PROYECTO DE TP
Expediente 6045-D-2013
Sumario: INTEGRACION DE LA PAMPA A LA REGION PATAGONICA, LEY 23272: MODIFICACION DEL ARTICULO 1, AMPLIANDO EL AREA AL DEPARTAMENTO DE MALARGÜE, PROVINCIA DE MENDOZA.
Fecha: 28/08/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°.- Modifíquese el
artículo 1° de la Ley 23.272, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"ARTICULO 1° -A los efectos de
las leyes, decretos, reglamentaciones, resoluciones y demás disposiciones legales del
orden nacional considerase al departamento de Malargüe junto con las provincias de La
Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas
del Atlántico Sur y el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.
Articulo 2º.- Comuníquese al
Poder Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La modificación que se propone tiene
como principal objetivo incluir al departamento de Malargüe en el concepto amplio de
Patagonia que utiliza la ley 23.272 a fin de que todas las políticas aplicadas a la región
también lo sean a dicho departamento.
Esta propuesta tiene especial impacto en
las relaciones laborales y a la hora de negociar los Convenios Colectivos de Trabajo. En
la actividad petrolera se emplean trabajadores de Malargüe y del norte de Neuquén que
comparten horario y lugar laboral pero difieren en régimen previsional y beneficios en
general. El Decreto 1242/2013, que modifica el impuesto a las ganancias, en su artículo
6 reconoce un beneficio especial a los trabajadores de la zona patagónica en el que no
está incluido el departamento de Malargüe. Es decir que trabajadores de la misma
empresa o pozo van a ganar el mismo sueldo pero van a tener un régimen impositivo
dispar e injusto.
El departamento de Malargüe tiene
características geográficas, sociales, ambientales y económicas similares a toda la
región patagónica descripta en la ley 23.272. Además, comparte con la provincia de
Neuquén las mismas problemáticas económicas y sociales dada su cercanía y el tipo de
actividad económica específica que allí se realiza.
A nivel legislativo, se ha reconocido la
situación planteada: la ley Nº 25.565 en su artículo 75 incluye la región de Malargüe en
el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas por entender que
tiene similares "características y dificultades" que las Provincias del Sur.
Con la actual redacción cada ley, cada
decreto o resolución que se dicte, si no específica la aplicación al departamento de
Malargüe, genera en la región una injusticia y hace más complejas las relaciones en la
zona.
La actividad económica que se realiza en
la región, eminentemente petrolera, traspasa la frontera de Neuquén y es compartida con
el departamento de Malargüe. Con la presente norma se unifica la zona reconociendo el
tipo de actividad y la igualdad de los trabajadores afectados.
La incorporación del departamento de
Malargüe a la Ley 23.272 puede solucionar este y ulteriores problemas de similar
característica.
Firmante | Distrito | Bloque |
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VAQUIE, ENRIQUE ANDRES | MENDOZA | UCR |
ALBARRACIN, JORGE LUIS | MENDOZA | UCR |
JURI, MARIANA | MENDOZA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
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PRESUPUESTO Y HACIENDA |