PROYECTO DE TP
Expediente 6277-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL TRASLADO DE INTERNAS DE LA UNIDAD 31 DE EZEIZA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, A OTROS CENTROS DE DETENCION EL 23 DE MAYO DE 2014.
Fecha: 13/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 101
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que, a través del organismo que resulte competente, informe y, en caso de
corresponder, remita copia sobre los siguientes puntos:
Cuántas internas fueron trasladadas
de la Unidad 31 de Ezeiza a otros centros de detención el 23 de mayo de
2014;
Si previo a su traslado se les pidió su
consentimiento;
Si los juzgados en los que tramitan
sus causas fueron informados del traslado;
Si se realizaron requisas durante el
traslado y de qué tipo;
A qué centros de detención fueron
trasladadas, detallando el número de internas por centro de detención;
En qué tipos de pabellones fueron
alojadas;
Cuándo y de qué modo fueron
notificadas del traslado;
Cuál fue el motivo por el cual
trasladaron internas, específicamente a ese grupo de mujeres y qué criterio se
aplicó para la elección de los centros a los que fueron trasladadas;
Si se tomaron en cuenta los derechos
de las personas detenidas para su traslado;
Cuál es el plazo por el cual se las
mantendrá en otros centros de detención;
Si se trata de una medida provisoria,
de cuánto tiempo está prevista que sea su duración;
Cómo se planea resolver el problema
por el cual se dio el traslado;
Qué medidas se están tomando para
dar una solución al hacinamiento en cárceles y adecuar el alojamiento a las
necesidades específicas de la población carcelaria;
Si se incrementó el personal de la
Unidad 31 a partir de los nuevos ingresos;
Qué número de internos del CPF II de
Marcos Paz ingresó a la Unidad 31 en razón del traslado de las internas ;
Qué tipo de delitos cometieron este
grupo de internos;
Si las unidades a las que fueron
transferidas las internas están acondicionadas para recibir internas mujeres;
Si la Unidad 31 de Ezeiza está
acondicionada para recibir a los internos que recibió.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Leímos con preocupación que la
Procuración Penitenciaria Nacional ha presentado un habeas corpus colectivo por
la situación de un grupo de mujeres de la Unidad 31 de Ezeiza que fue trasladado
a otros centros de detención para recibir a una población de personas mayores
imputadas por crímenes de lesa humanidad.
Según lo sugerido por la Procuración
Penitenciaria Nacional el traslado habría sido intempestivo y habría empeorado las
condiciones de detención de las mujeres en cuestión.
De acuerdo con la resolución
557/2014 se tomó la decisión de trasladar a los internos de Marcos Paz a Ezeiza
por falta de espacio. Sin embargo, no se deduce de dicha comunicación que se
estén tomando medidas eficientes para resolver el hacinamiento en cárceles. Por
otro lado, se resolvió el traslado de un grupo de detenidos en desmedro de las
mejores condiciones de detención de las mujeres privadas de la libertad en la
Unidad 31. En este sentido, no se extrae del texto cuáles fueron los criterios para
el traslado de las mujeres que fueron reasignadas.
Las personas privadas de la libertad
se enfrentan a la restricción de algunos de sus derechos pero esto bajo ningún
punto de vista implica la negación de todos sus derechos. En este sentido, como
en el caso de cualquier restricción de derechos deben considerarse criterios de
proporcionalidad, es decir que "para que una determinada restricción resulte
legítima, será necesario que persiga, bien la resocialización del interno, ora la
conservación del orden, la disciplina y la convivencia dentro del establecimiento de
reclusión. Adicionalmente la restricción debe ser necesaria, adecuada y
estrictamente proporcionada a la finalidad que pretende cumplir.(...)" En este caso
en el que se tomó la decisión de trasladar a un grupo de mujeres a otros centros
de detención sin previo aviso ni un sentido específico en lo que a ellas atañe e
incluso empeorando las condiciones de detención de algunas, no pareciera que se
haya cumplido con estos criterios de restricción de derechos.
Esta situación tan específica nos lleva
a poner el foco en las condiciones de detención en Argentina y en la necesidad
urgente de que se tomen medidas eficaces para resolver el problema del
hacinamiento en las cárceles.
Por estos motivos, les solicito a mis
colegas que me acompañen con su firma.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
OLIVARES, HECTOR ENRIQUE | LA RIOJA | UCR |
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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