PROYECTO DE TP
Expediente 6142-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE OPTIMIZACION DE LA TRANSITABILIDAD DE LAS REDES DE CAMINOS PROVINCIALES Y LAS RAZONES POR LAS QUE LA PROVINCIA DE CORDOBA NO FUE INCLUIDA COMO BENEFICIARIA DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO VIAL REGIONAL.
Fecha: 11/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 99
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo, que por
medio del Sr. Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios Arq.
Julio De Vido, que proceda a informar:
1) ¿Cuáles son los criterios para
evaluar qué Provincias de la República Argentina necesitan optimizar la
transitabilidad de las redes de caminos provinciales, a través de la mejora,
construcción y pavimentación de diversas rutas, apoyando de esta forma el
desarrollo turístico local y una mayor integración productiva entre las diferentes
regiones del país?
2) Desde 2011 a la fecha de
presentación del presente pedido de informes, la Provincia de Córdoba no ha sido
incluida como beneficiaria en ninguno de los tres Programas de Desarrollo Vial
Regional. Fundamente las razones.
3) ¿Se encuentra contemplada
la inclusión de la Provincia de Córdoba como beneficiaria de un próximo Programa
de Desarrollo Vial Regional?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Motiva el pedido de informe de quien
suscribe, como Diputado de la Nación por la Provincia de Córdoba, el compromiso
asumido en la defensa del Federalismo en nuestro país.
Con fecha 24 de julio de 2014, el Poder
Ejecutivo Nacional publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina el
Decreto 1145/2014, por el cual aprueba el Modelo de Contrato de Préstamo CAF a
celebrarse entre la República Argentina y la Corporación Andina de Fomento
(CAF), por un monto de hasta Dólares Estadounidenses Noventa Millones (U$S
90.000.000), cuyo plazo es de quince (15) años, con un período de Gracia de
cuatro (4) años, destinado a financiar parcialmente el "Programa de Desarrollo Vial
Regional III".
El mencionado Decreto designa al Sr.
Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a través de la
Unidad de coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo,
como "Organismo Ejecutor" del "Programa de Desarrollo Vial Regional III", por el
cual queda facultado para realizar todas las operaciones necesarias para la
ejecución del mismo, siendo dicho Programa diseñado por el Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios con el objetivo de apoyar
inversiones en mejoras, ampliaciones y rehabilitaciones de rutas Provinciales,
dinamizar e integrar las actividades productivas del país, contribuyendo así a una
mayor competitividad de las economías provinciales y regionales.
Este Decreto faculta al Sr. Ministro de
Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo
designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la República
Argentina, modificaciones al contrato de préstamo CAF - cuyo modelo se aprueba
por el Artículo 1º del citado Decreto, siempre que las mismas no constituyan
cambios sustanciales al objeto, ni al destino de los fondos, y no deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral
pactado.
Asimismo, el objetivo de dicho contrato
consiste en financiar parcialmente el "Programa de Desarrollo Vial Regional III", a
los fines de incrementar y optimizar la transitabilidad de las redes de caminos
provinciales de Argentina, a través de la mejora, construcción y pavimentación de
rutas provinciales de Argentina, apoyando de esta forma el desarrollo turístico
local y una mayor integración productiva entre las diferentes regiones del país;
siendo destinatarias del mismo las Provincias Santiago del Estero y Jujuy, con las
modalidades, tramos y demás detalles a los que me remito al texto del Decreto
1145/2014 de fecha 24/07/2014 publicado por el B.O.
Los antecedentes del "Programa de
Desarrollo Vial III", son:
1) El "Programa de Desarrollo
Vial" (Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 273/2011, publicado el 17/03/2011
en el Boletín Oficial - aprobado por la CAF con fecha 18 de marzo de 2011, por un
monto total de Dólares Estadounidenses Ciento Cuarenta Millones (U$S
140.000.000), siendo destinatarias provincias de la región Nor-Este de la
Argentina).
2) El "Programa de Desarrollo
Vial II" (Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 2220/2012, publicado el
23/11/2012 en el Boletín Oficial - aprobado por la CAF con fecha 18/12/2012, por
un monto total de Dólares Estadounidenses Doscientos Cincuenta Millones (U$S
250.000.000), siendo destinatarias las Provincias de Formosa y Santiago del
Estero.
En la convicción de que el futuro de
nuestro país se encuentra en el desarrollo de las economías regionales, y en
consecuencia la mejora de la calidad de vida de la gente, la creación y el cuidado
de las fuentes de trabajo, es que debemos fortalecer el presente, y la realización
de obras de infraestructura son esenciales para la finalidad mencionada.
Resulta loable toda medida tendiente a
fomentar el desarrollo de las economías regionales a lo largo y ancho del país, y
es esencial a los fines de que todas las Provincias sean tratadas con igualdad en
las oportunidades, que las reglas y criterios tenidos en cuenta por el Poder
Ejecutivo Nacional - y en este caso puntualmente por el Ministerio de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios en su calidad de organismo ejecutor y
diseñador del Programa- al momento de decidir cuáles son las Provincias y
Regiones destinatarias de los mismos en cuanto a su prioridad, sean claras y
conocidas por todos.
La Provincia de Córdoba también
requiere optimizar la transitabilidad de las redes de caminos provinciales, a través
de la mejora, construcción y pavimentación de diversas rutas, apoyando de esta
forma el desarrollo turístico local y una mayor integración productiva entre las
diferentes regiones del país, destacando que nuestras rutas implican no solo vías
de comunicación regional y nacional, sino también internacional.
Incluso el Gobierno Provincial ha
dispuesto en 2012 una tasa vial en forma de un impuesto al combustible que se
carga en las estaciones del territorio provincial, a los efectos de hacer frente al
mantenimiento y la construcción de rutas provinciales. Ese nuevo impuesto ha
afectado negativamente en los bolsillos de los cordobeses y en el costo Córdoba
que los empresarios deben tener en cuenta en sus cadenas de fabricación,
distribución y comercialización de productos y servicios. Pese a la existencia de
esta tasa vial, y al constante aumento de peajes en rutas provinciales, muchas
rutas cordobesas aún presentan serios problemas de mantenimiento y reparación.
A través de este pedido de informes,
planteo un verdadero federalismo de concertación y diálogo entre el Gobierno
Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde el
Gobierno Federal cumpla con su misión de asegurar la convergencia de todos al
bien común.
Pero no solo razones de federalismo
me llevan a presentar este proyecto, repare usted Señor Presidente en el hecho
de que Córdoba es una provincia que ocupa un lugar central en el mapa
productivo y de rutas del país, incluso en el trazado de caminos interoceánicos.
Ello obliga a pensar en la importancia estrategia para todo el país de contar con
rutas ágiles y en buen estado.
Por ello solicito a mis pares que
acompañen con su voto afirmativo esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BALDASSI, HECTOR W. | CORDOBA | UNION PRO |
GONZALEZ, GLADYS ESTHER | BUENOS AIRES | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 133 (2015), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |