PROYECTO DE TP
Expediente 6010-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA ENVIAR COPIA DEL ACUERDO Y/O COMPROMISO FIRMADO EN EL MES DE JUNIO DE 2010 ENTRE EL GOBIERNO NACIONAL Y LOS GOBIERNOS DE DIVERSAS PROVINCIAS PARA EL LLAMADO A LICITACION 2010, EJECUCION DE NUEVOS RAMALES DE DISTRIBUCION DE OBRAS DEL GASODUCTO DEL NEA.
Fecha: 19/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 115
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar a la Secretaría de
Energía de la Nación dependiente del Ministerio de Planificación Federal
Inversión Pública y Servicios, informe acerca de la licenciataria GAS NEA S.A.,
que ha resultado adjudicataria de la Licitación Pública Nacional e
Internacional para el otorgamiento de la licencia de distribución de GAS por
redes, en las Provincias de: ENTRE RIOS, FORMOSA, CORRIENTES,
CHACO y MISIONES mediante Decreto del PEN Nº 558, publicado en el
Boletín Oficial del 26 de Junio del año 1997, sobre los siguientes
puntos:
1. Atento el Decreto de
referencia, indique fecha de inicio de actividades de la Licenciataria
citada.
2. Conforme lo indicado
en el Pliego de Bases y Condiciones y la Oferta de GAS NEA, indique que
Inversiones Iniciales obligatorias (IIO) mínimas bajo cuenta y
riesgo propio debía iniciar y cumplir, y en que plazos (indique en
años), como así también porcentaje acumulado y cantidad de Usuarios
Mínimos Potenciales Comprometidos (UPMC).
3. Se informe según las
Reglas Básicas de Licitación y Distribución (RBLD), si está prevista la
figura de la caducidad, en que porcentaje de incumplimiento se
opera y bajo que términos.
4. Si la Licenciataria
cumplió con las Inversiones iniciales obligatorias que se establecían
en el Contrato de Concesión.
5. En caso afirmativo si
lo ha hecho total o parcialmente y en que fechas.
6. Para el caso en que no
haya cumplido con las obligaciones expresamente pactadas, si se ha
operado la caducidad de la Licencia.
7. En caso
afirmativo, indique que medidas ha tomado el Ente Regulador a cargo
de la Secretaría ante la caducidad efectiva.
8. Para el supuesto en que
la Secretaría de Energía haya considerado que la caducidad no se ha
operado, se solicita indique en base a que criterios arribó a tal
conclusión.
9. Si la Secretaría de
Energía informó al Ministerio de Planificación Federal, Inversiones Públicas y
Servicios la conclusión a la que arribó.
10. En caso afirmativo
informe que medidas adoptó el Ministerio y en caso negativo, informa
las razones por las que la Secretaría de Energía no cumplió con el
informe al Ministerio como autoridad jerárquica superior.
11. Dado los antecedentes
citados, se informe el estado actual de la Licenciataria.
12. Si se concretó o no
la renegociación del contrato con GAS NEA S.A.
13. En caso afirmativo,
indique bajo que criterios, causales en que se basó la misma y si los
mismos son favorables o no para la región destinataria del
servicio.
14. Si la renegociación
fue total o parcial y bajo que régimen.
15. De haberse concretado
la renegociación conforme alguna posible Carta de Entendimiento, manifieste
si se cumplió o no con los términos de dicha Carta.
16. Quienes son los
accionistas y cual es el porcentaje de acciones de los mismos que
integran la Sociedad GAS NEA S. A.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El NEA es la única región de
todo el país injustificadamente postergada respecto de la distribución del Gas
Natural, lo que genera un grave atraso en el desarrollo de su economía con
las nefastas consecuencias que la pobreza acarrea.
Corresponde tener en claro que
la Novena Región actualmente está conformada por las Provincias de
Formosa, Misiones, Chaco, Corrientes y Entre Ríos.
Sin embargo, únicamente la
Provincia de Entre Ríos -y no el resto de las citadas- es la que goza
de este importante beneficio, es justo y lógico permitir a los habitantes
de las provincias restantes a que también sean titulares de igual derecho a
ser usuarios y por tanto beneficiados por el uso de este recurso natural, con
lo que correspondería la creación de una Nueva Región - La Décima- que
comprenda solamente a las cuatro provincias injustificada, ilegal e
inconstitucionalmente marginadas.
Es esta la oportunidad para
reparar parte del daño ocasionado por esta y otras múltiples postergaciones,
permitiendo encontrar la consonancia entre el interés nacional, el derecho de
los usuarios y la igualdad de derechos que también les corresponden por ley
a los habitantes del NEA.
Es deber de las autoridades en
ejercicio velar por el fiel cumplimiento de las normas y la concreta
materialización de un principio de envergadura Constitucional, cual es el de
la Igualdad ante la Ley y concretar de alguna manera el bicentenario anhelo
de las provincias del interior: que se oigan sus reclamos y se plasmen en
hechos reales el ejercicio concreto del derecho de ser usuarios de servicios
públicos como el resto del país como una verdadera vía de plasmar la
democracia.
Por lo anteriormente expuesto
es que solicitamos a este Honorable Cuerpo la urgente aprobación del
presente pedido de informes.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
07/09/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1354/2010 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; CON MODIFICACIONES | 01/10/2010 |