PROYECTO DE TP
Expediente 6117-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CONTRATO PARA LA ADQUISICION DE MATERIAL FERROVIARIO A LA FIRMA "CSR QINGDAO SIFANG CO. LTD.,DISPUESTA POR LA DECISION ADMINISTRATIVA 584/2008 Y APROBADO POR EL DECRETO 1023/2001.
Fecha: 02/09/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 123
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a
través del organismo que corresponda, informe y en caso de corresponder remita copia
sobre los siguientes puntos:
1) Los motivos por los cuales el contrato
suscripto el 23 de mayo de 2013 entre el MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE y CSR QINGDAO SIFANG CO., LTD., empresa estatal de la
REPÚBLICA POPULAR CHINA, cuyo objeto era el suministro de equipamiento
ferroviario, repuestos, herramientas, documentación técnica, servicio técnico y
capacitación técnica, que fuera aprobado mediante Decisión Administrativa 584/2008
fechada el 15/08/2013, no se instrumentó mediante los procedimientos de selección
establecidos en el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado
por el Decreto 1023/2001 (Artículos 24 y 25).
2) Cuál fue el modo de selección de la
empresa con la que se llevó a cabo el contrato y los fundamentos que dieron lugar a la
contratación. Remita copia del expediente.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con fecha 20 de agosto de 2013 se publicó
en el Boletín Oficial de la República Argentina la Decisión Administrativa 584/2013 de la
Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante la cual se aprobó el contrato suscripto el
23 de mayo de 2013 entre el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y CSR
QINGDAO SIFANG CO., LTD., empresa estatal de la REPUBLICA POPULAR CHINA,
que tuvo por objeto el suministro de equipamiento ferroviario, repuestos, herramientas,
documentación técnica, servicio técnico y capacitación técnica.
Tal como lo establece el artículo 24 del
Decreto 1023/2001 es regla general, y requisito de validez de un contrato
administrativo, que la selección del co-contratante para la ejecución de los mismos
debe hacerse mediante licitación pública o concurso público, según corresponda
(véase artículos 4 y 25 de la norma precitada).
Asimismo, esta regla va de la mano del
principio supranacional de publicidad que exige el Art. III de la Convención
Interamericana contra la Corrupción, principio que requiere para su plena concreción,
publicación de la publicidad, del llamado, de la adjudicación y de su monto.
Por otro lado, el principio de publicidad de
los actos de gobierno que conlleva el procedimiento licitatorio resultan imperativos
constitucionales inherentes a la forma de gobierno republicana, al principio de
soberanía del pueblo y derechos de información.
El contrato celebrado entre el MINISTERIO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y CSR QINGDAO SIFANG CO., LTD., empresa
estatal de la REPUBLICA POPULAR CHINA, que fuera aprobado mediante Decisión
Administrativa 584/2013, tanto por su objeto como por los sujetos participantes, es un
tipo de contrato que debería estar comprendido en el Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional (Art. 4, Inc. a).
Pese a ello, la ejecución de dicho contrato,
que implicó la suma de USD 354.300.000, no quedó comprendida dentro las
disposiciones contenidas en el Régimen de Contrataciones de la Administración
Nacional aprobado por el decreto 1023/2001.
Por la envergadura de los principios que
fueron violentados al ejecutarse el contrato en cuestión por fuera de lo dispuesto en el
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, es que solicitamos se
explique e informe por qué la ejecución del mismo no se realizó mediante los
procedimientos de selección fijados por el artículo 25 del Decreto 1023/2001.
Por los motivos expuestos, les solicito a mis
colegas que me acompañen con su firma.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
FIAD, MARIO RAYMUNDO | JUJUY | UCR |
BRIZUELA Y DORIA DE CARA, OLGA INES | LA RIOJA | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE | SALTA | UDESO SALTA |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |