio queda desacreditado.
A grandes rasgos, el P.U.R.E. GAS
compara los consumos actuales del usuario con los que consumió durante el año
2003 (el cual fue un año particularmente cálido, con lo cual el período de
referencia es de consumos más bajos). Si el consumo aumentó, la empresa
impone una multa, la cual aparece en la factura con la leyenda "Cargo adicional -
Res. SE 624/05". En cambio, si el consumo disminuyó el usuario recibe un
descuento en la próxima factura, la cual aparecerá con la leyenda "Incentivo - Res.
SE 624/05".
Para el cálculo del "cargo adicional
por excedentes de consumo", por cada m3 de gas natural consumido por encima
de los umbrales definidos para cada categoría se facturó en la última factura un
importe promedio (varía según la subzona tarifaria) de treinta centavos ($ 0,30)
por metro cúbico. Esos treinta centavos están compuestos por la suma del 11-
PIST, el Cargo Fideicomiso I y el Cargo Fideicomiso II.
De ese cargo destinado a financiar las
obras de gasoductos correspondientes a los años 2006-2009 (Fideicomiso II)
proviene fundamentalmente la abultada diferencia que percibieron los usuarios en
la última factura.
Es necesario recordar que el
Fideicomiso I se utilizó para las ampliaciones del Gasoducto del Norte 2004, el cual
puso en evidencia la corrupción del caso Skanska. Pero, como señalamos, es del
Fideicomiso II de donde proviene el abultado aumento de la última factura. A la
fecha el gobierno no ha declarado el destino específico de esta recaudación, lo que
genera nuevas dudas si tomamos en cuenta la experiencia anterior. Nos
preguntamos entonces: ¿qué obras se están financiando a través del referido
Fideicomiso II? ¿A nombre de quién quedarán las mismas? ¿De las empresas
prestatarias como son TGS, Camuzzi y Emgasud, por nombrar sólo algunas de las
beneficiadas?
Vale señalar que el objetivo primario
del P.U.R.E. GAS apunta a incentivar el ahorro de energía, conteniendo el aumento
constante de la demanda interna de gas, en un contexto de escasez del recurso
por el crecimiento de la economía, pero también por la merma en la producción
local de este recurso. Esta situación se explica fundamentalmente por la ausencia
de una planificación energética de largo plazo, la escasez de inversiones, el
inexistente control sobre el estado de los pozos petroleros y gasíferos, y el
aumento en la exportación de energía.
No podemos más que coincidir con
todas aquellas medidas que propicien un uso racional de los recursos energéticos.
Lo que no podemos a aceptar es un mecanismo que utiliza los recursos públicos -
provenientes de los bolsillos de los propios consumidores- para ser destinados a
ganancias privadas. Una vez más queda en evidencia la continuidad sin fisuras del
modelo neoliberal que tanto se han preocupado en denostar desde el propio
gobierno.
Asimismo queremos poner el acento
en el hecho de que aquí se vulneró un derecho básico, que es dar información
oportuna y precisa a los consumidores para que ajusten su consumo, quienes se
enteraron de la nueva disposición con la factura en la mano. Esto atenta contra el
sentido primordial del P.U.R.E., que es el de incentivar un consumo racional de la
energía.
Hace falta, en tal sentido, un rediseño
técnico de la factura para que sea legible y entendible, así como una extendida
campaña de difusión de los objetivos, beneficios y recargos que el Programa
establece, antes de la temporada invernal, con pautas claras, definidas de
antemano e inamovibles. Es imposible adecuar la conducta a prescripciones
confusas, contradictorias y cambiantes. Como repiten constantemente las
diferentes asociaciones de consumidores: no es posible evitar lo que no se conoce,
por lo que el único escenario posible es la multa.
Otra cosa que nos interesa saber es
de qué manera se les va a devolver el dinero a los contribuyentes que ya pagaron
su factura de gas con el recargo que fuera posteriormente suspendido,
descartando que será en un solo pago, tal cual como ellos lo abonaron.
Pretendemos, con este pedido de
informes, contar con los elementos necesarios que nos permitan analizar el
funcionamiento actual del referido Programa de Uso Racional del Gas Natural,
solicitando información sobre diferentes aspectos a los fines de garantizar la
correcta implementación y proponer correcciones al mismo.
Por todo lo expuesto anteriormente,
es que solicito a mis pares acompañen en la sanción del presente Proyecto de
Resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
MORAN, JUAN CARLOS | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |