PROYECTO DE TP
Expediente 6077-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA LA REALIZACION DE UNA CAMPAÑA DE INFORMACION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ANTE LOS CASOS DE IRREGULARIDADES DURANTE EL PROCESO DE ABLACION Y TRASPLANTE DE ORGANOS.
Fecha: 29/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 152
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional, a través del organismo competente, realice una campaña de
Información Masiva que tenga por objeto DAR A CONOCER LOS DERECHOS
QUE TIENEN LAS PERSONAS ANTE LOS CASOS DE IRREGULARIDADES
DURANTE EL PROCESO DE ABLACIÓN y TRANSPLANTE DE ORGANOS.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La donación de órganos permite
salvar seres humanos y mejorar su calidad de vida; es un "Principio Humanitario
Universal". Es un acto que requiere generosidad, solidaridad, valentía y
entereza, tanto si se trata de los órganos propios, como los de un familiar
fallecido.
Actualmente más de 5.000
pacientes se encuentran esperando la posibilidad de recibir un órgano que les
permita seguir viviendo.
La única Autoridad Nacional
Responsable en materia de ablación y trasplante en nuestro país es el Instituto
Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (I.N.C.U.C.A.I.), que
actúa en todo el territorio nacional con un criterio federal y descentralizado en
materia de distribución y procuración de órganos. El I.N.C.U.C.A.I. atiende los
derechos, garantías y obligaciones de todas las personas e instituciones que
participan del proceso de procuración y trasplante de órganos. En este proceso
están comprometidos los donantes (potenciales y efectivos), sus familiares, los
receptores, los equipos médicos y las instituciones autorizadas para el trasplante
de órganos.
La Ley 24.193 (actualizada por las
leyes 25.281 y 26.066) establece los requisitos y previsiones que deben ser
tenidos en cuenta durante el proceso de ablación y transplante, así como las
situaciones que ameritan una sanción, y las sanciones correspondientes en cada
caso.
Durante todo el proceso, son
imprescindibles la responsabilidad y el respeto, hacia el cuerpo del donador y
hacia los familiares que autorizan la donación de los órganos de sus seres
queridos que han fallecido.
Se conocen casos en los cuales los
familiares "comunican informalmente" situaciones de inducción o coacción
vividas durante el proceso de donación de órganos de un familiar directo, pero
desconocen el derecho que les asiste de denunciar dichas irregularidades. El
único medio para que se lleven a acabo las investigaciones pertinentes y se
sancione a los responsables de las infracciones a la ley, es la denuncia ante la
autoridad sanitaria jurisdiccional correspondiente.
En tanto los posibles dadores de
órganos nos sintamos seguros de que nuestra integridad está protegida, menos
reservas tendremos a la hora de decidir si donar o no.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares el acompañamiento de la presente
Firmante | Distrito | Bloque |
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ARETA, MARIA JOSEFA | CORRIENTES | FRENTE DE TODOS |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |