PROYECTO DE TP
Expediente 6055-D-2013
Sumario: INSTITUIR EL 25 DE FEBRERO DE CADA AÑO COMO "DIA DEL IMPLANTE COCLEAR".
Fecha: 28/08/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120
El Senado y Cámara de Diputados...
"Día del Implante Coclear"
Artículo 1º.- Instituyese el día 25 de
febrero de cada año como "Día del Implante Coclear" con la finalidad de difundir y
concientizar a la población sobre esta técnica que permite restaurar el sentido de
la audición en individuos con hipoacusia y/o sordera.
Artículo 2º.- Invítese a las Provincias
a adherir a las disposiciones de la presente Ley.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Esta nueva iniciativa, es con el fin de
difundir y concientizar a la población sobre esta técnica que permite restaurar el
sentido de la audición en individuos con hipoacusia y/o sordera.
España, ha instaurado el 25 de
febrero como el "Día del Implante Coclear" -por la Federación de Asociaciones De
Implantados Cocleares de España (Federación AICE) el 25 de febrero de 2009-.
Dicha instauración se encuentra avalada por la Federación Europea de Usuarios de
Implantes Cocleares (EURO-CIU) como el "Día Internacional del Implante Coclear".
En Europa, se aprovecha ese día para hacer difusión y manifestar las necesidades
del colectivo de usuarios.
En dicha fecha se conmemora el
aniversario del primer implante monocanal colocado en el mundo, obra de los
doctores franceses A. Djourno y C. Eyries, realizado el 25 de febrero de 1957 en
Francia.
Actualmente, en el mundo, al menos
3,8% de la población tiene hipoacusia (250 millones de personas). En Argentina,
hay al menos 1,5 millones de personas con hipoacusia. Tres de cada mil bebés
nacidos tiene algún grado de pérdida auditiva -uno de ellos es de grado profundo y
uno de grado moderado/severo-. Se ha estimado que corresponde al 18% de las
discapacidades de nuestro país.
Se define hipoacusia como pérdida
parcial y/o total de la capacidad auditiva. Suele aplicarse el término sordera para
denominar a las pérdidas profundas y bilaterales. Existen distintos tipo, grados y
etiologías de pérdida auditiva.
Existen diversos tipos de tratamientos
para las hipoacusias y/o sorderas. Uno de ellos es el implante coclear (IC) que es
un dispositivo tecnológico imprescindible para el tratamiento de determinado tipo
de sordera de la población.
Actualmente, en Argentina, hay más
de 8500 usuarios de implante coclear, la mayoría son niños (un 60%) y muchos de
ellos son implantados bilaterales. La parte interna de los IC se coloca mediante un
proceso quirúrgico y posteriormente se acopla a un procesador externo. En el
mundo hay más de 300.000 personas han podido oír gracias al implante
coclear.
El dispositivo IC es un todo, formado
por una suma de partes: la interna (implantada mediante cirugía) y la externa, que
consta de varios componentes y que -con el paso del tiempo- deben ser
reemplazados con modelos actualizados.
Para comprender el funcionamiento
del IC primero veamos cómo funciona el oído natural:
1. El sonido ingresa al canal auditivo
desplazándose hasta la membrana timpánica.
2. Las ondas sonoras causan una
vibración en la membrana timpánica generando un movimiento en los huesos del
oído medio.
3. Este movimiento se convierte en
impulsos eléctricos por las células ciliadas dentro del oído interno (cóclea).
4. Estos impulsos se envían al
cerebro, donde son percibidos por el oyente como sonido.
En reemplazo el implante coclear
funciona de la siguiente forma:
1. El procesador de sonidos externo
captura los sonidos, los filtra y los procesa.
2. El procesador de sonidos
transforma los sonidos filtrados en datos digitales que se transmiten
posteriormente al implante interno.
3. El implante interno convierte los
datos digitales en señales eléctricas que envía a un diminuto y delicado grupo de
electrodos pre-curvados que reposan suavemente dentro de la cóclea.
4. Las señales eléctricas de los
electrodos estimulan el nervio auditivo, omitiendo las células dañadas que causan
pérdida auditiva, permitiendo al cerebro percibir el sonido (bypass de oído).
En nuestro país pueden ser
candidatos a utilizarlo
Bebés y niños: en Argentina a partir
del año de vida.
Adultos: en cualquier momento de la
vida.
Personas con hándicaps asociados a
la sordera.
Casos de IC bilateral urgente:
Sordera pos-meningitis.
Sordos-ciegos.
Bebés y niños menores de tres años.
Como antecedente del presente
proyecto es conveniente mencionar el 955-D-2011. Por la gran importancia de este
reconocimiento y el gran avance que significaría para las personas que sufren esta
discapacidad y sus familias es que solicito a mis pares la aprobación del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ALVAREZ, ELSA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |
LEGISLACION GENERAL |