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PROYECTO DE TP


Expediente 6043-D-2010
Sumario: EXPRESAR ADHESION POR EL "DIA MUNDIAL DEL FOLKLORE", A CELEBRARSE EL 22 DE AGOSTO DE 2010.
Fecha: 20/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 116
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Adherirse el próximo 22 de agosto a la celebración del "Día Mundial del Folklore".

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La palabra "folklor" fue creada por el arqueólogo inglés William John Thoms el 22 de Agosto de 1846 como resultado del estudio sistemático y metódico de las manifestaciones culturales del pueblo. Etimológicamente deriva de "folk" (pueblo, gente, raza) y de "lore" (saber, ciencia) y se designa con ella el "saber popular". Muchos fueron los términos que intentaron reemplazar a la palabra Folklore, todas buscando castellanizar el termino, "saber del pueblo", "demosofía", "tradición", etc., pero ninguno de ellos prosperó. Su consagración oficial se logró en 1878 con la fundación de la Folk- lore Society, la primera Sociedad Folklórica de carácter científico. La fecha coincide, en Argentina, con el nacimiento de Juan Bautista Ambrosetti (1865- 1917), reconocido como el "padre de la ciencia folklórica".
En Argentina se realizó el Primer Congreso Internacional de Folklore en la ciudad de Buenos Aires en 1960 que estuvo presidido por el argentino Augusto Raúl Cortázar, oriundo de Salta considerado el más grande folklorólogo de nuestro país, asistieron representantes de 30 países que instauraron el 22 de agosto como Día del Folklore. El emblema que representa a los folkloristas argentinos - elegido por el Primer Congreso Nacional del Folklore en 1948 - es el árbol, porque el folklore también hunde sus raíces en la tradición, sus ramas representan el pensamiento, el sentido y la imaginación por un lado y la obra de las manos, es decir la creatividad artesanal por el otro. Las escasas hojas representan la juventud primaveral de la ciencia. Las palomas, la unión de lo material con lo espiritual en la amplitud del folklore. El tronco y ramas están envueltas con una banda que dice: Qué y cómo el pueblo piensa, siente, imagina y obra. Este emblema fue ideado por Rafael Jijena Sánchez el ilustre tucumano que fue el fundador y tuvo a su cargo la primera cátedra de Folklore en la Argentina, en el Conservatorio Nacional "Carlos López Buchardo" (1939), quien fundó y fue el primer Director del Museo Folklórico de Tucumán en el año 1943.
En los últimos tiempos se ha discutido mucho sobre cuándo un hecho es folklórico o no. Para precisar este concepto, es necesario que este deba ajustarse a una serie de condiciones, entre las que se destacan dos de primordial importancia:
1) Que haya sido producido por el pueblo en el anonimato, por el aporte colectivo de la gente.
2) Que esté arraigado en el pueblo, sufriendo la prueba del tiempo sin desaparecer en sus intenciones básicas.
Por otra parte también debe cumplir con ser: popular, tradicional, colectivo, funcional, empírico y los rasgos implícitos en los anteriores o que contemplan esta caracterización son: oralidad, anonimato, localización y transvasamiento.
Es importante además, considerar que los hechos y fenómenos tradicionales del pueblo se manifiestan en diversos aspectos tanto materiales (vivienda, vestimenta, comida, instrumentos etc.) y espirituales (música, danza, cuentos, leyendas, creencias, etc.) como también las manifestaciones sociales, religiosas y estéticas.
Por lo precedentemente expuesto solicito a mis pares el acompañamiento con su voto positivo en la sanción del presente Proyecto de Declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GALLARDO, MIRIAM GRACIELA TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CEJAS, JORGE ALBERTO RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DIAZ, SUSANA ELADIA TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
01/09/2010 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones en los términos del articulo 114 del reglamento de la H. Cámara como Proyecto de Resolución
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1097/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 5570-D-2010 y 6043-D-2010 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; BAE 26/2010 13/09/2010
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 29/09/2010 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 5570-D-2010 y 6043-D-2010 APROBADO