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PROYECTO DE TP


Expediente 6210-D-2015
Sumario: CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE LA PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES, ADOPTADO EN EL CUADRAGESIMO QUINTO PERIODO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE ESTADOS AMERICANOS - OEA -, EL DIA 15 DE JUNIO DE 2015. APROBACION.
Fecha: 01/12/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 163
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Apruebase la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de la Personas Mayores, adoptado en el cuadragésimo quinto período de sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), el 15 de junio de 2015, cuyo texto integra la presente ley.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En junio de 2015 se registró un importante avance en el campo de los derechos humanos de las personas mayores. Más precisamente el 15 de ese mes la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó la nueva Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Esto se hizo en el marco del cuadragésimo quinto período de sesiones de la Asamblea General de la OEA.
En el artículo 1 se establece que "El objeto de la Convención es promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad....".
A su vez los Estados parte se comprometen a que "si el ejercicio de los derechos y libertades mencionados en esta Convención no estuvieren ya garantizados por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados Parte se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades".
Para llegar a esta instancia fue muy importante el rol que le cupo a nuestro país para que luego de intensos cinco años de trabajo se lograra la firma de este instrumento jurídico vinculante. Se contó con la colaboración de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y el Instituto de Políticas Públicas del MERCOSUR. América se constituyó así en el primer continente en tener una Convención que protege los Derechos de las Personas Mayores.
Lamentablemente todavía la Naciones Unidas no ha llegado a un consenso para poder establecer un instrumento jurídico para proteger a las personas mayores. En el año 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante la Resolución 65/82 estableció el Grupo de Trabajo de Composición Abierta sobre el Envejecimiento (OEWG-UN) con el objetivo de llegar a establecer una Convención Internacional en defensa de ese colectivo. Hay que destacar que este Convenio va a dar fuerte impulso para que se logre firmar una Convención Internacional de las Naciones Unidas en esta materia.
En el caso de la Convención Interamericana ha sido firmada por nuestro país, Brasil, Chile y Costa Rica, pero para que entre en vigor es necesario que dos países la ratifiquen.
Es muy importante que el Congreso argentino ratifique esta Convención en la que tanto trabajó nuestro país para que de esta forma se contribuya a que este importante instrumento jurídico entre en vigencia y a la vez adquiera rango constitucional en Argentina quedando debidamente protegidos los derechos humanos de las personas mayores.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares el acompañamiento en la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
DE LAS PERSONAS MAYORES