PROYECTO DE TP
Expediente 6232-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL DICTADO POR PARTE DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - AFIP - DE LA RESOLUCION GENERAL 3510/13, SOBRE EL CONTROL DE LA ACTIVIDAD DE LOS JUEGOS DE AZAR.
Fecha: 04/09/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 125
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse a la Administración Federal de
Ingresos Públicos, a fin de que informe respecto del dictado de la Resolución
General 3510/13:
1) Motivos por los cuales esa
Administración no cuenta con un sistema informático propio de control de la
actividad de los juegos de azar
2) Razones por las que el
control fiscal de esa actividad, en especial vinculado con las maquinas
electrónicas de juegos de azar, se realiza en base a la información emanada del
contribuyente
3) Qué tipo de mecanismo de
verificación especifico tiene implementado esa Administración para cotejar la
información que brindará el explotador con la realidad de la recaudación de cada
juego y maquina de juegos
4) Cuál es el impedimento o
inconveniente técnico para disponer que las maquinas de juegos de azar
electrónicas puedan ser controladas y auditadas on line y en tiempo real.
5) Porque dicha Administración
no genera un sistema informatico tipo para el control interno de la actividad por
parte de cada explotador, a los fines de uniformar la información fiscal y facilitar el
contralor de lo informado
6) Por cual motivo no se
aprovecha la información que on-line y en tiempo real reciben ya varios
organismos de aplicación de diversas jurisdicciones (v.g. provincia de Buenos
Aires) para hacer las determinaciones tributarias en base a esos informes
7) Motivos por los que no se
exige a la empresa concesionaria Hipódromo Argentino de Palermo Sociedad
Anonima, la conexión de todas sus máquinas el1042ectrónicas de juegos de azar
a un sistema on-line y de control en tiempo real.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La L. 25.246 tiene como propósito
brindar un marco normativo que permita perseguir y castigar a los sujetos que se
encuentren implicados en el lavado de dinero y blanqueo de capitales.-
Su art. 20 inc. 3 supone que la
actividad lúdica es proclive a ser utilizada para el lavado o disimulación de activos
de origen ilícito y de allí la necesidad de un exigente control, estableciendo que las
personas fisicas y/o jurídicas que exploten juegos de azar, se encuentran
obligadas a informar operaciones que se supongan sospechosas.-
De consuno con esta proclividad, la
UIF mediante diversas Resoluciones (17/03, 11/11 y 199/11, entre otras) dispuso
la aprobación de diversas reglamentaciones referidas a la actividad de los juegos
de azar, las que quedan rápidamente desactualizadas y por la importancia de bien
jurídico tutelado, ameritan que muchas de esas reglamentaciones sean elevadas
al rango de ley, máximo teniendo en cuenta las recomendaciones del propio GAFI
en la materia.-
En el contexto de una actividad tan
delicada como lucrativa como es la del juego, es esperable que la Administración
Federal de Ingresos Públicos actúe de manera seria, implacable y congruente con
esta política pública de combate contra el lavado o disimulación de activos y no
con una pusilánime norma como la que antecede a este proyecto, seguramente
adecuada a los designios de los prestadores oficialistas.-
El dictado de la Resolución General
3510/13 de la AFIP, lejos está de abastecer un procedimiento transparente y de
efectivo control del juego tanto en el país como especialmente en la Capital
Federal, donde radica la principal sala de juego electrónico, explotada por la
empresa Hipódromo Argentino de Palermo SA, propiedad del empresario
oficialista Cristóbal López.-
A través del presente proyecto
pretendemos conocer los reales alcances de dicha magra Resolución, que
mantiene un esquema vetusto a esta altura del desenvolvimiento institucional y
tecnológico, ya que pretende que la verificación de las cargas tributarias sigan
haciéndose por medio de declaraciones juradas electrónicas.-
Era esperable y en base a numerosos
precedentes, que desde la AFIP se exigiera la implementación de un sistema on
line y en tiempo real de toda la actividad, que no solo permitirá un efectivo y eficaz
control fiscal sobre toda la actividad, sino que además ayudará a combatir la
evasión y el lavado de activos.-
Resulta casi risueño que la AFIP no
tenga un sistema informático de contralor propio y que no exija a los
concesionarios la implementación de uno común oficialmente diseñado, para
poder así tener un solo procedimiento de control de la actividad.-
Los sistemas de contralor deben ser
unificados, e incluso con acceso público a la información que brinden a través de
páginas web.-
Quiero mencionar un antecedente. En
mi condición de diputado provincial en la provincia de Buenos Aires, encabecé la
Comisión Investigadora de lo Actuado por el Instituto Provincial de Lotería y
Casinos de esa provincia, en el año 1999.-
A través del accionar de esta
Comisión -avalada judicialmente, con la valiente colaboración de otros
legisladores y un calificado cuerpo de asesores- pude escudriñar los vericuetos
de una actividad hasta ese momento desconocida y que no permitía contralor
alguno.-
Se descubrieron importantes falencias
e irregularidades, entre las que destaco, la absoluta falta de control estatal en la
recaudación del juego electrónico y por ende, un grave perjuicio fiscal, facilitante
de esquemas de corrupción, evasión fiscal y de lavado de dinero.-
Hoy en la provincia de Buenos
Aires, todo el juego electrónico se encuentra monitoreado en tiempo real y el
haber hecho públicas las conclusiones de dicha Comisión, motivó el cambio
radical de la normativa reguladora y el presupuesto 2011 se nutrió con mas de
2000 millones provenientes del juego, contra magros 7 millones que obtenía a
principios del milenio.-
Según datos oficiales de la Contaduría
General de esa provincia, la recaudación por el juego llegó casi a los 9 mil
millones en 2010.-
A nivel Lotería Nacional los
guarismos también son elevados. Solo en la CABA se recaudaron más de mil
millones durante el año 2010.-
Pareciera que la AFIP desconoce
todos estos antecedentes.-
Resulta de trascendente importancia
conocer los motivos por los cuales el gobierno nacional no quiere ir a fondo con el
control del juego electrónico, cuando en la sumatoria de los 2 principales distritos
del país, la recaudación supera holgadamente los 10.000 millones de pesos.-
Solicito la aprobación del presente
proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
BAZZE, MIGUEL ANGEL | BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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