PROYECTO DE TP
Expediente 6250-D-2014
Sumario: IMPUESTOS INTERNOS, LEY 24674, MODIFICADA POR LA 26929: MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 28 Y 39, SOBRE GRAVAMEN A LA VENTA DE NAFTA PREMIUM DE YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES - YPF -.
Fecha: 13/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 101
El Senado y Cámara de Diputados...
Modificación de la Ley 26.929
sobre "Modificación a la Ley de Impuestos Internos"
Artículo 1.- Sustituyese en el Artículo
28° de la Ley 24.674 de Impuestos Internos y sus modificatorias por el siguiente
texto:
ARTICULO 28°: los bienes gravados,
de conformidad con las normas del artículo anterior, deberán tributar el impuesto
que resulte por aplicación de la tasa del diez por ciento (10%) sobre la base
imponible respectiva.
Aquellas operaciones cuyo precio de
venta, sin considerar impuestos, incluidos los opcionales, sea igual o inferior al
valor de 18.700 litros de Nafta Premium que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos
Fiscales) de venta al público, estarán exentas del gravamen.
Artículo 2.- Sustituyese en el Artículo
39° de la Ley 24.674 de Impuestos Internos y sus modificatorias por el siguiente
texto:
ARTICULO 39°: Los bienes
comprendidos en el artículo 38 deberán tributar el impuesto, incluidos los
opcionales, sea igual o inferior al valor de 18.700 litros de Nafta Premium que fija
YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales), estarán exentas del gravamen, con
excepción de los bienes comprendidos en los incisos c) y e) del artículo 38 para
cuyo caso la exención regirá siempre que el citado monto sea igual o inferior al
valor de 3.000 litros de Nafta Premium que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos
Fiscales) para el inciso c) y al valor de 10.000 litros de Nafta Premium que fija YPF
(Yacimientos Petrolíferos Fiscales) para el inciso e).
Asimismo, para el caso de los bienes
comprendidos en los incisos a), b) y d), cuyo precio de venta, sin considerar
impuestos, incluidos los opcionales, sea superior al
valor de 18.700 litros de Nafta Premium
que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) hasta el valor de 25.000 litros de
Nafta Premium que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) deberán tributar el
impuesto que resulte por la aplicación de la tasa del treinta por ciento (30%). Para
el caso de que se supere el valor de 25.000 litros de Nafta Premium que fija YPF
(Yacimientos Petrolíferos Fiscales) será de aplicación la tasa establecida en el
primer párrafo del presente artículo.
A su vez, para el caso de los bienes
comprendidos en el inciso e), cuyo precio de venta, sin considerar impuestos,
incluidos los opcionales sea superior al valor de 10.000 litros de Nafta Premium
que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) y hasta el valor de 18.700 litros de
Nafta Premium que fija YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) el impuesto será el
que resulte por la aplicación de la tasa de treinta por ciento (30%). Para el caso de
que se supere el valor de 18.700 litros de Nafta Premium que fija YPF
(Yacimientos Petrolíferos Fiscales) será de aplicación la tasa establecida en el
primer párrafo del presente artículo.
Artículo 3.- Las disposiciones previstas
en los artículos 1° y 2° de la presente ley regirán por los hechos imponibles que se
produzcan a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 4.-Comuniquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Cámara de Diputados de la Nación
le dio media sanción, pese a las advertencias de la oposición sobre el perjuicio
que esto podía ocasionarle a la industria automotriz, el día 28 de noviembre de
2013, a la modificación de la ley 24.674 mediante la cual se modificó la alícuota en
los Impuestos Internos que gravan autos, motos, embarcaciones y aeronaves,
para posteriormente ser sancionado en la Cámara de Senadores de la Nación el
día 19 de diciembre de 2013.
Mediante el Decreto 2272/2013, con
fecha 20 de diciembre de dicho año, se promulgó la ley 26929, a través de la cual
entró en vigencia dicha modificación.
Hoy con pocos meses de vigencia de
dicha norma, se visualizan a las claras el grave perjuicio que ocasionó la misma a
la industria automotriz.
En un principio la intención del
aumento de la alícuota, estaba apuntada a los vehículos de "alta gama", no
obstante lo cual en poco tiempo terminó gravando a casi el 70% de los
automóviles y motos, generando en consecuencia una brutal caída en la venta de
las unidades. Los vehículos de baja gama tuvieron un fuerte aumento, los valores
de los automóviles de mayor popularidad aumentaron alrededor del 25% sufriendo
algunos aumentos de hasta un 35% aproximadamente, durante los primeros
meses del año.
Según un estudio de ACARA durante el
mes de junio por este gravamen cayeron 31% la venta de los vehículos gravados,
del total de patentamiento registrado en el año 2013. En ese año, en el mes de
junio, se patentaron 74.734 unidades y en el mismo mes en el año 2014, sólo se
registraron 51.540 unidades.
Con esta cifra el acumulado del primer
semestre alcanzó un registro de 380.878 unidades, registrando una baja del
23%.
Como consecuencia, de este tributo,
los vehículos 0 km. de alta gama se convirtieron en los más caros de la región,
debido a que la mismo tuvo una carga impositiva de aproximadamente el 68%.
Este dato surge de una comparación de los valores de estos vehículos en nuestro
país, respecto de México, Uruguay, Colombia, Perú, Chile, Brasil y Ecuador.
Este gravamen ubicó a la República
Argentina entre los países con las tasas más elevadas.
Debido al aumento en la alícuota del
impuesto, se comenzó a percibir la baja en la actividad, produciendo que varias
empresas comenzaran a suspender a su personal, se produzcan despido,
vacaciones anticipadas y otras tantas medidas que demostraron la grave situación
que se encuentra atravesando el sector.
Según datos de ADEFA, durante el
mes de enero del año 2014, oportunidad en la cual comenzó a regir el impuesto la
producción de autos tuvo una baja del 17,9% interanual y las ventas de los
automóviles nuevos cayeron un 19,5%.
Debido a la preocupación que me
genera la grave situación de la industria automotriz he presentado en el mes de
junio un proyecto de resolución (Exp. 4413-D-2014) a los fines de solicitar al Poder
Ejecutivo Nacional informe sobre la grave situación que atraviesa la industria
automotriz, en referencia a las suspensiones y los despidos en el sector y la baja
en el patentamiento.
En los fundamentos del mismo detallo
que; durante el primer cuatrimestre de 2014, el patentamiento de vehículos
automotor registró una caída del 18,3%, respecto a igual período de 2013. Si se
comparan los 52.901 vehículos registrados durante el mes de abril de 2014 con
los 82.402 patentados durante el mismo mes del año anterior, vemos que la caída
interanual alcanza la escandalosa cifra del
35,5%. El principal sector afectado es
el de los automóviles, con una baja del 20%, seguido por los vehículos pesados,
con un -12% y finalmente por el comercial utilitario o liviano con un -11%.
Además de la aludida caída en las
ventas, se produjo un freno en la fabricación local de automotores ya que durante
el primer cuatrimestre de 2014, comparado con igual período de 2013, disminuyó
un 17,8%. La menor cantidad de ventas y la correlativa disminución en la
manufactura de vehículos, indefectiblemente afectó tanto a los trabajadores de las
fábricas de vehículos, como a los de las autopartistas y a los de los comercios
dedicados a la venta de automotores
Entre abril y mayo de 2014 la firma
Iveco, perteneciente al Grupo Fiat, suspendió por 15 días a 600 de sus
trabajadores. Por su parte la planta de Peugeot-Citröen, suspendió por tiempo
indeterminado a los 1.000 trabajadores de su turno vespertino. Asimismo, la
terminal de Renault en la provincia de Córdoba, suspendió en marzo de este año a
1.500 operarios, el 50% de su nómina, mientras que Volkswagen estima el
despido de 600 empleados. La última fábrica en tomar medidas similares fue
Honda, cuando el 4 de junio anunció la suspensión por un mes de prácticamente
la totalidad del personal de su planta de Campana, debido a una caída en las
ventas en un 34% respecto al año anterior.
La crisis no solo afecta a las fábricas
de automotores sino que también se está extendiendo a otros sectores vinculados.
La autopartista Gestamp ha despedido en lo que va de 2014 a 69 trabajadores.
Otras empresas del rubro se han visto en la situación de tomar medidas similares.
Laer anunció la suspensión de 330 trabajadores. Montich, dedicada a la
fabricación de largueros para camiones ha despedido alrededor de 70 empleados
y planea la suspensión rotativa de otros 500.
Como representante del sector gremial
me preocupa la situación que atraviesa la industria automotriz, en referencia a los
trabajadores del sector. Las suspensiones y los despidos es una situación
lamentable que están sufriendo los compañeros de la industria automotriz.
Es lamentable escuchar a
determinados funcionarios públicos como el señor Jefe de Gabinete de Ministros
donde el 24 de julio del corriente anuncia que "Suspensión no significa despido",
cuando responde respeto a las 900 suspensiones que se produjeron en una planta
de Volkswagen en Córdoba y se suman a las 4000 suspensiones de la planta que
la compañía tiene en Pacheco. Claramente las suspensiones no significan
despido, pero si las suspensiones son consecuencias claras y precisas de que el
sector se encuentra en una grave situación que requiere una respuesta concreta
desde el sector político.
Considero y así lo expresé en el
proyecto de resolución presentado que la lamentable situación que está
atravesando la industria automotriz argentina, que afecta a la economía en general
y al empleo de mano de obra en particular, se debe, a un cóctel de medidas
tomadas por el gobierno nacional. Entre ellas debemos mencionar en primer lugar
a la inflación que aumenta el precio de venta de los vehículos y afecta el poder
adquisitivo de los consumidores. En segundo lugar, a la devaluación del Peso del
orden del 25% dispuesta por el Gobierno debido a la escasez de divisas y a la
desafortunada decisión de aumentar la alícuota en una suma fija a los impuestos
internos que gravan al sector.
Es por estos motivos que entiendo
oportuna la presentación del presente proyecto aumentando el monto de la actual
normativa, relacionándola a una precio de referencia como es el valor por litro de
la Nafta Premium que determina YPF (Yacimientos Petrolíferos fiscales), evitando
de esta forma que el monto quede desactualizado y requiera la decisión política
del gobierno actual en su
actualización. De esta forma el monto
se actualizará e ira en coincidencia con la situación económica que atraviese el
país.
Los valores propuestos son:
Precio Nafta Premium YPF $12.89
litros.
- 18.700 litros $241.043
($170.000)
- 3.000 litros $38.670 ($22.000)
- 10.000 litros $128.900
($100.000)
- 25.000 litros $322.250
($210.000)
Lo que se logra con esta propuesta es
que la finalidad de la norma se cumpla y no que genere una consecuencia
desafortunada como la que hoy estamos viviendo. La intención apuntaba a gravar
los autos de gama alta y con la situación económica actual, esto se vio
desvirtuado, gravando a vehículos de media y baja gama, disminuyendo las
ventas y perjudicando al sector automotriz y a las fuentes de empleo de los
trabajadores.
Es por los motivos expuestos que
solicito a los señores legisladores me acompañen en la aprobación del presente
proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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AGUILAR, LINO WALTER | SAN LUIS | COMPROMISO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |