PROYECTO DE TP
Expediente 6083-D-2006
Sumario: INCORPORACION DEL TRATAMIENTOS CONTRA LA OBESIDAD EN OBRAS SOCIALES Y EMPRESAS DE MEDICINA PREPAGA, COMO PRESTACION MEDICA OBLIGATORIA.
Fecha: 12/10/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 151
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1° - - Todas las
obras sociales y asociaciones de obras sociales, del sistema nacional, incluidas en
la ley 23.660, recipiendarias del fondo de redistribución de la ley 23.661 y las
empresas o entidades que presten servicios de medicina prepaga, deberán
incorporar, como prestación médica obligatoria, la cobertura de los tratamientos de
la obesidad, desde un abordaje integral que abarque aspectos clínicos,
nutricionales psicológicos, quirúrgicos, farmacológicos y otras prácticas que
pudieran corresponder, así como los insumos requeridos para los mismos.
Artículo 2° - - El Ministerio
de Salud de la Nación, a través de las áreas que disponga, junto con las obras
sociales, asociaciones de obras sociales y empresas o entidades de medicina
prepaga, elaborará los programas destinados a cubrir las contingencias previstas
en el artículo 1° de la presente. Estos deberán ser presentados ante la
Superintendencia de Servicios de Salud para su aprobación y financiación, rigiendo
su obligatoriedad a partir de ella.
La no presentación en tiempo y forma
de los programas previstos generará las sanciones que prevén las leyes 23.660 y
23.661.
Artículo 3° El control del
cumplimiento de los recaudos exigidos en el artículo 1° de la presente se efectuará
por intermedio del Ministerio de Salud de la Nación.
Artículo 4° - La presente ley
deberá ser reglamentada dentro de los sesenta días de su promulgación
Artículo 5° - Comuníquese al
Poder Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Considerando que el
Ministerio de Salud de la Nación había dictado en el año 2000 la Resolución N°
939/00, mediante la cual aprobó el programa medico obligatorio -PMO-, que
debían cubrir todos los agentes del seguro de salud.
En el año 2002 el
Ministerio de Salud de la Nación reemplazó el PMO por el programa médico
obligatorio de emergencia -PMOE-, mediante el dictado de la Resolución N°
201/2002.
La Ley N° 26.077
prorrogó la Emergencia Sanitaria Nacional hasta el 31 de diciembre de 2006, a
excepción de las previsiones referidas al programa medico obligatorio de
emergencia.
La Resolución MS N°
1991/05, el 28 de diciembre de 2005, a través de la cual se aprobó "... como parte
integrante del programa medico obligatorio las previsiones de la Resolución N°
201/02-MS, sus ampliatorias y modificatorias, con más las inclusiones de los
Anexos que conforman el presente acto administrativo..."; es decir, el programa
medico obligatorio de emergencia -aprobado oportunamente por la Res. MS N°
201/02- pasó a ser el programa medico obligatorio definitivo, vigente a partir del
1° de enero de 2006.
La Organización
Mundial de la Salud (OMS) advirtió que en el mundo hay 1.000 millones de
personas con sobrepeso, de las cuales 315 millones son obesos. La prevalencia de
esa patología, según los especialistas de la OMS, está creciendo en países
desarrollados y no desarrollados, tanto en adultos como en niños, debido a los
malos hábitos alimentarios y el sedentarismo.
La Encuesta Nacional
de Factores de Riesgo, realizada en 2005, la prevalencia de sobrepeso en mayores
de 18 años fue del 49,1 por ciento. En tanto, en la Encuesta Nacional sobre
Nutrición y Salud se precisó que el 9,2 por ciento de los chicos (entre 6 meses y 5
años), es decir 375 mil menores, sufren de sobrepeso.
Dos encuestas
realizadas por el Centro de Estudios para la Opinión Pública (CEOP), el grupo de
Asociación de Lucha contra la Obesidad (ALCO) y el Instituto Argentino de
Alimentos y Nutrición (IAAN), dejó saber que, el 93 por ciento de las personas que
padecen sobrepeso sabe que ese exceso puede generar consecuencias indeseadas
en su salud.
Con estas cifras, la
preocupación de los especialistas es la obesidad de los más chicos, ya que corren
altas probabilidades de seguir padeciendo esta enfermedad a lo largo de su vida.
Actualmente en el país
millones de personas sufren sobrepeso siendo así, parte de una epidemia que se
desarrolla a lo largo del mundo y que se intensificó en los últimos años. Lo que la
convierte en epidemia, es justamente que quienes la padecen son más de mil
millones de personas en todo el mundo.
Distintos estudios
epidemiológicos permiten proyectar que hasta un 60% de la población local corre
el riesgo de sufrir sobrepeso u obesidad.
La obesidad aún no
se encuentra reconocida como una enfermedad.
Las enfermedades
cardíacas y la diabetes de tipo 2 vienen de la mano del sobrepeso.
Hay mayor incidencia
de cáncer por sobrepeso. También la dislipidemia y la apnea obstructiva del sueño
son consecuencia de los kilos de más. Y hasta se la relaciona con problemas
cutáneos e infertilidad. Hay dos grandes grupos de obesos: el llamado Androide
que, como factores de riesgo, incluye las enfermedades cardiovasculares, la
hipertensión y la diabetes. Y los llamados Ginoides, que trae aparejado trastornos
circulatorios y articulares.
Las complicaciones
que trae el exceso de peso, como diabetes, hipertensión, afecciones
cardiovasculares y artrosis, son graves y crónicas, y a largo plazo representan un
gasto mucho mayor que si se afrontara un tratamiento para la obesidad
La obesidad es la
segunda causa de muerte prevenible después del tabaquismo.
. Durante la pubertad,
las células adiposas crecen en tamaño y en número. En esa edad se ubica el
patrón de distribución grasa, que adquiere características particulares en función
de las hormonas sexuales. El chico con sobrepeso ya tiene mayor cantidad de
adipocitos, lo que hace que ese patrón de distribución quede alterado
La obesidad está
asociada a otros trastornos, como colesterol alto, hipertensión, enfermedad
cardiovascular, diabetes, asma, y ciertos tipos de cáncer. Pero ya los niños obesos
comienzan a sufrir trastornos: Tienen problemas en la columna, pie plano, dolores
en rodillas o caderas, estrías, problemas en la piel debido a los pliegues. Y la
diabetes tipo 2 empieza a aparecer en la adolescencia. La genética incide sólo en
el 30% de los casos.
Si bien la obesidad
tiene un marcado componente genético, la velocidad de su expansión responde a
cambios en el entorno, hábitos y comportamientos. El abandono de la dieta basada
tradicionalmente en vegetales por el consumo creciente de alimentos procesados
con un alto contenido de grasas y azúcares, mucho más económicos que las
opciones saludables. El progresivo aumento del sedentarismo, de la mano de la
creciente urbanización, las tecnologías de ahorro de esfuerzo, y la revolución en
los transportes y las comunicaciones. Estas transformaciones -entre otras- han
contribuido a un aumento en la población con sobrepeso que, por primera vez,
iguala al número de personas desnutridas.
Es intención de este
proyecto darle un marco regulatorio a la enfermedad donde se obligue a las obras
sociales y medicinas prepagas a brindar los servicios pertinentes.
Por todo lo expuesto es que
solicitamos la aprobación del presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
RIOS, MARIA FABIANA | TIERRA DEL FUEGO | ARI |
GORBACZ, LEONARDO ARIEL | TIERRA DEL FUEGO | ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0444-D-08 |