PROYECTO DE TP
Expediente 6144-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA REDUCIR EN UN 50 % (CINCUENTA POR CIENTO) EL VALOR DE LOS ARANCELES QUE PERCIBEN LOS REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR.
Fecha: 11/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 99
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Requerir al Poder Ejecutivo Nacional que,
por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, disponga la
implementación de medidas efectivas que garanticen una efectiva reducción del 50%
del valor de los aranceles que perciben los Registros Seccionales de la Propiedad del
Automotor por los servicios que prestan en oportunidad de la inscripción inicial y
transferencia de los automotores.
Se requiere que dichas medidas se tomen
sin disminuir con ello las cifras dinerarias que, en concepto de emolumentos, son
retenidas y administradas por los Encargados de Registros Seccionales para sueldos
del personal, adquisición de solicitudes tipos y documentación registral, y demás gastos
operativos del servicio prestado a los usuarios.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Mediante la reciente Disposición 243/2014,
la Dirección Nacional de Registros de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios
(DNRPA) estableció un nuevo aumento en los aranceles que perciben los Registros
Seccionales de la Propiedad del Automotor por los servicios que prestan, en
oportunidad de los diversos trámites registrales referidos a vehículos.
Dicha Disposición, lo que hizo fue actualizar
las tablas de valuación de los vehículos automotores para alcanzar, con ello las cifras
propias del comercio del sector. Al respecto, es sabido que la inflación que vive hace
varios años el país repercute fuertemente en el mercado automotor, cuyos precios
suben mensualmente en miles de pesos.
Si bien lo que se hizo fue actualizar valores
de vehículos, no disponer una suba de aranceles, en los efectos prácticos esta medida
repercute directamente en el valor final del arancel que cada usuario debe abonar por
los trámites referidos a los automotores. Pues, los aranceles son un porcentaje del valor
del vehículo que se inscribe o transfiere.
Si a esto sumamos el aumento de los
impuestos provinciales a los sellos, de los formularios y de la documentación registral
(títulos, cédulas, etc.), los que se trasladan siempre al usuario, el precio de cada trámite
en el Registro del Automotor es excesivamente oneroso, hasta para la transferencia de
vehículos viejos y destruidos.
Mediante la Resolución 314/02 del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos y sus modificatorias, se estableció la actual forma de
cálculo de los aranceles de inscripción inicial y de transferencia de automotores y de
motovehículos en la Argentina.
Las normas antes aludidas determinaron
que, a los fines del cálculo del valor de referencia de aquellos automotores y
motovehículos cuyo modelo y año no estuviere valuado en la tabla oficial, el Registro
Seccional interviniente, deberá adicionarle un porcentaje determinado al valor
establecido para el año inmediato anterior.
Según un relevamiento periodístico (Diario
Infobae), la nueva normativa tiene los siguientes efectos:
Ahora, la anotación de las unidades 0Km
tendrán un costo mínimo de 1.800 pesos, subió 20%, mientras que para las
transferencias de las unidades nacionales hasta 10 años se fijó un valor piso de 1.400,
para la franja siguiente hasta 20 años se estableció en $1.000 y las más antiguas
700 pesos. En esos casos se elevaron 7,7, 25% y 16,7%, respectivamente.
En el caso de los autos importados, los
valores mínimos de la registración fueron aumentados entre 20 y 25 por
ciento.
Mientras que para el caso del registro de
los motovehículos 0Km, la suba de los aranceles mínimos se ubicó entre 33%
para los nacionales de menos de 105 centímetros cúbicos (400 pesos) y 37,5%
para el segmento de 106 a 250 cm3. En cambio, no se introdujeron modificaciones en
las anotaciones de las transferencias de segunda mano.
En lo referente a la maquinaria para tareas
viales y de uso agrícola el aumento de los valores mínimos de los registros de las
unidades a estrenar se estableció en 25% para los equipos nacionales y 16,7%
para los importados, aunque los primeros tributan una alícuota de 2,5% del valor de
mercado y los segundos de cinco por ciento, Mientras que las anotaciones de las
transferencias a segunda mano se elevaron 30% para los de fabricación en el país y
15% para las procedentes del resto del mundo.
Pero, señor Presidente, repare usted que
estas subas de costos por servicios públicos, vienen a sumarse a otras subas
anteriores, siendo la mayor la de octubre de 2012 en que los aumentos llegaron al
166%. Asimismo, recientemente se dispuso un impuestazo a vehículos de alta gama
que generó un enfriamiento de ese sector del comercio automotor.
Incluso advierte este Diputado Nacional que
los recientes aumentos de aranceles para los usuarios se dan en un contexto de grave
crisis del mercado automotriz.
En efecto, el patentamiento de autos cero
kilómetro durante mayo de 2014 alcanzó las 55.931 unidades, según el informe
mensual elaborado por la Asociación de Concesionarios de Automotores de la
República Argentina (ACARA). El número de vehículos patentados durante mayo reflejó
una baja del 39,46% comparado con el mismo mes de 2013, cuando se comercializaron
92.387 unidades.
En tanto, la comparación intermensual
muestra una mejora del 4,42%, respecto a los 53.562 vehículos patentados en abril
pasado.
Con las cifras del quinto mes del año, el
acumulado de 2014 suma 328.709 patentamientos, lo que representa un descenso del
22,74% en la comparación con igual período de 2013.
Similar situación se verificaría en el mes de
julio de 2014.
Pero además vemos que, recientemente, la
crisis de la industria automotriz demostró que sigue acentuándose masivas
suspensiones en varias fábricas automotrices del país como Fiat, Volskswagen, Iveco,
Renault, entre otras.
Además la Secretaría de Trabajo de la
Provincia de Córdoba ya se habrían presentando al rededor decenas pymes
autopartistas que se ven afectadas por la crisis del sector, a solicitar se las incluya en el
procedimiento preventivo de crisis, para no despedir a su personal.
Esta situación del sector hace aconsejable
tomar medidas de amortiguación de la crisis, en las que el Estado asuma en forma
directa parte de los costos que la misma genera. Esto redundaría en que el usuario no
deba erogar, con concepto de aranceles registrales, un importante porcentaje del valor
del vehículo que pretender comprar. De esa forma se ayudaría a dinamizar el mercado
automotor, de unidades nuevas y usadas.
Que como antecedente de esta medida
puedo citar Resolución 491/2001 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la
Nación.
Dicha normativa fue dispuesta en el marco
de la Ley de Competitividad, considerando que en medio de la crisis se hacía necesario
y conveniente reducir el valor de los aranceles que perciben los Registros Seccionales
de la Propiedad del Automotor por los servicios que prestan en oportunidad de la
inscripción inicial y transferencia de los automotores.
Incluso se realizaron varios análisis que
llegaron a la conclusión de que la medida propiciada en 2001 no afectaba la correcta
prestación del servicio a cargo de los Registros Seccionales de la Propiedad del
Automotor, lo que en mi propuesta se garantiza con el segundo párrafo de la parte
resolutiva. Los incrementos de sueldos del personal de los Registros, sumado a los
constantes aumentos de formularios, documentación registral y demás gastos
operativos, hacen que resulte imposible que cada Registro Seccional, en forma
autónoma, pueda soportar la estructura fija de cada oficina. Por ello se requiere que el
Estado Nacional sea quien soporte la excepcional medida, pudiendo ser recompensado
en forma mediata por el mayor volumen de trámites que la medida pudiese generar en
el mediano y largo plazo.
Por último, se advierte que la medida
propuesta se podría dictar en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9° del
Régimen Jurídico del Automotor (t.o. por Decreto N° 1114/97), el artículo 2°, inciso f),
apartado 22 del Decreto N° 101/85 y sus modificatorios, y el artículo 1° del Decreto N°
1404/91.
En virtud de los motivos expuestos, y en el
convencimiento de que la disminución arancelaria propuesta, dentro del contexto
económico actual, redundaría en un claro beneficio para los particulares que afrontan
tales erogaciones y a los diversos actores del mercado y la industria automotriz
nacional, es que solicito a mis pares, la aprobación de la presente.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BALDASSI, HECTOR W. | CORDOBA | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 133 (2015), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |