PROYECTO DE TP
Expediente 6282-D-2013
Sumario: EXPRESAR REPUDIO AL ACCIONAR DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL QUE PROVOCO EL SUICIDIO DE MATIAS CEJAS, OCURRIDO EL DIA 28 DE AGOSTO DE 2013.
Fecha: 05/09/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 126
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su más enérgico repudio al
accionar del Servicio Penitenciario Federal, responsable por los malos tratos y
condiciones de detención a las que fue sometido Matías Cejas que lo llevaron a
suicidarse en su celda el día 28 de agosto de 2013.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El caso de Matías Cejas es un síntoma
de una realidad extremadamente preocupante en los centros de detención,
pertenecientes al Servicio Penitenciario Federal. Se trata de un caso entre muchos
pero particularmente llamativo por la gravedad de los sucesos y porque resultó en
el suicidio de un interno, aun cuando se habían dado una serie de señales de
alarma. En definitiva, se trata de una muerte cuya responsabilidad le cabe a
quienes tienen a su cargo la custodia de las personas privadas de la libertad.
Matías Cejas fue trasladado en junio a
la cárcel de Ezeiza desde la U7 de Chaco, tras haber denunciado torturas y una
violación. Se trataba de una persona que merecía una especial protección en
razón de estas denuncias en contra del Servicio Penitenciario y de ahí su traslado.
Sin embargo, y a pesar de haberse solicitado judicialmente su traslado a una
unidad psiquiátrica, se ahorcó en su celda de castigo.
Toda la historia de Matías Cejas
demuestra una cadena de falencias del Servicio Penitenciario, desde las torturas
iniciales, hasta la falta de protección que le siguieron, al rechazo a la internación
en una unidad psiquiátrica, y finalmente a su suicidio en una celda de castigo
cuando se trataba de un interno que merecía especial resguardo.
De acuerdo al artículo 18 de la
Constitución Nacional, a los artículos 5 y 7 de la Convención Americana de
Derechos Humanos y a las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el
Tratamiento de los Reclusos, las personas privadas de la libertad tienen derecho a
condiciones de detención que respeten su integridad personal, su derecho a una
vida digna, con lo cual además de una serie de derechos con respecto al espacio,
la atención médica, la alimentación, entre otras cuestiones, merecen un trato libre
de violencia y torturas.
A su vez, el Sistema de
Coordinación y Seguimiento de Control Judicial de Unidades Carcelarias en su
primera recomendación ha informado que el número de muertes en centros de
detención dependientes del Servicio Penitenciario Federal ha aumentado en los
últimos años "pues las estadísticas revelan que en el año 2010 se registraron 32
muertes; en 2011, 39 muertes; en 2012, 57 muertes, y en lo que va de este año,
29 muertes".
(http://www.ppn.gov.ar/sites/default/files/Recomendaci%C3%B3n.pdf)
Por otro lado, la Procuración
Penitenciaria registra en su página web 429 casos de torturas y malos tratos
investigados y documentados en 2012 y en hasta el 1 de mayo de 2013 unos 367
casos.
Todos estos números no hacen
más que reflejar que la historia de Matías Cejas es una más entre múltiples casos,
con lo cual es preciso poner el foco en la actuación del Servicio Penitenciario
Federal y llamar la atención sobre su accionar que en definitiva implica violaciones
a los derechos humanos.
Por último, es preciso poner de resalto
que desde la sanción de la ley que crea el Mecanismo de Prevención de la Tortura
a fines del año pasado, éste todavía no se puso en funcionamiento. Un caso como
el que venimos a repudiar debería impulsar urgentemente la composición del
Comité de Prevención.
Por los motivos expuestos, les solicito
a mis colegas que me acompañen con su firma.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
ALBARRACIN, JORGE LUIS | MENDOZA | UCR |
COSTA, EDUARDO RAUL | SANTA CRUZ | UCR |
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES | MENDOZA | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
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Comisión |
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