PROYECTO DE TP
Expediente 6267-D-2012
Sumario: EDUCACION NACIONAL (LEY 26206): MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 32 Y 33, SOBRE CREACION DE ESPACIOS DESTINADOS A POSIBILITAR EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE FORMACION ETICA Y CIUDADANA.
Fecha: 06/09/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 118
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°: Incorpórese como inciso i)
del art. 32 de la ley 26.206, el siguiente:
"Inc. i) La creación dentro de la
asignatura "Formación Etica y Ciudadana" del Ciclo Básico de la Educación
Secundaria, de espacios destinados a posibilitar el desarrollo de actividades de
formación e información política, que permita una apropiación crítica y plural de los
principios doctrinarios y propuestas electorales de los partidos y agrupaciones
políticas reconocidos en cada jurisdicción y de las ideas políticas."-
Articulo 2º. Incorpórese como Artículo
33 bis de la ley 26.206, el siguiente:
"Artículo 33 bis. Durante el lapso de
las campañas electorales, las autoridades jurisdiccionales propiciarán la
vinculación del Ciclo Orientado de las Escuelas Secundarias con los partidos y
agrupaciones políticas reconocidas en cada jurisdicción, a fin de facilitar la
concurrencia de sus partidarios a las escuelas. En este contexto podrán realizarse
ciclos, talleres y debates para permitir conocer sus propuestas. Podrán participar
de dichas actividades los/as alumnos/as de todas las modalidades y orientaciones
de la escuela secundaria mayores de 16 años de edad. Las autoridades deberán
asegurar la convocatoria a todas las agrupaciones y su participación de manera
igualitaria."
Articulo 3º . De Forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley de Educación Nacional N°
26.206 reza en su artículo 11 inciso c) que entre los fines y objetivos de la política
educativa nacional se encuentra el de "Brindar una formación ciudadana
comprometida con los valores éticos y democráticos de participación, libertad,
solidaridad, resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos humanos,
responsabilidad, honestidad, valoración y preservación del patrimonio natural y
cultural."
El Articulo 30, reglamenta que "la
Educación Secundaria en todas sus modalidades y orientaciones tiene la finalidad
de habilitar a los/las adolescentes y jóvenes para el ejercicio pleno de la
ciudadanía, para el trabajo y para la continuación de estudios". Algunos de sus
objetivos son "a) Brindar una formación ética que permita a los/as estudiantes
desempeñarse como sujetos conscientes de sus derechos y obligaciones, que
practican el pluralismo, la cooperación y la solidaridad, que respetan los derechos
humanos, rechazan todo tipo de discriminación, se preparan para el ejercicio de la
ciudadanía democrática y preservan el patrimonio natural y cultural. Y b) Formar
sujetos responsables, que sean capaces de utilizar el conocimiento como
herramienta para comprender y transformar constructivamente su entorno social,
económico, ambiental y cultural, y de situarse como participantes activos/as en un
mundo en permanente cambio."
Es menester que, a la luz de los
objetivos de formación cívica y ciudadana de la Escuela Secundaria, se creen
espacios para fomentar la participación de todas las agrupaciones políticas. La
Escuela, como ámbito de socialización y de formación debe promover el debate
abierto, pluralista y libre y la diversidad de opiniones brindando las herramientas
necesarias para que los jóvenes puedan decidir con información certera y
abundante. No podemos permitir que se fomente el monismo de pensamiento ni
que los jóvenes obtengan la información recortada.
La educación de los "ciudadanos en
proceso" -por su condición de jóvenes, legalmente amparados- debe ser
rigurosamente reglamentada, a fin de evitar indebidas acciones de
adoctrinamiento o de cooptación partidaria. Es necesario que los jóvenes tengan a
su disposición toda la información necesaria para comprender el funcionamiento
del sistema político, de las instituciones democráticas, el régimen republicano y la
responsabilidad que conlleva la adquisición de ciudadanía a través de la emisión
del sufragio.
Es por las razones anteriores que
solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
DE FERRARI RUEDA, PATRICIA | CORDOBA | UCR |
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
CHEMES, JORGE OMAR | ENTRE RIOS | UCR |
BRIZUELA Y DORIA DE CARA, OLGA INES | LA RIOJA | UCR |
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
ALVAREZ, ELSA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
BAZZE, MIGUEL ANGEL | BUENOS AIRES | UCR |
ROGEL, FABIAN DULIO | ENTRE RIOS | UCR |
PORTELA, AGUSTIN ALBERTO | CORRIENTES | UCR |
YAGÜE, LINDA CRISTINA | NEUQUEN | UCR |
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES | MENDOZA | UCR |
SANTIN, EDUARDO | BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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