PROYECTO DE TP
Expediente 6143-D-2009
Sumario: ACCESO GRATUITO Y UNIVERSAL A INTERNET: PROVISION DE EQUIPOS DE COMPUTACION PORTABLES (OLPC-XO) AL NIVEL DE EDUCACION PRIMARIA.
Fecha: 29/12/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 178
El Senado y Cámara de Diputados...
Acceso Gratuito y
Universal a Internet.
Provisión de Equipos de
Computación Portables al Nivel de Educación Primaria.
TITULO I
Alcances
Artículo 1°: Créase con
carácter de proyecto socioeducativo, un plan destinado a extender a todo
el territorio nacional la conectividad educativa y a proveer en forma gratuita y
universal a cada docente y alumno de las Escuelas Públicas o de Gestión
Privada no Arancelada de la Educación General Básica del país, de un equipo
de computación portable (laptop), de bajo costo, conocidas como OLPC-XO
(una computadora por niño) o similares, que posibilite su conexión a Internet
y la instrumentación de una política educativa de aprendizaje en línea.-
Artículo 2°: Los equipos y
dispositivos que se entreguen a los alumnos, serán otorgados en custodia a los
mismos mediante un adecuado sistema de registro y control. Estará permitido
el uso fuera del aula y de los horarios escolares, con el fin de integrar a todas
las familias a la utilización de las TIC, en la medida que el plan extienda los
alcances de la conectividad al entorno de las Escuelas.-
TITULO II
Objetivos
Artículo 3°: Son objetivos
del presente plan:
Inc.1 Promover el acceso
universal y gratuito a las Tecnologías de la Información y la Comunicación,
con el fin de reducir la brecha digital en el país.-
Inc.2 Facilitar el desarrollo de
las competencias necesarias para el manejo de los nuevos lenguajes
producidos por las tecnologías de la información y la comunicación, según
objetivos fijados por la Ley 26206.-
Inc.3 Favorecer la construcción
de nuevos entornos de aprendizaje y de contextos propicios para que los niños
sean capaces de responder a la exigencia de la sociedad basada en la
información y el conocimiento.-
Inc.4 Promover la alfabetización
electrónica en toda la comunidad pedagógica y su entorno social, favoreciendo
el diálogo intergeneracional.-
Inc.5 Garantizar que el uso de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones sean instrumentos de
democratización y no de profundización de las desigualdades.-
Inc.6 Estimular el uso de las
nuevas tecnologías para el estudio y desarrollo personal como un derecho de
todos y la consiguiente obligación del Estado en garantizarlas.-
Artículo 4°: Constituyen
premisas básicas del plan instrumentado por la presente, las
siguientes:
Inc.1 La coordinación entre
tecnólogos y docentes que permita un mutuo intercambio de conocimientos y
experiencias, que asegure un piso básico de cultura tecnológica encuadrado en
los preceptos pedagógicos necesarios.
Inc.2 La evaluación tecnológica
de los aparatos y su instrumentación pedagógica como respuesta a una
necesidad del proceso enseñanza-aprendizaje.-
Inc.3 La aplicación progresiva
con criterio Federal, desarrollando en forma coordinada una experiencia piloto
por Provincia, comprensiva de las distintas realidades urbanas, suburbanas y
rurales.-
Inc.4 La revalorización de las
identidades locales y regionales, incorporando la tecnología como instrumento
para realzar y apreciar las diferencias socio-culturales.-
Inc.5 La implementación del
plan priorizando las fases del mismo a partir de su instrumentación periferia-
centro, tomando en cuenta criterios de distancia y accesibilidad, definiendo un
indicador de complejidad según las tecnologías de conectividad disponibles y
sus costos.
Inc.6 La incorporación de un
enfoque multidisciplinario e integral, articulando los distintos esfuerzos que se
realizan a nivel Nacional y de las distintas Provincias.-
Inc.7 La integración de redes
(físicas y humanas) para promover las existentes y completar las
faltantes.
Inc.8 La provisión permanente
de contenidos, facilitando la generación de material con intervención de los
grupos de educadores complementados y asesorados por especialistas.
Inc.9 El funcionamiento en
cada Jurisdicción Provincial de ámbitos conjuntos de soporte o mesas de
ayuda, disponibles para brindar soluciones a las Escuelas, durante la
implementación y funcionamiento del plan.-
TITULO III
Autoridad de Aplicación y
Financiamiento
Artículo 5°: El plan
será coordinado, instrumentado y financiado integralmente por
el Estado Nacional y se aplicará por fases, con una duración de cuatro (4)
años, a contar desde la promulgación de la presente. Su desarrollo deberá
progresar anualmente a través de los resultados y evaluaciones de las
experiencias piloto actualmente en ejecución y de las que se instrumenten en
el futuro, a razón de una por Provincia, conforme las determinaciones de la
presente ley, hasta alcanzar la cobertura universal propuesta.-
Artículo 6°: El Ministerio
de Educación conjuntamente con el Consejo Federal de Educación,
serán autoridad de aplicación de la presente Ley. Podrá requerir la
colaboración del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva y
otros organismos afines.-
Artículo 7º: Conforme lo
establecido en el artículo 101 de la ley 26206, Educ.ar Sociedad del Estado
será el organismo responsable dentro del Ministerio de Educación en lo
concerniente a la incorporación de contenidos al portal educativo de dicho
Ministerio, tendientes a coordinar y facilitar la instrumentación del presente
plan socioeducativo.-
Artículo 8°: El Estado
Nacional, a través de la autoridad de aplicación, suscribirá
convenios con cada Jurisdicción Provincial tendientes a la instrumentación del
plan y con el fin de compatibilizar los criterios pedagógicos, de planificación
y control de cada sistema Educativo.-
Artículo 9°: El Estado
Nacional, a través de la autoridad de aplicación reconocerá a cada
Jurisdicción Provincial, las inversiones que hubiera realizado en la
instrumentación de planes como el previsto en la presente ley, con la
condición de que los fondos se reinviertan en la expansión y afianzamiento del
mismo. Por vía reglamentaria se determinará los mecanismos destinados a
valorizar las inversiones realizadas en cada jurisdicción.-
Artículo 10°: La Autoridad
de Aplicación articulará en el seno del Estado, el funcionamiento de un
espacio interministerial, interinstitucional y multidisciplinario, donde deberán
converger las distintas áreas del Estado con competencias pedagógicas, de
desarrollo e innovación tecnológica, infraestructura y comunicaciones. Del
mismo podrán formar parte además las Universidades Nacionales y los
Institutos y Organismos Científicos dependientes del MINCyT.
Artículo 11°: El espacio
creado en el artículo anterior, tendrá por funciones:
a) La evaluación y estudio de
las distintas tecnologías disponibles y su accesibilidad.-
b) Promover el desarrollo de
prototipos de bajo costo y la posibilidad de su fabricación en el mercado
local.-
c) Evaluar y asesorar a la
Autoridad de Aplicación en el desarrollo e implementación de las distintas
tecnologías para la extensión de la conectividad de Internet.-
d) Proponer criterios de
utilización, resguardo y control de las computadoras que se entreguen
mediante el presente plan.-
e) Asesorar sobre los distintos
dispositivos complementarios para obtener conectividad a la red.-
f) Proponer los contenidos
tecnológicos para la elaboración de los pliegos licitatorios.-
TITULO IV
Experiencias Piloto
Artículo 12°: A los efectos
de instrumentar las experiencias pilotos, el plan deberá comenzar a
ejecutarse como mínimo en una ciudad de cada Estado Provincial, cuya
cantidad de habitantes no supere como máximo las veinte mil personas, con el
fin de una adecuada valoración del impacto social en los distintos ámbitos
urbanos, suburbanos y rurales.- Para su elección se podrá utilizar el Indicador
de Complejidad que se defina según el Inc5 del Art 4to, con el objeto de
unificar criterios en dicha etapa piloto.-
TITULO V
Control y seguimiento
Artículo 13°: Confórmese
la Comisión Bicameral de Seguimiento del Plan Nacional instrumentado
en la presente ley, que estará integrado por cuatro (4) representantes de la
Honorable Cámara de Diputados de la Nación y cuatro (4) representantes del
Honorable Senado de la Nación. Se invitará a formar parte de la misma a
cuatro (4) representantes del Poder Ejecutivo Nacional y cuatro (4)
representantes de las Universidades Nacionales. Tendrá por funciones el
seguimiento e impulso del plan en sus distintas fases, el cumplimiento de los
plazos establecidos en la presente ley y la colaboración en la coordinación con
las diversas jurisdicciones provinciales. De sus deliberaciones podrán tomar
parte las cámaras empresariales que nuclean a los proveedores de tecnología y
las ONG´s que impulsan o promueven la alfabetización digital.-
Artículo 14°: La autoridad
de aplicación, convocará al sector empresarial, proveedores de
tecnología, prestadores de servicios, de infraestructura y comunicaciones, a
participar del presente plan. Las contribuciones y aportes que realicen serán
deducibles de la base imponible para el pago del impuesto a las ganancias ley
20.628, texto ordenado por decreto 649/97 y sus modificatorias, conforme lo
determine la reglamentación de la presente.-
Artículo 15°: De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
"Asistimos a
una hora de grandes reparaciones y de renovación de todos los valores. Es
necesario satisfacer, abordando este problema, uno de los más palpitantes
anhelos nacionales". Las palabras de Hipólito Yrigoyen en vísperas de la
Reforma Universitaria, lejos de haberse convertido en un recuerdo arcaico,
introducen la imperativa necesidad de nuestro país, aun en estos días, de dar
un paso adelante en la innovación que contribuye al sistema educativo.
Son diversos y complejos los
desafíos que deben atender las políticas educativas en el país, después del
fracaso de 13 años de implementación de la Ley Federal de Educación, la
derogada Ley 24195, que produjo la desestructuración del sistema educativo
en una tendencia común de profundización de desigualdades, convirtiendo a
la institución educativa en un foco de reproducción de nuevas formas de
exclusión.
Sin embargo, se debe reconocer
que se ha avanzado recuperando un rol nacional para la definición común de
las políticas generales sobre educación y la determinación de pisos de
financiamiento para acompañar estos nuevos procesos de transformación del
sistema educativo en todo el país, que aunque aún no son suficientes para
enfrentar tanta desigualdad y recuperar la centralidad de la escuela como la
principal institución de aprender y enseñar, existe un reconocimiento general
de la urgencia de focalizar políticas destinadas a recuperar el sistema
educativo del país. La Ley de Educación Nacional aprobada en el 2006, es un
paso hacia la organización institucional de un sistema articulado y
democrático de las políticas educativas, con una profusa definición de fines y
objetivos, y que establece los principios básicos desde donde se definirán las
políticas de educación, los principios de libertades, respetos a la diversidad,
respeto a los derechos, los valores éticos y
la diversidad cultural, es
entonces un marco para definir una Educación que entre sus objetivos se
propone la formación de ciudadanía .
La riqueza de objetivos
educativos necesariamente hoy se amplían en un abanico que se debe proponer
metas de formación de sujetos plenos de libertades, derechos y obligaciones y
con actitudes de involucramiento en defensa de justicia, de cuidado del
patrimonio cultural, social y ambiental, con competencias para el desarrollo
económico, productivo, político e institucional. La dimensión central del
conocimiento y la revolución tecnológica en desarrollo, genera la necesidad de
multiplicar estrategias de incorporación de las tecnologías de la información y
el conocimiento (TIC) en los procesos de enseñanza aprendizaje desde los
primeros niveles de educación. El nuevo paradigma civilizatorio nos demanda
integralidad en la formación y las nuevas tecnologías han transformado el
acceso al conocimiento y dan relevancia del acceso a la información,
convertida en uno de los pilares para la profundización de sociedades más
democráticas. La necesidad de alfabetizar en las nuevas tecnologías pone al
sistema educativo inicial básico en el desafío de incorporar, adaptar sus
formas pedagógicas y reestructurar los procesos de formación, para que estas
nuevas tecnologías contribuyan a la formación de sujetos proactivos en su
formación de aprender a aprender, condición necesaria para un medio cuya
principal característica es el cambio. El objetivo de construir un ámbito
adecuado en que pueda desarrollarse los procesos educativos en los que
puedan revalorizarse la ciencia y la tecnología sin perder los principales
objetivos de una educación mas humanizante.-
En el reconocimiento de la
importancia que tiene la educación en las nuevas tecnologías, la Ley 26206,
Ley de Educación Nacional, en su artículo 11, inc. m) estableció como uno de
sus fines y objetivos, "Desarrollar las competencias necesarias para el manejo
de los nuevos lenguajes producidos por las tecnologías de la información y la
comunicación". Así mismo en su Título VII "Educación, Nuevas Tecnologías
y Medios de Comunicación", fija en su artículo 100 que el Poder Ejecutivo
Nacional, a través de su Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, fijará
la política y desarrollará opciones educativas basadas en el uso de tecnologías
de la información y de la comunicación y de los medios masivos de
comunicación..." por lo que se considera que este proyecto de Ley facilita
nuevos marcos institucionales que complementan estos objetivos con la meta
de enriquecer, en el mismo sentido que establece dicha ley, las políticas
educativas tal que fortalezcan la incorporación de las nuevas tecnologías en
los procesos educativos.
Se han avanzado en algunas
experiencias importantes pero aún no se han difundido en la etapa de la
Educación Básica en todo el país. La complejidad de estos procesos requiere
capacitación, participación y transformaciones pedagógicas muy importantes y
necesitan de docentes con posibilidades de involucrarse y ser actores centrales
de dicha transformación, pero deben tener los apoyos y acompañamientos
necesarios para que estas políticas no se conviertan en una carga más a una
tarea extremadamente superada. Las escuelas, especialmente en las ciudades
mayores, desde hace algunos años han incorporado la instalación de aulas
donde disponen equipos de computación, esta incorporación tecnológica en
muchos casos no ha logrado transformar los procesos pedagógicos y no han
tenido el impacto esperado; diversos estudios realizados reconocen que una de
las causas que explican las resistencias a dicha transformación es que la
apropiación de esta nueva tecnología requiere contar con una disponibilidad
amplia de una tecnología que quienes la tienen la incorporan en su actividad
permanente, estas experiencias además no partían de políticas educativas
precisas sino de impulsos de la propia comunidad educativa que a través de
sus cooperadoras hacían el esfuerzo de adquirir dichos equipos. La necesidad
de una transformación institucional en este sentido debe ser parte de las metas
educativas para principalmente formar en la igualdad de oportunidades a todos
los niños y niñas del país
independientemente donde vivan, pero iniciando la experiencia en los lugares
más desfavorables donde los esfuerzos gubernamentales tienen que estar
puestos en la inclusión de estas comunidades al acceso a dichas tecnologías.
Este proyecto parte de reconocer las experiencias que en la materia se están
desarrollando de las que se deberán evaluar sus resultados y ser parte de la
experiencia que permita ajustar las nuevas estrategias, pero promueve
simultáneamente, el inicio de experiencias piloto en los niveles iniciales, como
una estrategia de cobertura tecnológica gradual especialmente apuntada en una
primera etapa a las poblaciones mas reducidas y con menos posibilidades de
conexión e integración tecnológica.
La incorporación de las TIC han
generado a los países de la región expectativas de convertirse en
oportunidades de superar deficiencias estructurales en el sistema educativo, y
las experiencias muestran que no es fácil y que se requiere una serie de
políticas complementarias que acompañen este proceso, sin embargo la
complejidad de dicha transformación para formar a los niños como ciudadanos
en la sociedad del conocimiento, pone al Estado en la obligación de diseñar
estrategias que cierren la brecha digital al interior de las comunidades y con la
educación en los países desarrollados.
La necesidad de incorporar las
TIC en los sistemas educativos en todos sus niveles pueden fundamentarse a
partir de priorizar la cuestión social, entendiendo que la tecnología genera
riesgos y oportunidades sobre los que se deben diseñar acciones concretas
para que no se convierta definitivamente en una nueva forma de excluir y
profundizar las desigualdades; asimismo, su necesidad de incorporación
puede explicarse desde una perspectiva económico-productivo comprendiendo
que el desarrollo de servicios y la actividad productiva, en cualquiera de sus
aspectos, estará ineludiblemente unida al desarrollo y uso tecnológico, por lo
que el valor del trabajo se diferenciará a partir de contar con estas
competencias. Por último, su necesidad puede evaluarse desde la dimensión
cultural. El acceso a la información y las comunicaciones se han convertido en
instrumentos que posibilitan la conformación de redes sociales, facilitan la
conformación de espacios que posibilitan compartir vivencias en una sociedad
que se caracteriza por la deslocalización cada vez mas frecuente, las nuevas
corrientes migratorias y la revalorización de las identidades culturales. Todas
las perspectivas son válidas aunque no deben tomarse en forma fragmentada,
ya que de ello depende el tipo de estrategia que se implemente en función de
objetivos diferentes. En este sentido la Ley 26 206 establece con claridad y
amplitud los fines y objetivos de dichas políticas educativas a los que la
incorporación de las TIC, deberán coadyuvar.
La Argentina tiene 3.579.528
alumnos de escuelas primaras estatales que en el 2007 cursaron el EGB 1 y 2.
Distribuidos a lo largo y ancho de nuestro país, cada uno de ellos necesita ser
preparado para poder desarrollar su vida con plenitud en la sociedad de las
próximas décadas.
Es legítimo pensar en término de
prioridades y cierto es que la Educación argentina dista mucho de tener
resuelto aspectos centrales como, el salario docente, la infraestructura escolar
con capacidad adecuadas, que aún son una realidad las escuelas rancho o las
que carecen de cuestiones tan elementales como su conexión a la energía
eléctrica. Sin embargo creemos que el esfuerzo debe realizarse en todos los
frentes y al unísono, ya que no es válido resignarse y resignar a generaciones
enteras, sobretodo de los sectores mas pobres a una brecha digital
inalcanzable, que continuará profundizando el perfil de desigualdad y fractura
social en que hoy nos encontramos.-
Considerando la importancia de
tomar acciones en pos del avance informático de las generaciones venideras,
este Proyecto de Ley busca impulsar el otorgamiento de una laptop a cada
alumno de escuelas primarias estatales en todo el país. A través de un plan por
etapas que se origina en la periferia y se extiende hacia el centro, considerando
las ventajas de un gradualismo fiscal, este proyecto tiene también como fin
reducir la deserción escolar que en las últimas décadas ha marcado el deterioro
de la educación en la Argentina.
Iniciativas como la presentada
por el diputado Iglesias con el programa "Una compu - Un chico" o la
experiencia de la provincia de San Luis sientan un precedente motivador para
dar lugar a un proyecto integrador, completo, técnicamente sustentable y
viable que culmine en la modernización de los procesos educativos y la
incorporación de más de tres millones de niños al mundo de la Internet.
El presente proyecto intenta de
alguna manera capitalizar las experiencias y las múltiples iniciativas
desarrolladas hasta el presente, coordinando y articulando los esfuerzos
dispersos para lograr un plan nacional capaz de acreditar avances hasta su
universalización. En este sentido no dejamos de reconocer diversas iniciativas
del Gobierno, que se trasuntan en otras tantas experiencias piloto en diversas
escuelas del País, como el importante esfuerzo que lleva adelante el INET,
destinado a otorgar 250000 computadoras portables a los alumnos de la
educación técnica, en el marco de la Campaña de Alfabetización Digital.
Es importante recalcar la
magnitud del aporte marginal que implica proveer de una laptop propia a un
alumno de escuela primaria. Más allá de la mejora sustancial que esta
herramienta puede significar dentro del ámbito escolar, poseer una
computadora propia y disponer de ella plenamente implica ser dueño, al
mismo tiempo, de una fuente de conocimiento incalculable. Lograr que un
niño alcance sus doce años de edad estando plenamente familiarizado con este
tipo de tecnología implica un beneficio que lejos de limitarse a su esfera
personal, se extiende al entorno que lo rodea y promueve la prosperidad de la
sociedad en su conjunto.
La capacitación al personal
docente así como también la descentralización de los procesos de decisión en
las respectivas provincias permiten adaptar el programa a las características y
necesidades de cada región específica. Es necesario no recargar al docente de
mas obligaciones por lo cual es necesario que funcionen las llamadas mesas de
ayuda, espacios desde el Estado destinados a implementar y afianzar el plan.-
El Uruguay, que en octubre de
2009 entregó su laptop número 369.727 concluyendo el denominado Plan
Ceibal y garantizando la cobertura completa de este avance tecnológico, es
posiblemente la experiencia más clara y cercana de un proyecto
semejante.
Los casos citados, apoyados en
los pilares de un avance educativo, la modernización y la inclusión social
sientan las firmes bases para hacer de este proyecto una oportunidad histórica
que posicione a la Argentina en la vanguardia del conocimiento digital, fuente
primordial del desarrollo en el siglo XXI.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO | TUCUMAN | UCR |
AGUAD, OSCAR RAUL | CORDOBA | UCR |
FORTE, ULISES UMBERTO JOSE | LA PAMPA | UCR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
RIOBOO, SANDRA ADRIANA | BUENOS AIRES | UCR |
COSTA, EDUARDO RAUL | SANTA CRUZ | UCR |
ORSOLINI, PABLO EDUARDO | CHACO | UCR |
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
BENEDETTI, ATILIO FRANCISCO SALVADOR | ENTRE RIOS | UCR |
CUSINATO, GUSTAVO | ENTRE RIOS | UCR |
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
ALVAREZ, ELSA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
COMUNICACIONES E INFORMATICA |
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |