PROYECTO DE TP
Expediente 6245-D-2011
Sumario: EXPRESAR SATISFACCION POR LAS PRESENTACIONES ANTE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION DEL "CENTRO DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS (CECIM) DE LA PLATA" Y EL FISCAL GENERAL JAVIER DE LUCA, A FIN DE EVITAR LA PRESCRIPCION DEL PROCESO JUDICIAL, DONDE SE INVESTIGAN ACTOS DE PRIVACION INJUSTIFICADA DE ALIMENTOS Y APLICACION DE SANCIONES ILEGITIMAS DEL PERSONAL SUPERIOR DE LAS FUERZAS ARMADAS, CONTRA SOLDADOS CONSCRIPTOS DESTINADOS EN LAS ISLAS MALVINAS DURANTE EL CONFLICTO BELICO CON GRAN BRETAÑA.
Fecha: 03/02/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 197
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su satisfacción por las
presentaciones realizadas, a fines de diciembre de 2011, ante la Corte
Suprema de Justicia de la Nación por parte del Centro de Ex
Combatientes (CECIM) de La Plata y el Fiscal General Javier De Luca,
con el propósito de evitar la prescripción del proceso judicial en el que
se investiga los actos de privación injustificada de alimentos y la
puesta en práctica de sanciones ilegitimas y degradantes por parte de
personal superior de las fuerzas armadas contra soldados conscriptos
destacados en las Islas Malvinas durante el conflicto bélico con Gran
Bretaña, ratificando que los mismos constituyen graves violaciones a
los derechos humanos y en tanto delitos de Lesa Humanidad
imprescriptibles.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La guerra de Malvinas fue y
sigue siendo una herida abierta para los argentinos. Cuando el
enfrentamiento todavía no había concluido, lentamente se comenzaron
a conocer las razones oportunistas de los dictadores. Era la
permanencia en el poder lo que centralmente había pesado en la
cúpula militar a la hora de decidir la acción armada. En ese sentido la
reciente decisión de la presidenta de la Nación CristinaKirchner
disponiendo que tome estado público el Informe Rattembach, que
fuera decretado secreto por el dictador Reynaldo Bignone, y que
revela entre otros aspectos de aquellas acciones; la falta de
planeamiento conjunto entre las fuerzas, las deficiencias logísticas y el
uso de efectivos con escasa preparación militar, resulta un aporte
invalorable para conocer en detalle la verdadera historia de aquella
aventura. Historia que sin duda está plagada de acciones heroicas
pero también de crueldades.
Aquello que circulaba como
dolorosos comentarios en reuniones de ex combatientes, quienes
habían recibido la orden de sus mandos de callar a cambio de obtener
su baja, emerge finalmente. En Malvinas hubo, ".... estaqueamientos,
enterramientos y deliberada falta de alimentación, proferidas por
personal superior de las Fuerzas Armadas a los soldados conscriptos
que participaron en la contienda del Atlántico Sur entre el 2 de abril y
el 14 de junio del año 1982" (1) . Impulsados por la publicación en
1992 de "Iluminados por el Fuego" obra del periodista Edgardo
Esteban y por la posterior película de Tristán Bauer basada en aquella,
los ex combatientes y sus organizaciones comenzaran a recabar
información, a buscar testigos, a identificar víctimas de aquellos
vejámenes y a sus responsables.
En abril de 2007 ante la
Justicia Federal de Río Grande se formaliza la presentación judicial.
La reseña de las denuncias realizadas por los ex combatientes
correntinos que realizara Pablo Vassel, quien fuera Subsecretario de
Derechos Humanos de la Provincia de Corrientes, en el documento
"Memoria, Verdad, Justicia y Soberanía" sirvió para fundamentarla. La
investigación judicial prosperó, a los primeros 23 testimonios pronto se
sumaron muchísimos más. Entre ellos el de Alberto Fernández, ex
conscripto de la Fuerza Aérea; "quien fue enterrado hasta el cuello en
la turba helada a causa del acto indisciplinario de tomar un paquete de
galletitas para alimentarse " (2). Finalmente la causa totalizó 150
denuncias.
En marzo de 2009 la jueza
federal de Río Grande, Lilian Herráez, determinó que las torturas que
ex combatientes sufrieron por parte de sus superiores en 1982,
durante el conflicto de Malvinas constituyen delitos de lesa humanidad
de carácter imprescriptible. " Cuando el individuo es agredido en sus
más altos valores, se ataca también a la humanidad (...) Por eso lo
que caracteriza esencialmente el crimen de lesa humanidad es el
concepto de la humanidad como víctima"" (3), sostuvo la jueza en su
resolución.
El 20 de agosto de ese
año, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, dio a conocer los
fundamentos de los fallos por los que rechazo los planteos de
prescripción presentados por el subteniente Jorge Taranto y el capitán
Daniel Polano. En los mismos puede leerse que "... los elementos
obrantes en la causa permiten al momento señalar que la aplicación
de sufrimientos, consistente en la privación injustificada de alimentos,
aplicación de sanciones ilegitimas y degradantes a los integrantes de
la propia tropa, habría sido una práctica corriente realizada por el
personal superior durante la guerra del Atlántico Sur. Hechos estos
que por su presumible generalización merecen ser categorizados
prima facie como crímenes de lesa humanidad" (...) "En el caso las
acciones degradantes contra los conscriptos habrían sido
deliberadamente perpetradas y bajo el amparo de cargos oficiales que
otorgaban superioridad, transgrediendo de este modo normas
universalmente aceptadas por el Derecho Internacional" (...) "Por
último resta agregar que los sufrimientos físicos denunciados, más allá
de su eventual acreditación, no pueden considerarse, como pretende
la defensa, sanciones avaladas por el Código de Justicia Militar. Ni el
estaqueamiento, ni el enterramiento se encuentran contemplados
como sanción disciplinaria en el mismo".
A fines de 2011 la Sala I de
la Cámara Nacional de Casación Penal en un fallo revocatorio de la
decisión tomada por la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia,
consideró que los vejámenes de militares contra conscriptos
argentinos en Malvinas no son delitos de lesa humanidad y, por lo
tanto, las acciones penales por esos hechos están prescriptas. Este
fallo motivó las presentaciones que por separado realizaron ante la
Corte Suprema de Justicia de la Nación; el Centro de Ex Combatientes
(CECIM) de La Plata y el Fiscal General Javier De Luca, reivindicando
la condición de delitos de lesa humanidad de aquellos hechos.
El recuerdo de aquella
trágica "aventura militar" que fuera la acción militar en Malvinas llevada
adelante por la dictadura militar, se ilumina cuando se recuerda con
admiración y respeto a todos aquellos que allí combatieron, y
especialmente a los que haciéndolo encontraron la muerte
defendiendo la soberanía nacional de aquel retazo de nuestro
territorio. Pero esa luz desaparece cuando se advierte que soldados
conscriptos que debieron enfrentar los avatares del combate, fueron
objeto de la crueldad y el autoritarismo de algunos de sus superiores.
Estos ex combatientes, que duda cabe, merecen una respuesta de la
justicia.
(1) Fragmento de los
fundamentos del fallo emitido por la Cámara Federal de Comodoro
Rivadavia en ocasión del rechazo a planteos de prescripción contra las
resoluciones de dos juezas (una de Río Grande y otra de Comodoro
Rivadavia) que consideraron que los vejámenes de militares contra
conscriptos argentinos en Malvinas son delitos de lesa humanidad.
Centro de Información Judicial (CIJ) - 20/08/2009.
(2) Malvinas: Una herida
abierta. Encubrimiento de una gran vergüenza nacional. Edgardo
Esteban. Realidad Económica 4/4/08.
(3) Diario Judicial -
13/06/2009.
Es por los fundamentos
expuestos que pido a mis pares me acompañen con el presente
proyecto de declaración-
Firmante | Distrito | Bloque |
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CONTI, DIANA BEATRIZ | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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