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PROYECTO DE TP


Expediente 6134-D-2008
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO, LEY 20744 (TO 1976): MODIFICACION DEL ARTICULO 111, SOBRE VERIFICACION Y CONTROL DEL TRABAJADOR DE LOS PORCENTAJES DE LAS VENTAS Y DEMAS UTILIDADES.
Fecha: 31/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 154
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º- Modifícase el artículo 111 de la ley 20.744 (t.o. 1976) -Ley de Contrato de Trabajo- y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 111- Verificación y control - En los casos de comisiones individuales, colectivas, porcentajes sobre ventas, o si se hubiere pactado una participación en las utilidades, se garantizará al trabajador o a quien lo represente, el libre acceso a los libros y demás documentación a fin de efectuar las comprobaciones y ejercer los controles pertinentes de las ventas y de las utilidades que resulten, pudiendo designar éstos un representante de control por intermedio de sus organizaciones sindicales.
Estas medidas también serán ordenadas, a petición de parte, por los órganos jurisdiccionales competentes mediante la designación de veedor, con la sola facultad de comprobar entradas y gastos, dando cuenta al juez de toda irregularidad que advierta en la administración, e informando el resultado de su gestión. No será menester la existencia de juicio para la adopción de tales medidas"
Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Mediante el presente proyecto de ley se propone la modificación del art. 111 de la Ley de Contrato de Trabajo, la cual procura otorgar un mayor poder de contralor a los trabajadores respecto de las remuneraciones que les son abonadas por sus empleadores.
En este sentido no puede soslayarse que el pago de los salarios, en contraprestación por la puesta en disposición de la fuerza de trabajo de sus dependientes, es una obligación patronal de vital importancia, máxime considerando el carácter alimentario del salario.
Consecuentemente, resulta trascendental que el trabajador tenga todas las herramientas posibles para el efectivo y exhaustivo control del pago de sus haberes.
En la misma inteligencia, señalo que en el mundo de la relaciones laborales es un situación (cada vez más) repetida la imposibilidad del trabajador de comprender, y por ende controlar, las sumas que se abonan como remuneración accesoria.
Actualmente, el art. 111 de la Ley de Contrato de Trabajo faculta al trabajador a inspeccionar la documentación donde conste las operaciones concertadas o sus utilidades. Sin perjuicio de ello, debido a la desigualdad intrínseca que existe en las relaciones de trabajo, tal derecho pocas veces puede ser ejercido.
A fin de solucionar este situación, es que se introduce la reforma propuesta, que por un lado otorga al trabajador la posibilidad de delegar la inspección a un representante de la asociación sindical que lo represente, opción que materializa la posibilidad concreta de realizar el control referido.
Por otra parte, reforzando la posibilidad de contralor obrera, la nueva norma obliga a los jueces a ordenar la designación de un veedor con el objeto de efectuar la inspección que corresponda al caso.
Mediante las dos opciones de control enunciadas en el texto la reforma legislativa propuesta, se permite al trabajador hacer efectivo el goce de un derecho, que en la actualidad posee, pero, en la mayoría de las oportunidades se ve imposibilitado de ejercerlo.
Por los motivos aquí expuestos, solicito a mis colegas legisladores que apoyen con su voto este proyecto de ley y requerir su pronta respuesta.Foro
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RECALDE, HECTOR PEDRO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GULLO, JUAN CARLOS DANTE CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SALIM, JUAN ARTURO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MASSEI, OSCAR NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BIANCO, LIA FABIOLA MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SYLVESTRE BEGNIS, JUAN HECTOR SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HERRERA, GRISELDA NOEMI LA RIOJA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ARGÜELLO, OCTAVIO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GONZALEZ, JUAN DANTE MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PEREYRA, GUILLERMO ANTONIO MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)