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PROYECTO DE TP


Expediente 6250-D-2014
Sumario: IMPUESTOS INTERNOS, LEY 24674, MODIFICADA POR LA 26929: MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 28 Y 39, SOBRE GRAVAMEN A LA VENTA DE NAFTA PREMIUM DE YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES - YPF -.
Fecha: 13/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 101
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Modificación de la Ley 26.929 sobre "Modificación a la Ley de Impuestos Internos"
Artículo 1.- Sustituyese en el Artículo 28° de la Ley 24.674 de Impuestos Internos y sus modificatorias por el siguiente texto:
ARTICULO 28°: los bienes gravados, de conformidad con las normas del artículo anterior, deberán tributar el impuesto que resulte por aplicación de la tasa del diez por ciento (10%) sobre la base imponible respectiva.
Aquellas operaciones cuyo precio de venta, sin considerar impuestos, incluidos los opcionales, sea igual o inferior al valor de 18.700 litros de Nafta Premium que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) de venta al público, estarán exentas del gravamen.
Artículo 2.- Sustituyese en el Artículo 39° de la Ley 24.674 de Impuestos Internos y sus modificatorias por el siguiente texto:
ARTICULO 39°: Los bienes comprendidos en el artículo 38 deberán tributar el impuesto, incluidos los opcionales, sea igual o inferior al valor de 18.700 litros de Nafta Premium que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales), estarán exentas del gravamen, con excepción de los bienes comprendidos en los incisos c) y e) del artículo 38 para cuyo caso la exención regirá siempre que el citado monto sea igual o inferior al valor de 3.000 litros de Nafta Premium que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) para el inciso c) y al valor de 10.000 litros de Nafta Premium que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) para el inciso e).
Asimismo, para el caso de los bienes comprendidos en los incisos a), b) y d), cuyo precio de venta, sin considerar impuestos, incluidos los opcionales, sea superior al
valor de 18.700 litros de Nafta Premium que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) hasta el valor de 25.000 litros de Nafta Premium que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) deberán tributar el impuesto que resulte por la aplicación de la tasa del treinta por ciento (30%). Para el caso de que se supere el valor de 25.000 litros de Nafta Premium que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) será de aplicación la tasa establecida en el primer párrafo del presente artículo.
A su vez, para el caso de los bienes comprendidos en el inciso e), cuyo precio de venta, sin considerar impuestos, incluidos los opcionales sea superior al valor de 10.000 litros de Nafta Premium que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) y hasta el valor de 18.700 litros de Nafta Premium que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) el impuesto será el que resulte por la aplicación de la tasa de treinta por ciento (30%). Para el caso de que se supere el valor de 18.700 litros de Nafta Premium que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) será de aplicación la tasa establecida en el primer párrafo del presente artículo.
Artículo 3.- Las disposiciones previstas en los artículos 1° y 2° de la presente ley regirán por los hechos imponibles que se produzcan a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 4.-Comuniquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Cámara de Diputados de la Nación le dio media sanción, pese a las advertencias de la oposición sobre el perjuicio que esto podía ocasionarle a la industria automotriz, el día 28 de noviembre de 2013, a la modificación de la ley 24.674 mediante la cual se modificó la alícuota en los Impuestos Internos que gravan autos, motos, embarcaciones y aeronaves, para posteriormente ser sancionado en la Cámara de Senadores de la Nación el día 19 de diciembre de 2013.
Mediante el Decreto 2272/2013, con fecha 20 de diciembre de dicho año, se promulgó la ley 26929, a través de la cual entró en vigencia dicha modificación.
Hoy con pocos meses de vigencia de dicha norma, se visualizan a las claras el grave perjuicio que ocasionó la misma a la industria automotriz.
En un principio la intención del aumento de la alícuota, estaba apuntada a los vehículos de "alta gama", no obstante lo cual en poco tiempo terminó gravando a casi el 70% de los automóviles y motos, generando en consecuencia una brutal caída en la venta de las unidades. Los vehículos de baja gama tuvieron un fuerte aumento, los valores de los automóviles de mayor popularidad aumentaron alrededor del 25% sufriendo algunos aumentos de hasta un 35% aproximadamente, durante los primeros meses del año.
Según un estudio de ACARA durante el mes de junio por este gravamen cayeron 31% la venta de los vehículos gravados, del total de patentamiento registrado en el año 2013. En ese año, en el mes de junio, se patentaron 74.734 unidades y en el mismo mes en el año 2014, sólo se registraron 51.540 unidades.
Con esta cifra el acumulado del primer semestre alcanzó un registro de 380.878 unidades, registrando una baja del 23%.
Como consecuencia, de este tributo, los vehículos 0 km. de alta gama se convirtieron en los más caros de la región, debido a que la mismo tuvo una carga impositiva de aproximadamente el 68%. Este dato surge de una comparación de los valores de estos vehículos en nuestro país, respecto de México, Uruguay, Colombia, Perú, Chile, Brasil y Ecuador.
Este gravamen ubicó a la República Argentina entre los países con las tasas más elevadas.
Debido al aumento en la alícuota del impuesto, se comenzó a percibir la baja en la actividad, produciendo que varias empresas comenzaran a suspender a su personal, se produzcan despido, vacaciones anticipadas y otras tantas medidas que demostraron la grave situación que se encuentra atravesando el sector.
Según datos de ADEFA, durante el mes de enero del año 2014, oportunidad en la cual comenzó a regir el impuesto la producción de autos tuvo una baja del 17,9% interanual y las ventas de los automóviles nuevos cayeron un 19,5%.
Debido a la preocupación que me genera la grave situación de la industria automotriz he presentado en el mes de junio un proyecto de resolución (Exp. 4413-D-2014) a los fines de solicitar al Poder Ejecutivo Nacional informe sobre la grave situación que atraviesa la industria automotriz, en referencia a las suspensiones y los despidos en el sector y la baja en el patentamiento.
En los fundamentos del mismo detallo que; durante el primer cuatrimestre de 2014, el patentamiento de vehículos automotor registró una caída del 18,3%, respecto a igual período de 2013. Si se comparan los 52.901 vehículos registrados durante el mes de abril de 2014 con los 82.402 patentados durante el mismo mes del año anterior, vemos que la caída interanual alcanza la escandalosa cifra del
35,5%. El principal sector afectado es el de los automóviles, con una baja del 20%, seguido por los vehículos pesados, con un -12% y finalmente por el comercial utilitario o liviano con un -11%.
Además de la aludida caída en las ventas, se produjo un freno en la fabricación local de automotores ya que durante el primer cuatrimestre de 2014, comparado con igual período de 2013, disminuyó un 17,8%. La menor cantidad de ventas y la correlativa disminución en la manufactura de vehículos, indefectiblemente afectó tanto a los trabajadores de las fábricas de vehículos, como a los de las autopartistas y a los de los comercios dedicados a la venta de automotores
Entre abril y mayo de 2014 la firma Iveco, perteneciente al Grupo Fiat, suspendió por 15 días a 600 de sus trabajadores. Por su parte la planta de Peugeot-Citröen, suspendió por tiempo indeterminado a los 1.000 trabajadores de su turno vespertino. Asimismo, la terminal de Renault en la provincia de Córdoba, suspendió en marzo de este año a 1.500 operarios, el 50% de su nómina, mientras que Volkswagen estima el despido de 600 empleados. La última fábrica en tomar medidas similares fue Honda, cuando el 4 de junio anunció la suspensión por un mes de prácticamente la totalidad del personal de su planta de Campana, debido a una caída en las ventas en un 34% respecto al año anterior.
La crisis no solo afecta a las fábricas de automotores sino que también se está extendiendo a otros sectores vinculados. La autopartista Gestamp ha despedido en lo que va de 2014 a 69 trabajadores. Otras empresas del rubro se han visto en la situación de tomar medidas similares. Laer anunció la suspensión de 330 trabajadores. Montich, dedicada a la fabricación de largueros para camiones ha despedido alrededor de 70 empleados y planea la suspensión rotativa de otros 500.
Como representante del sector gremial me preocupa la situación que atraviesa la industria automotriz, en referencia a los trabajadores del sector. Las suspensiones y los despidos es una situación lamentable que están sufriendo los compañeros de la industria automotriz.
Es lamentable escuchar a determinados funcionarios públicos como el señor Jefe de Gabinete de Ministros donde el 24 de julio del corriente anuncia que "Suspensión no significa despido", cuando responde respeto a las 900 suspensiones que se produjeron en una planta de Volkswagen en Córdoba y se suman a las 4000 suspensiones de la planta que la compañía tiene en Pacheco. Claramente las suspensiones no significan despido, pero si las suspensiones son consecuencias claras y precisas de que el sector se encuentra en una grave situación que requiere una respuesta concreta desde el sector político.
Considero y así lo expresé en el proyecto de resolución presentado que la lamentable situación que está atravesando la industria automotriz argentina, que afecta a la economía en general y al empleo de mano de obra en particular, se debe, a un cóctel de medidas tomadas por el gobierno nacional. Entre ellas debemos mencionar en primer lugar a la inflación que aumenta el precio de venta de los vehículos y afecta el poder adquisitivo de los consumidores. En segundo lugar, a la devaluación del Peso del orden del 25% dispuesta por el Gobierno debido a la escasez de divisas y a la desafortunada decisión de aumentar la alícuota en una suma fija a los impuestos internos que gravan al sector.
Es por estos motivos que entiendo oportuna la presentación del presente proyecto aumentando el monto de la actual normativa, relacionándola a una precio de referencia como es el valor por litro de la Nafta Premium que determina YPF (Yacimientos Petrolíferos fiscales), evitando de esta forma que el monto quede desactualizado y requiera la decisión política del gobierno actual en su
actualización. De esta forma el monto se actualizará e ira en coincidencia con la situación económica que atraviese el país.
Los valores propuestos son:
Precio Nafta Premium YPF $12.89 litros.
- 18.700 litros $241.043 ($170.000)
- 3.000 litros $38.670 ($22.000)
- 10.000 litros $128.900 ($100.000)
- 25.000 litros $322.250 ($210.000)
Lo que se logra con esta propuesta es que la finalidad de la norma se cumpla y no que genere una consecuencia desafortunada como la que hoy estamos viviendo. La intención apuntaba a gravar los autos de gama alta y con la situación económica actual, esto se vio desvirtuado, gravando a vehículos de media y baja gama, disminuyendo las ventas y perjudicando al sector automotriz y a las fuentes de empleo de los trabajadores.
Es por los motivos expuestos que solicito a los señores legisladores me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
AGUILAR, LINO WALTER SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)