PROYECTO DE TP
Expediente 6269-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA DESIGNAR A LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, SEGUN LO PRESCRIPTO POR EL ARTICULO 19 DE LA LEY 25156.
Fecha: 06/09/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 118
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
que, por intermedio de los organismos que correspondan, proceda de manera in-
mediata a arbitrar los mecanismos legales pertinentes a efectos de designar a los
miembros del Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia de acuerdo a la
prescripción dispuesta por el artículo 19 de la Ley 25.156.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley 25.156 de
Defensa de la Competencia, sancionada en agosto de 1999, dispuso la creación
del Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia, el que a la fecha no ha sido
conformado.
No obstante ello, la
mencionada norma determinó las competencias durante el proceso de transición,
estableciendo que "la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia continua-
rá entendiendo y tramitando las causas en trámite y las que se promuevan hasta
la constitución del Tribunal
En la actualidad, la
Comisión Nacional de Defensa de la Competencia es un organismo dependiente
del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, por lo que el Poder Ejecutivo os-
tenta la facultad para aprobar o rechazar las fusiones y adquisiciones de empre-
sas, decisiones netamente de índole técnica.
Ello es fuertemente
criticado por la doctrina, en tanto las decisiones pasarían de ser técnicas a ser po-
líticas, lo que no es un tema menor, en tanto el bien jurídico tutelado por la legisla-
ción en la materia es el "interés económico general", que representa el excedente
total de todos los agentes del mercado. Se maximiza en mercados perfectamente
competitivos y se altera negativamente en mercados con ausencia de competen-
cia.
En mercados donde
la competencia no es perfecta, el perjuicio recae directamente en los consumido-
res y productores, afectando la función de bienestar social, dado que para los pri-
meros, implica una pérdida en el beneficio que se obtiene por adquirir un bien o
servicio, y para los segundos, representa una disminución en las ganancias que
reciben como consecuencia del funcionamiento del mercado
En virtud de los
relevantes efectos económicos y sociales, este Congreso, al crear la legislación de
defensa de la competencia, dispuso que su control y aplicación se encuentre en
manos de un órgano eminentemente técnico e independiente.
Es por ello que la
concreta creación del Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia se erige en
una necesidad que llenará el actual "vacío jurídico" y subsanará la incertidumbre
jurídica existente, que no sólo afecta a nuestro mercado interno sino que trascien-
de las fronteras de nuestro país, involucrando a la región.
Ello es así debido
a que nuestro Estado ha signado instrumentos internacionales en el marco del
Mercado Común del Sur en el que ha informado como órgano de aplicación de la
Ley de Defensa de la Competencia a "[...] la Comisión Nacional de Defensa de la
Competencia (CNDC) o, en el momento de su conformación, el Tribunal Nacional
de Defensa de la Competencia (TNDC) [...]" (Entendimiento sobre Cooperación
entre las Autoridades de Defensa de la Competencia de los Estados partes del
Mercosur para la aplicación de sus leyes nacionales de competencia" [Merco-
sur/Cmc/Dec. 04/04] y "Entendimiento sobre Cooperación entre las Autoridades de
Defensa de la Competencia de los Estados partes del Mercosur para el Control de
Concentraciones Económicas de Ambito Regional" [Mercosur/CMC/ Dec.
15/05]).
Es por lo ex-
puesto que solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de
resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PEREZ, ALBERTO JOSE | SAN LUIS | FRENTE PERONISTA |
AGUILAR, LINO WALTER | SAN LUIS | FRENTE PERONISTA |
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | FRENTE PERONISTA |
PANSA, SERGIO HORACIO | SAN LUIS | FRENTE PERONISTA |
VIDELA, NORA ESTHER | SAN LUIS | FRENTE PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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