PROYECTO DE TP
Expediente 6224-D-2010
Sumario: FONDO DE PROTECCION DE RECURSOS DESTINADO A LA IMPLEMENTACION DE PLANTAS DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS; CREACION.
Fecha: 25/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 119
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1.- Se crea el Fondo de
Protección de Recursos. Dicho fondo estará integrado por el aporte del 1,5% de
las ventas que surjan de los Balances de Publicación de cada año, de las
cadenas de Hipermercados, Supermercados y Autoservicios, incluidos los
mayoristas.
Quedan exceptuados aquellos
cuyas ventas anuales no superen los 20 millones de pesos.
El producido del Fondo de
Protección de Recursos, se destinará a la implantación de plantas de tratamiento
de residuos siguiendo el plan que establezca la autoridad de aplicación.
Artículo 2.- El Fondo creado en el
artículo anterior, no será deducible del impuesto a las ganancias y tampoco
podrá ser trasladado a los precios, siendo de carácter exclusivo de las
empresas. La Secretaría de Comercio de la Nación, fiscalizará el cumplimiento
de esa política.
Artículo 3.- Será autoridad de
aplicación de la presente ley la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable
o quien en su futuro la reemplace, quien deberá:
a) Promover acciones destinadas a
desarrollar, implementar y poner en funcionamiento plantas de tratamiento de
residuos y fomentar la reducción de la utilización de bolsas plásticas en general
y su reutilización, coordinando acciones conjuntas -en su caso- con el sector
comercial y supermercadista;
b) Implementar acciones con el
sector productivo a los efectos de propender a realizar un mayor reciclado de
materiales en el proceso productivo.
c) Realizar campañas periódicas de
difusión y concientización acerca de los beneficios medioambientales que
suponen la reutilización y reducción del uso de bolsas plásticas y envases en
general, así como la utilización de bolsas de compras propias.
Artículo 4.- La autoridad de
aplicación elaborará un plan de fiscalización para comercios, resultando de
aplicación en caso de detectarse infracciones el procedimiento administrativo
establecido por los artículos 27 y subsiguientes de la Ley Nª 25.675 y sus
modificatorias.
Artículo 5.- La presente ley es de
orden público y se reglamentará dentro de los noventa (90) días posteriores a
su promulgación.
Artículo 6.- Invítese a las
provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse a la presente
ley.
Artículo 7.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A través de este Proyecto de Ley
se pretende contribuir para mejorar las condiciones ambientales, obligando a
las grandes cadenas de supermercados a tributar para crear un Fondo de
Protección de Recursos que aporte los medios necesarios para desarrollar las
plantas de tratamiento de residuos necesarias con el objetivo de dar solución al
flagelo ambiental que originan el uso excesivo de bolsas plásticas.
Las bolsas de plástico fabricadas
fundamentalmente a partir del petróleo y del gas tienen una vida estimada de
1000 años antes de romperse en pequeñas partículas tóxicas. Así la
acumulación de este material conlleva un alarmante ascenso de contaminación
que es imprescindible frenar.
Según una denuncia de
Greenpeace en su campaña "Desembólsate del plástico" realizada en 2008 en
España las bolsas convencionales no son biodegradables y pueden tardar
decenios en descomponerse en el medio ambiente.
La gestión y reciclado de residuos
plásticos usados representan en la actualidad problemas medioambientales no
resueltos. Entre las diferentes alternativas en estudio, una de las vías más
prometedoras es el denominado reciclado químico que permite, al mismo
tiempo que se eliminan los residuos, la obtención de productos con aplicaciones
como materia prima química o como combustibles y carburantes. (1)
Asimismo distintas propuestas
legislativas apuntan en todas partes del mundo a poner coto a este tema. En
Irlanda por ejemplo se aplica desde 2002 un impuesto ("PlasTax") a los
consumidores finales por cada bolsa de plástico que reciben. El resultado de la
aplicación de este impuesto redundó en una merma del 90% en el uso de dicho
elemento.
La estrategia comunicacional
llevada adelante durante el año pasado para concientizar a los ciudadanos del
daño ambiental que provocan las bolsas plásticas no dio el resultado esperado
en términos de un menor consumo, por ello consideramos necesario crear una
normativa que permita generar las herramientas necesarias para tratar los
residuos tóxicos que este material genera.
Es necesario entender que más
allá de toda realidad este es un problema de costos ya que a las empresas
dedicadas a fabricar bolsas plásticas les es más económico producir nuevas
bolsas que reciclar las ya utilizadas. Sobre este hecho pone el foco esta
propuesta ya que invirtiendo el dinero recaudado por el Fondo (que mediante
esta Ley se crea) en plantas de tratamiento y compastado se reduce la cantidad
del material residual que termina diseminada en el medio ambiente.
Por todo lo expuesto solicito a
mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
KENNY, EDUARDO ENRIQUE FEDERICO | LA PAMPA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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