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PROYECTO DE TP


Expediente 6260-D-2010
Sumario: BANCO DE INFORMACION NACIONAL DE ESTADISTICA ECONOMICA DE LAS PROVINCIAS (BINEEP) PARA LA REFORMULACION DEL SISTEMA DE COPARTICIPACION FEDERAL: CREACION.
Fecha: 26/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Creación del Banco de Información Nacional de Estadística Económica de las Provincias para la reformulación del Sistema de Coparticipación Federal.
ARTÍCULO 1º.- Créase en el ámbito de la Subsecretaria de Relaciones con Provincias del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, el Banco de Información Nacional de Estadísticas Económicas de las Provincias (BINEEP), como instrumento de consulta para la realización de la Coparticipación Federal.
ARTÍCULO 2°.- El Banco de Información Nacional de Estadísticas Económicas de las Provincias deberá recolectar y centralizar la información de consulta que se describe a continuación.
1. Cantidad y composición de la población de cada provincia.
2. Composición de la demanda agregada, discriminando en ahorro interno provincial, exportaciones e importaciones, gasto público provincial y consumo total de la población.
3. Financiamiento del gasto público provincial, discriminando en recaudación de impuestos provinciales, endeudamiento en el sector privado, provincial y nacional, en el sector público provincial y nacional, y en el exterior si existiera, recursos de coparticipación federal, recursos por regalías, aportes del Tesoro Nacional, otros ingresos.
4. Recaudación total de impuestos nacionales, en forma discriminada.
5. Volumen estimado de la economía informal y su participación en la demanda agregada de cada provincia.
6. Inversión pública de origen provincial y nacional.
7. Inversión privada en cada provincia, de origen propio de la provincia, y de origen nacional y extranjero.
8. Gasto social de origen provincial y nacional.
ARTÍCULO 3°.- El Banco de Información Nacional de Estadísticas Económicas de las Provincias deberá publicar la información descripta en el Artículo 2º dentro de los tres (3) meses de finalizado cada ejercicio fiscal. El primer informe deberá ser publicado el 30 de junio de 2011, en el que deberá incluirse la información correspondiente a cada año fiscal desde el año 2000.
ARTÍCULO 4°.- Los Gobiernos de las Provincias y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación a través de la Secretaría de Hacienda, brindarán asistencia técnica para favorecer el acceso a la información para el logro de los objetivos propuestos en el Artículo 2º de la presente ley.
ARTÍCULO 5°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a las partidas correspondientes al Programa 47 -Subsecretaría de Relaciones con Provincias de la Jurisdicción 50- Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación.
ARTÍCULO 7°- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la reforma de la Constitución Nacional de 1994, se establece en el Artículo 75 inciso 2, que: "Una ley convenio, sobre la base de acuerdos entre la Nación y las Provincias, instituirá regímenes de coparticipación de estas contribuciones (refiriéndose a las contribuciones directas e indirectas), garantizando la automaticidad en la remisión de fondos".
Y continúa: "La distribución entre la Nación, las provincias y la ciudad de Buenos Aires y entre éstas, se efectuará en relación directa a las competencias, servicios y funciones de cada una de ellas contemplando criterios objetivos de reparto, será equitativa, solidaria y dará prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional".
Con el objeto de permitir a este Congreso de la Nación acceder a la información fidedigna de estadísticas económicas básicas de manera centralizada sobre una sola base de información, para poder realizar estudios precisos y reconocer la realidad que atraviesa cada provincia y la Nación, de modo de poder trabajar en un proyecto de Ley de Coparticipación Federal, que sea verdaderamente beneficioso para los argentinos, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FADUL, LILIANA TIERRA DEL FUEGO PARTIDO FEDERAL FUEGUINO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)