Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 6230-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA EL REINTEGRO DEL IVA EN LAS OPERACIONES DE COMPRA DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y GAS ENVASADO CON TARJETA DE DEBITO.
Fecha: 02/02/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 196
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional la reincorporación de los combustibles líquidos y gas envasado, entre las operaciones con tarjetas de débito sujetas a la Devolución parcial del Impuesto al Valor Agregado, según lo previsto en el Decreto Nº 1387/01 e implementado a través de los Decretos Nº 1402 y 1548 de 2001.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La devolución a los consumos con tarjetas de comenzó a fines de 2001, cuando la economía se encontraba en un pozo recesivo. El objetivo era doble: por un lado, el blanqueo de la economía y, por el otro, incentivar el consumo.
En su momento, el Poder Ejecutivo Nacional estableció que la devolución es del 2,12 % en el caso de combustibles y del 4,13 % en el caso de otros bienes en general, pero excluyó determinados servicios tales como la telefonía celular, Internet, TV por cable, enseñanza, guarderías y jardines, así como cualquier compra superior a mil pesos o su equivalente.
En los primeros dos años de vigencia sólo incluyó a las tarjetas de débito. Al adquirir un producto o servicio, el consumidor se ahorra un 4,1 % del precio.
Las tarjetas de crédito se sumaron al incentivo en 2003. En un principio, unos pocos bancos adhirieron a la iniciativa, pero luego se extendió a todo el sistema financiero. Para el consumidor, en este caso el ahorro fue del 2,48 % en compras de hasta 1000 (un mil) pesos.
Hasta septiembre del año 2006 también estaban incluidos los combustibles, aunque con un reintegro menor, de 1,27 %.
La devolución del IVA con compras con tarjetas de crédito creció de la mano del boom del consumo y también de la inflación. Desde su puesta en vigencia, el volumen de reintegros se duplicó (entre 2003 y 2007).
Por esta razón, el 28 de Diciembre de 2007 se eliminaron las tarjetas de crédito entre las beneficiarias de la devolución de parte del IVA (sólo quedaron las de débito, hasta la fecha). Además del ahorro fiscal, la medida se justificaba en que "el impacto del blanqueo de las operaciones comerciales es bajo en el caso de las tarjetas de crédito, ya que ese tipo de consumidores está habituado a hacerlo con plásticos y los seguirá utilizando a pesar de la desaparición del incentivo fiscal". En cambio, "los pagos con tarjetas de débito ayudan más a luchar contra la evasión debido a que esas operaciones compiten directamente con los pagos en efectivo
La devolución de este impuesto se encuentra en el denominado "régimen de retribución", por el cual se estimula la compra de bienes con tarjeta de débito mediante devoluciones de determinados impuestos, en primer lugar del IVA (autorizado en un máximo del 5%), pero también del Impuesto a las Ganancias, entre otros.
Todos los años se ha prorrogado la vigencia de los Decretos 1402/01 y 1548/01 por la Devolución parcial del IVA con operaciones con tarjetas de débito. Este año no fue la excepción y se prorrogó por todo el año 2012 (sin volver a incluir la venta de combustibles líquidos y gas envasado).
El combustible líquido es un elemento de la estructura de costos de alta incidencia para muchas actividades. Por tal motivo, permitir la incorporación de estas operaciones tendrá el efecto similar al de un Subsidio a la actividad.
Un sector que se encuentra altamente incidido por esta medida es el rural. Uno de los insumos más importantes para la producción mecanizada es precisamente el combustible líquido, que mueve toda la maquinaria que traslada los insumos (semillas, agroquímicos y tractores) hasta las zonas de producción, mueve los tractores, sembradoras, fumigadoras y cosechadoras que realizan la producción propiamente dicha, y posteriormente trasladan la producción hasta silos y puertos para su comercialización. En todo este proceso, este insumo se convierte en fundamental para el resultado productivo.
En muchas circunstancias, los impuestos relacionados con los combustibles tuvieron sus objetivos íntimamente focalizados en la realización de obras públicas, principalmente viales. En tal sentido, la carga fiscal gravita sobre las clases sociales económicamente más pudientes, aunque finalmente concluye por afectar en mayor o menor grado a toda la población en general. Esto se debe a que ya no sólo utiliza el servicio aquel que tiene un vehículo en calidad de bien de lujo, sino que se ha hecho masiva la utilización de los vehículos como medios de transportes esenciales, para industrias, comercios y servicios públicos.
En cuanto al Gas envasado, los usos más comunes en Argentina son para uso doméstico: Cocina, calefacción y agua caliente.
De esta forma nos encontramos frente a una nueva inequidad, debido a que hay una gran porción de consumidores, aun hoy en la Argentina, de este producto no sólo en los sectores más pobres sino en una parte importante del territorio NE. Con la inclusión de estas operaciones, se vería morigerada la carga impositiva que recaen sobre estas familias.
Por todo ello, es que solicito a las Sras. Diputadas y los Sres. Diputados me acompañen en la sanción del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)