PROYECTO DE TP
Expediente 6025-D-2015
Sumario: RATIFICACION DEL CARACTER LAICO DE LA EDUCACION PUBLICA DE GESTION ESTATAL.
Fecha: 20/11/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 157
El Senado y Cámara de Diputados...
PROYECTO DE LEY DE
RATIFICACIÓN DEL CARÁCTER LAICO DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA DE
GESTIÓN ESTATAL
Artículo 1.- El Estado Nacional, las
Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben garantizar la laicidad de la
educación en las escuelas públicas de gestión estatal.
Artículo 2.- La enseñanza religiosa en
escuelas públicas de gestión estatal, solo podrá ser dada de manera optativa, fuera del
horario curricular obligatorio, por los ministros autorizados de los diferentes cultos, a los
niños de su respectiva comunión y con la debida autorización de los padres o tutores.
Artículo 3.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A fines del siglo XIX, cuando
en el Congreso Nacional se debatía la Ley 1420, los sectores más conservadores de la
República presionaron intensamente con el fin de truncar la inclusión en la Ley del
principio de laicidad o neutralidad religiosa de la educación pública (educación común al
decir de la época, por oposición a la educación particular o privada) que, luego de un arduo
debate, finalmente se impuso y es símbolo, desde ese entonces de la educación de nuestro
país. En efecto, el texto del artículo 8 de aquella ley señala que "La enseñanza religiosa -
estipulaba- sólo podrá ser dada en las escuelas públicas por los ministros autorizados de
los diferentes cultos, a los niños de su respectiva comunión y antes o después de las horas
de clase". De este modo, aunque sin incluir el término "laico" o "laicidad", el Estado
Nacional lograba frenar el impulso conservador y definir los lineamientos generales de la
norma, de modo tal que proponga una educación de carácter "universal, gratuito, laico y
obligatorio". Estos principios pasaron a ser un símbolo de la amplitud del ideal educativo
de nuestro país, los cuales aún hoy lo destacan en el plano regional y mundial.
Luego de la aprobación del Digesto Jurídico
en que se deroga la Ley 1420 en su totalidad, y a fin de ratificar el compromiso del Estado
Nacional con el carácter laico de la educación pública, propongo aprobar este proyecto de
Ley haciéndolo explícito, diluyendo de este modo todo intento de instalar la enseñanza
religiosa en las escuelas. Teniendo en cuenta que hay jurisdicciones que ya le abrieron sus
puertas en las leyes provinciales, considero indispensable que el Congreso Nacional asuma
su responsabilidad, garantizando plena libertad de culto y de conciencia a los
ciudadanos.
Coincidiendo con Federico
Mare, en su artículo "Estado laico y civilidad democrática, publicado en Universidad el 28
de agosto de 2014 por Ediciones UNCUYO, se define la "laicidad" como "...principio
ético, jurídico y político de convivencia civil en virtud del cual el Estado, en tributo al
pluralismo democrático, y en aras de garantizar la más plena libertad de conciencia e
igualdad de trato a sus habitantes, ciudadanos y ciudadanas, no impone ni privilegia
ningún credo religioso, ni oficialmente, ni oficiosamente".
La laicidad es patrimonio de la educación
argentina; este proyecto de Ley se propone ratificar y fortalecer dicho carácter. Por todo
ello solicito a mis pares que lo acompañen.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PROYECTO SUR - UNEN |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
RIESTRA, ANTONIO SABINO | SANTA FE | UNIDAD POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
01/11/2016 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
16/11/2016 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
16/11/2016 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0936/2016 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 4126-D-2015, 4409-D-2015, 4466-D-2015, 4540-D-2015 y 6025-D-2015 | CON MODIFICACIONES; CON 1 DISIDENCIA PARCIAL | 18/11/2016 |