PROYECTO DE TP
Expediente 6072-D-2010
Sumario: CREACION DE LA CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN.
Fecha: 23/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 117
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1º.- Créase la Cámara
Federal de Apelaciones de Neuquén, con asiento en la ciudad de Neuquén, la que
contará con una Sala dividida en tres Secretarías de Cámara: una para atender
asuntos civiles, una para asuntos penales, y una de asuntos tributarios y
previsionales.
ARÍCULO 2º.- Créase el Ministerio
Público que ejercerá sus funciones ante la Cámara Federal de Apelaciones de
Neuquén, con asiento en la ciudad de Neuquén, que se conformará de un
Ministerio Público Fiscal y una Defensoría Pública Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Los cargos de
magistrados, funcionarios y empleados necesarios para el desarrollo de las tareas
de competencia de la Cámara Federal de Apelaciones, del Ministerio Público Fiscal
y de la Defensoría Pública Oficial que se crean por ésta ley se detallan en el Anexo
1 de la presente.
ARTÍCULO 4º.- La Cámara Federal de
Apelaciones de Neuquén será competente para entender en las causas
provenientes de los Juzgados Federales de Primera Instancia con asiento en la
Provincia de Neuquén.
Las causas que se encuentran
actualmente tramitando en la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca,
provenientes de Juzgados Federales con asiento en la Provincia de Neuquén,
continuarán radicadas en dicho tribunal de Apelaciones hasta su finalización.
ARTÍCULO 5°.- Las disposiciones de la
presente ley entrarán en vigor una vez que hayan sido asignadas las partidas
presupuestarias al Poder Judicial de la Nación y al Ministerio Público.
ARTÍULO 6°.- Los magistrados,
funcionarios y empleados que se designen para desempeñarse en la Cámara
Federal de Apelaciones de Neuquén, en el Ministerio Público Fiscal y en la
Defensoría Pública Oficial, con asiento en la Ciudad de Neuquén, tomarán posesión
de sus respectivos cargos en cuanto se de cumplimiento a lo establecido en el
Artículo 5º de la presente ley.
ARTÍCULO 7º.- De Forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El proyecto de ley que se somete a
vuestra consideración tiene por objeto crear una Cámara Federal de Apelaciones
en la ciudad de Neuquén.
Actualmente, los tribunales federales
con asiento en las Provincias de Neuquén y Río Negro, tienen como tribunal de
alzada la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, en la Provincia de Rio
Negro. Desde el inicio de sus funciones se fueron acrecentando los cometidos al
intensificarse la cantidad de sentencias apeladas de los tribunales inferiores.
Ello fue la consecuencia forzada del
incremento de la litigiosidad en virtud del constante desarrollo poblacional,
económico y social de la zona norpatagónica, que resulta de notorio y público
conocimiento.
En el mismo orden, la provincia de
Neuquén, y en particular, la ciudad de Neuquén, vivieron en los últimos años un
crecimiento y evolución progresivos, multiplicándose la población y las actividades
productivas. De igual modo, el Poder Judicial de la Provincia de Neuquén ha
incrementado su trascendencia, y en comparación con la Provincia de Rio Negro,
la importancia relativa del primero es significativamente mayor.
En estos momentos se torna
imprescindible contar en la ciudad de Neuquén con una Cámara Federal de
Apelaciones a los efectos de garantizar un gerenciamiento razonable del sistema
judicial, evitar dilaciones innecesarias de las causas y reducir las dificultades que
implica el traslado de letrados a los fines de presentar escritos ante un Tribunal
que se sitúa en una Provincia diversa, a varios kilómetros de la capital
neuquina.
En este proyecto de ley se propone la
creación de la Cámara Federal de Apelaciones de Neuquén, con asiento en la
capital de la Provincia, compuesta de una única Sala dividida en tres Secretarías,
para atender asuntos civiles, penales, y tributarios y previsionales. Asimismo se
propone la creación del Ministerio Público con asiento en la misma ciudad, a los
efectos de que se desempeñe ante la Cámara de Apelaciones, integrada por un
Ministerio Público Fiscal y una Defensoría Pública Oficial.
También, en el mentado proyecto se
establece que las causas que actualmente se encuentren en trámite por ante la
Cámara Federal de Gral. Roca, continúen su curso hasta su finalización en el
mismo tribunal, y no sean trasladadas a la Cámara Federal que se crea en
Neuquén, con el objeto de evitar perjuicios a los litigantes a causa de dilaciones
procesales.
En virtud de las consideraciones
expuestas, solicito a mis distinguidos colegas que me acompañen en la sanción del
presente proyecto de ley.
ANEXO
A- Para el desempeño de los cometidos de la Cámara Federal de Apelaciones de Neuquén créanse los cargos que se detallan a continuación:
1.-Jueces de Cámara, tres
cargos.
2.-Secretarios, tres cargos.
3.-Prosecretarios, tres cargos.
4.-Oficiales mayores - relatores: seis
cargos.
5.-Escribientes: tres cargos.
6.-Auxiliares administrativos: tres
cargos.
7.-Auxiliar de servicios: tres
cargos.
8.- Personal de Servicio y Maestranza,
dos cargos.
Subtotal: 26 cargos
B- El Ministerio Público Fiscal se
integrará con:
1- Fiscal General: un cargo
2- Secretario de Fiscalía de Cámara:
un cargo
3- Oficial Mayor: un cargo
4- Oficial: un cargo
5- Escribiente: un cargo
6- Auxiliares administrativos: dos
cargos
7- Personal de Servicio y Maestranza,
un cargo.
Subtotal: 8 cargos
C- La Defensoría Pública Oficial estará
integrado por:
1- Defensor Oficial: un cargo
2- Secretario de Defensoría de
Cámara: un cargo
3- Oficial Mayor: un cargo
4- Oficial: un cargo
5- Escribiente: un cargo
6- Auxiliares administrativos: dos
cargos
7- Personal de Servicio y Maestranza,
un cargo.
Subtotal: 8 cargos.
Total: 42 cargos.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PRIETO, HUGO NELSON | NEUQUEN | DE LA CONCERTACION |
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
BRILLO, JOSE RICARDO | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
GUZMAN, OLGA ELIZABETH | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
JUSTICIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |