PROYECTO DE TP
Expediente 6175-D-2011
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL AVANCE DEL PROYECTO DE LEY DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL (MENSAJE N° 1643), POR EL QUE SE MODIFICA EL CODIGO PENAL SOBRE PREVENCION, INVESTIGACION Y SANCION DE ACTIVIDADES DELICTIVAS CON FINALIDAD TERRORISTA.
Fecha: 27/12/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 193
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su más profunda preocupación por el
avance del proyecto de ley del Poder Ejecutivo Nacional (mensaje n° 1643), por el que se
modifica el Código Penal sobre prevención, investigación y sanción de actividades delictivas
con finalidad terrorista ya que por su grosera amplitud e imprecisión, abre las puertas a un
total avasallamiento de los derechos y garantías constitucionales.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como expusieron las diputadas nacionales del
interbloque FAP por Buenos Aires, Victoria Donda Pérez y Margarita Stolbizer, la sanción que
tuvo lugar en la Cámara de Diputados de la Nación es una "ley de terror".
La Sra. Donda Pérez dijo "El proyecto que está
impulsando el oficialismo es de una gravedad que llama la atención y nos obliga a reflexionar
como legisladores. Si este Congreso Nacional llegase a aprobar estas normas, estaríamos
agravando aún más las condiciones de aquellos luchadores sociales que en estos momentos se
encuentran detenidos por el legítimo ejercicio de sus derechos constitucionales.
Estos proyectos están siendo impulsados
por el bloque oficialista, que responde a un gobierno nacional que dice respetar los derechos
humanos. Sin embargo, según se desprende de estos proyectos ese respeto a los derechos
humanos queda atrás y no se puede verificar.
La ley que se sancione tendrá un nulo
efecto disuasorio para quienes quieran cometer verdaderos actos de terrorismo, actos que la
Argentina ha sufrido. Lamentablemente tenemos muy frescos en la memoria los atentados a la
AMIA y a la Embajada de Israel, actos que por otra parte han quedado impunes, y no por falta
de normas sino por falta de decisión política de que sean realmente castigados, que haya
juicio y castigo para los responsables de esos atentados terroristas.
Como bien nos dice Mempo Giardinelli en
una nota que aparece en Página 12, este proyecto "...no será otra cosa que una reforma penal
que legitimará la criminalización de la protesta. Y eso será así porque el proyecto amplía las
figuras penales aplicables, aumenta las penas y vincula la protesta cívica con una figura tan
determinante y vaga como la de terrorismo".
En esto debemos tener presente algunos
aspectos que también nos menciona Zaffaroni cuando define "protesta social", como la
herramienta de la sociedad para satisfacer los derechos no garantizados por el aparato
estatal.
La propia presidenta reconoció hace pocos
días que la Argentina es un país en el que aún no están satisfechos todos los derechos
humanos de los cuales debemos gozar todos los ciudadanos y ciudadanas.
Zaffaroni sostiene lo siguiente: "La
Argentina es una sociedad donde estos derechos no están satisfechos. Esta obligación de no
criminalizar la protesta y satisfacer las necesidades de los hombres y mujeres que viven en
este territorio es la obligación de un Estado que quiere respetar los derechos humanos."
La respuesta del Estado debe ser,
entonces, satisfacer los derechos humanos y no criminalizar la protesta social. Cualquier otro
tipo de respuesta es persecutoria de aquellos que se expresan libremente.
¿Por qué nos oponemos a este proyecto?
A pesar de que el término "terrorismo" ha presentado dificultades de conceptualización a lo
largo de la historia, tal como se han referido muchos diputados y diputadas, lo cierto es que
podemos acercarnos a una definición consensuada que es aquella contenida en distintas
resoluciones de las Naciones Unidas y en la Convención Internacional para la Represión de la
Financiación del Terrorismo, que remite a actos terroristas y no a un concepto abstracto de
terrorismo, como el que se establecía en el primer proyecto que fue enviado por el Poder
Ejecutivo.
No está de más observar que se ha hecho
algún esfuerzo por ajustar esa definición, pero continúa siendo realmente insuficiente ya que
se trata de un tipo penal abierto que consolida en la Justicia la idea de arbitrariedad
judicial.
Yo me pregunto: si este proyecto de ley
antiterrorista llega a sancionarse, ¿dónde quedaría Vilma Ripoll que, por ejemplo, en este
momento está procesada por cortar una calle? Para muchas personas este acto puede
considerarse como atemorizante para la población.
Si se sanciona esta ley y su aplicación cae
en manos de los mismos jueces que condenaron a Emilio Alí, a la docente Marina Schifrin o al
concejal Horacio Cepeda por defender sus derechos, resultaría inaceptable que hoy estemos
considerando esta iniciativa aquí porque es una verdadera vergüenza. Lo que deberíamos
estar tratando es un proyecto de ley de amnistía para los más de 5 mil luchadores sociales que
están detenidos en estos momentos precisamente por exigir sus derechos.
Párrafo aparte merece la excepción que la
misma norma contempla, es decir, aquellas personas que están manifestándose en pos del
ejercicio de un derecho social o un derecho humano que, en realidad, quedan exceptuadas de
este proyecto. Es superflua esta acotación que hace la norma, porque el ejercicio del reclamo
de un derecho social o de un derecho humano en forma generalizada nunca puede constituir
un delito.
Pese a que el proyecto oficial afirma que
estas conductas por las que se reclaman el respeto de los derechos humanos van a quedar
terminantemente excluidas, Gastón Schiller, director ejecutivo del CELS, se opone a la sanción
de esta iniciativa, porque una persona puede ser encarcelada y mucho después probada su
inocencia. Prueba de ello tenemos de sobra. Solo voy a mencionar una: las catorce personas
que fueron detenidas después de los incidentes en la ciudad de Buenos Aires y que fueron
dejadas en libertad tres años después.
Por supuesto que la inocencia es inútil,
porque este tipo de legislación invierte la carga probatoria, que es uno de los pilares de
nuestra legislación penal.
Demás está decir que las normas
sancionadas por este Parlamento deben cumplir con las obligaciones a las que nuestro país se
ha ceñido, como por ejemplo, la Convención Interamericana de Derechos Humanos, que
desde nuestro punto de vista este proyecto claramente vulnera.
Entre otros derechos y garantías cobra
trascendencia el principio de legalidad que en materia penal exige la precisión de la materia
punible. Como ya hemos dicho, los tipos penales abiertos sólo invitan a la discrecionalidad en
el sistema represivo. Expertos en derecho penal vienen alertando, aún antes de esta reforma,
sobre la utilización de ciertos delitos que describen conductas punibles en forma ambigua o
que ni siquiera requieren de daños concretos a bien jurídico alguno, todo lo cual es utilizado
para la represión de la protesta social.
Ese panorama se va a complicar aún más
con esta reforma que nos proponen, toda vez que implica un inusitado agravamiento de las
penas para todos los delitos previstos en el Código. Ni siquiera se acotó tal agravamiento para
los delitos contemplados en el artículo 2º de la Convención Interamericana.
En lo que respecta a la legalidad, la
jurisprudencia internacional lleva tiempo haciendo hincapié en la importancia de este principio.
Cabe recordar que fue el propio secretario general de Naciones Unidas quien en el marco de
las observaciones hechas a la reunión especial del Comité contra el Terrorismo del Consejo de
Seguridad, que se celebró el 6 de marzo de 2003, declaró que dado que el terrorismo entraña
un uso calculado de la violencia en la violación de la ley, la respuesta a él debe dirigirse a
garantizar el imperio de la ley. Luego agregó que los actos de terrorismo, en particular los que
conllevan la pérdida de vidas humanas, constituyen graves violaciones a los derechos
humanos, pero la respuesta nunca debe poner en peligro el goce de esos derechos
humanos.
La reforma que nos están proponiendo
implica también un grave riesgo para las organizaciones que prestan apoyo a los movimientos
sociales. Al respecto, sería importante recordar que en la Argentina no tenemos registro -salvo
un caso- de personas privadas de su libertad por la comisión del delito de lavado de dinero.
Sin embargo, como manifesté al principio de mi exposición, hay más de cinco mil procesados
por ejercer la protesta social.
A continuación quisiera referirme a una
nota que escribió Mempo Giardinelli oponiéndose a la sanción de estos dos proyectos. En su
nota señala: "Y si es cierto, como sugiere el colega Verbitsky, que esta legislación es producto
de exigencias o presiones del Grupo de Acción financiera Internacional (GAFI), para así
calificar a la Argentina como destino seguro para inversiones externas, entonces la cosa es
más grave aún.
"Primero, porque debe rechazarse toda
propuesta o reclamo de organismos internacionales que vulnere derechos fundamentales. Y
después, porque de este modo los movimientos sociales, que en nuestro país son
variadísimos, podrían empezar a ser vinculados con delitos de financiamiento al terrorismo, e
incluso las protestas pasarían a ser consideradas acciones terroristas.
"Mejor no imaginar lo que sería este país
si ello sucediese. Por eso, nada mejor harían nuestros legisladores que archivar estos
proyectos."
Esta nota la dejo a disposición de los
señores diputados, porque hoy se han mencionado muchos diarios; en este caso, se trata de
una publicación independiente llamada "MU".
Lo cierto es que para las organizaciones
sociales que luchan por sus derechos esta es una ley de terror, no una ley contra el
terrorismo. Reitero que en el país hay cinco mil personas procesadas. Tengo aquí, por si lo
quieren ver, el mapa que muestra dónde está cada una de esas personas que pelean por sus
derechos humanos, que hoy están detenidas y que van a ser el blanco de estos dos proyectos
que pretenden convertir en ley. (Aplausos.)
Por su parte la Sra. Stolbizer dijo
"Señora presidenta: insisto en lo que hemos planteado en el debate de todos estos temas. No
se trata de una buena agenda para el inicio de un gobierno.
Es una agenda que se define con dos
temas centrales. Se trata de dos reformas al Código Penal que en nada le cambian la vida a la
gente."
" Nuestro bloque tiene una posición negativa
desde una concepción integral de ambos proyectos Me animaría a decir casi filosófica.
Consideramos que ambas reformas son peligrosas e ineficaces a los fines de los resultados
que se intenta buscar.
La discusión de estos temas -estamos
hablando de una ley denominada antiterrorismo y de otra llamada antilavado- necesitan ser
contextualizados desde el plano de lo que significan los delitos complejos de organizaciones
criminales transnacionales.
El capitalismo es global y nuestra
obligación es pensar globalmente y accionar localmente, especialmente en el caso del flujo de
capitales internacionales y acciones ilícitas que se derivan de ese flujo de capitales.
Hoy somos parte de una crisis del
capitalismo a escala global. Decir que las crisis no nos afectan, es no entender cómo funciona
ese sistema capitalista global. Lo mismo acontece con el delito de lavado. La lucha política
debe ser articulada de manera global.
Conviene señalar también que es
necesario dar una discusión sobre las relaciones financieras económicas internas de la
Argentina, mediante las cuales nuestro país se vincula con el mundo y con la región.
El sistema financiero en la Argentina
todavía no ha tenido una reforma como la que merecería. Estamos hablando de un sistema
financiero que no solamente atrasa, sino que afecta o favorece la comisión de estos delitos. Es
un sistema que tolera que muchas empresas transnacionales y también nacionales -
prácticamente no discutidas- permanezcan de manera intacta como lo hacen sin ningún tipo
de modificación de nuestra matriz económica.
Y nos animamos a decir que ninguna de
estas reformas profundizan en la discusión de esa matriz económica ni van a cambiar con
ninguno de los proyectos que aprobemos hoy.
Por supuesto que estamos convencidos de
la necesidad de adaptar nuestra legislación a los estándares internacionales que requiere el
GAFI. Pero en este punto vamos a reiterar que ninguna de las reformas que se están
planteando tiene que ver con las críticas que el GAFI ha hecho a la Argentina.
La pérdida de credibilidad de nuestro país
en el plano mundial no tiene que ver con la falta de una legislación sino, entre otras cosas,
con un sistema que no funciona y favorece la comisión de estos delitos y, obviamente, con las
malas gestiones que se vienen sucediendo y con la falta de voluntad para profundizar en el
agujero negro que tiene nuestro país, que es el delito complejo. Todo esto es lo que le hace
perder credibilidad a la Argentina.
Las críticas del GAFI no tienen que ver con
la ausencia de una ley sino con el deficiente funcionamiento de nuestro sistema financiero y
de controles, sobre todo en materia de lavado de dinero. Las críticas se refieren a que el
personal no tiene suficiente capacitación, a que existe un déficit muy grande de estructura
profesional y, sobre todo, de presupuesto.
Fundamentalmente se viene cuestionando
la calidad de los reportes. Solamente tiene utilidad o sirve el 11 por ciento de los reportes
emitidos en los últimos diez años. Ese es el informe que analiza el GAFI. Obviamente, esto es
lo que hace que en más de diez años de vigencia de una ley antilavado, sigamos sin tener
condenas y continúe existiendo un nivel muy bajo de investigaciones sobre esos
reportes.
Con nuestra posición no buscamos evadir
las responsabilidades que el Estado debería tener frente a la comunidad internacional, pero no
es este el camino por el cual la Argentina puede posicionarse y cumplir.
Los proyectos en discusión no son ninguna
alternativa novedosa ni van a cambiar la situación de nuestro país.
Nos parece crítico buscar
una alternativa superadora al statu quo dominante en la Argentina para acabar con una serie
de privilegios. Esos privilegios y beneficios espurios son, justamente, los que se desprenden
del funcionamiento deficiente de nuestro sistema financiero y del sistema
antilavado.
Por lo tanto, es crucial un proyecto que
trascienda la mera reforma del Código Penal. No sirve simplemente una reforma legal si no
ponemos en marcha una reforma estructural en el funcionamiento del sistema, que es lo
deficitario.
Obviamente creemos que el mero
endurecimiento de las penas puede evitar un castigo del GAFI. Tal como lo dijimos durante el
tratamiento de la última reforma, es posible que con esto limpiemos nuestras propias
conciencias. Debemos tener en claro que esto no logra detener la profundización de los
esquemas financieros de nuestro país, que son injustos y poco transparentes y que, en última
instancia, lo que hacen es justamente alentar los delitos que pretendemos reprimir.
Además, va a ser ineficaz porque no va a
cambiar las condiciones de inseguridad por las que reclama la población. Frente a estos delitos
complejos es necesario un sistema criminal integral. En realidad, se necesita que exista una
voluntad política, justamente para prevenir y evitar ese tipo de delitos. Sobre este punto es
necesaria una agenda regional.
Quiero hacer algunas reflexiones sobre los
proyectos en particular. Es cuanto menos ingenuo creer que las deficiencias en el diseño e
implementación de las políticas de Estado en general y en particular que apuntan a la
prevención y represión de esos crímenes se solucionan mágicamente mediante reformas
simbólicas y simplistas de la ley penal.
Cambios como los que se proponen no son
otra cosa que un retroceso o un mero maquillaje, porque pretenden disimular las deficiencias
del Estado.
Estamos frente a un grave retroceso en
materia de calidad democrática y de respeto a los derechos humanos. El proyecto de ley sobre
terrorismo no constituye un elemento eficaz en la lucha contra esos crímenes y, lo que es más
grave, adolece de inconstitucionalidad.
En oportunidad de los debates anteriores,
cuando se votaron los artículos que en este momento se pretende derogar, ya se había
advertido sobre cuál iba a ser el verdadero resultado. Y hoy el propio oficialismo, que en aquel
momento los impulsó como la respuesta o salida a los conflictos que teníamos, debe reconocer
que no sirvieron absolutamente para nada.
Lo que el Poder Ejecutivo propone es la
reformulación y reordenación de las figuras penales en el cuerpo normativo, dejando aún más
abierto el anterior y tan controvertido tipo penal de la asociación ilícita terrorista. No hay duda
de que incluir hoy un agravante que lleva el doble de la pena dentro de la parte general del
Código Penal en lugar de sostener una figura dentro de la parte especial no va a brindar
absolutamente ninguna respuesta, y volverá a ser -como lo planteamos- una herramienta de
riesgo y de peligro social.
El principal riesgo es dotar al Estado de un
instrumento de persecución y de represión impropio del sistema democrático, que debería
llevarnos al mayor de los cuidados.
El proyecto pretende incorporar una
salvedad con respecto a la vigencia de los derechos humanos y a evitar la criminalización de la
pobreza que, por supuesto, no sirve, es una cuestión meramente retórica, una obviedad
innecesaria e injustificada en el ejercicio de cualquier derecho constitucional."
Por todo lo antes dicho, solicito me acompañen
en este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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