PROYECTO DE TP
Expediente 6194-D-2013
Sumario: EXPRESAR RECHAZO A CUALQUIER INTENTO O PRETENSION DE PAISES U ORGANIZACIONES INTERNACIONALES, DE INTERVENIR MILITARMENTE EN SIRIA.
Fecha: 03/09/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 124
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su expreso y rotundo rechazo a
cualquier intento o pretensión de intervención militar en Siria por parte de países u
organizaciones internacionales.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La dinámica de las relaciones
internacionales ha demostrado a lo largo de la historia que los países hegemónicos
toman decisiones de intervenir militarmente en el territorio de otro país, sin respetar
las pautas de derecho internacional que determinan las bases del orden global
actual. Se debe señalar que cualquier acto de agresión de un Estado contra otro, que
no se encuadre dentro de la legítima defensa, erosiona el sistema internacional
creado pos 1945 que aboga por el mantenimiento de la paz y la seguridad
internacional.
Una intervención militar quiebra dos
principios fundamentales del derecho internacional, presentes en el instrumento con
mayor reconocimiento de este orden, la Carta de las Naciones Unidas. En primer
lugar, es contrario a la norma de prohibición de la amenaza o al uso de la fuerza.
Este principio de la sociedad internacional se encuentra plasmado en el Capítulo I de
la Carta, sobre los propósitos de la organización, en su artículo 2.4: "Los Miembros
de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la
amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia
política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los
Propósitos de las Naciones Unidas". En segundo lugar, es incompatible con el
principio de no injerencia en los asuntos internos de los Estados, estipulado en el
artículo 2.7 del mencionado acuerdo constitutivo: "Ninguna disposición de esta Carta
autorizará a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente
de la jurisdicción interna de los Estados, ni obligará; a los Miembros a someter dichos
asuntos a procedimientos de arreglo conforme a la presente Carta".
En cuanto al caso particular de Siria que
trata este Proyecto de Declaración, el sistema de las Naciones Unidas aún no ha
llegado a una conclusión determinante en cuanto al uso de armas químicas en
conflicto armado, en contra incluso de poblaciones civiles. El Secretario General de
las Naciones Unidas., Ban ki Moon, en el día de la fecha 3 de septiembre de 2013,
informará a los miembros no permanentes del Consejo de Seguridad acerca de los
avances y los tiempos para arribar a una conclusión sobre la veracidad del uso de
armas químicas en Siria, y, si es posible, sobré que parte del conflicto armado usó
esas armas químicas.
Esta eventualidad en la forma en que se
está desarrollando el conflicto armado interno en Siria es extremadamente grave y
por supuesto sockeante, en un país cuyo conflicto, según informes consistentes, ha
causado hasta el momento miles de muertes de civiles, incluyendo niños, y miles
también de desplazados internos y refugiados, todo lo cual por supuesto contraviene
principios elementales del derecho internacional humanitario.
No obstante, la reacción de la
comunidad internacional debe ser lo más medida posible, y ello sólo puede
asegurarlo, al menos en algún punto aceptable, por el sistema de las Naciones
Unidas. En este caso, es el Consejo de Seguridad el que está liderando el tratamiento
de la situación de Siria, y no podemos dejar de mencionar que nuestro país, la
Argentina, está ejerciendo la Presidencia pro tempore del órgano, y lo está haciendo
a la luz de los parámetros de las Naciones Unidas, tal cual lo describe este Proyecto
de Declaración. La Cancillería Argentina ha difundido un comunicado de prensa en la
misma línea, por lo que este Proyecto creo que sería importante para abonar a una
posición política frente a la situación de Siria que respete el sistema del derecho
internacional.
Por lo brevemente aquí expuesto,
solicito a mis pares su acompañamiento en este Proyecto de Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PERIE, JULIA ARGENTINA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |