PROYECTO DE TP
Expediente 6007-D-2015
Sumario: ALIMENTOS Y GOLOSINAS APTOS PARA CELIACOS, OBLIGATORIEDAD DE SU COMERCIALIZACION EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS.
Fecha: 18/11/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 156
El Senado y Cámara de Diputados...
OBLIGATORIEDAD DE INCLUIR
ALIMENTOS Y GOLOSINAS APTOS PARA CELIACOS EN ESTABLECIMIENTOS
EDUCATIVOS
Artículo 1º.- La presente ley tiene el
objetivo de asegurar la alimentación necesaria para niños y adolescentes celíacos
en edad escolar por medio de políticas preventivas y de promoción.
Artículo 2°:- Kioscos, máquinas
expendedoras, buffets y comedores de todas las instituciones escolares tanto
públicas como privadas deberán incluir en el expendio, alimentos y golosinas aptos
para celíacos.
Artículo 3°: La Autoridad de
Aplicación de la presente Ley será el Ministerio de Educación de la Nación.
Artículo 4º: La Autoridad de
Aplicación requerirá al Ministerio de Salud de la Nación, la elaboración de un
listado de alimentos, bebidas y golosinas aptas para celíacos.
Artículo 5º.- Serán consideradas
infracciones a esta Ley lo previsto en el art. 13 de la ley 26.588 y sancionados
conforme lo establece el art. 14 de la misma.
Artículo 6°.- Se invita a las provincias
y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente Ley.
Artículo 7°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La celiaquía es la intolerancia total y
permanente a un conjunto de proteínas, denominadas prolaminas, que se
encuentran presentes en el trigo, la avena, la cebada y el centeno. Provoca una
severa lesión en la mucosa del intestino delgado (atrofia vellositaria), ligada a una
consecuente malabsorción de nutrientes importantes para el organismo.
Una vez diagnosticada la enfermedad,
no consiste en tomar medicación, sino en llevar una dieta a base de productos sin
gluten. De esta manera, los celíacos pueden hacer una vida perfectamente normal,
tanto de pequeños como de mayores. A los niños celíacos no hay que
diferenciarlos del resto, son exactamente iguales, sólo que llevan un tipo distinto
de alimentación.
Estudios poblacionales realizados en
Europa, y resultados preliminares en Argentina, indican una incidencia cercana a 1
cada 150 personas.
Los niños celíacos son niños
completamente normales, lo único que los diferencia de los demás es que tiene
intolerancia al gluten. El intestino de estos niños no es capaz de absorber esta
proteína. La absorción ocurre después de la digestión y consiste en pasar las
proteínas a la sangre, pero para ello han de pasar por el intestino
El principal objetivo del presente
proyecto es procurar el abastecimiento por medio de la implementación en los
establecimientos educativos tanto públicos como privados de alimentos libres de
gluten, los mismos que son aptos para personas celíacas.
La ingesta ocasional de gluten no
supone un grave riesgo para la vida de un niño celiaco, pero sí una inadecuada
absorción de los nutrientes de los alimentos para una correcta salud y desarrollo,
con lo cual para los padres de un niño celiaco, el hecho de que éste coma fuera de
casa suponer una preocupación importante.
Lamentablemente son muchos los
comedores escolares que carecen de menús especiales y estas escuelas obligan a
los niños a llevar su comida desde casa. Esto acarrea frustración en el pequeño
que se siente diferente a los demás, complicación a los padres y es en sí una falta
de consideración de la institución.
La dieta alimentaria de un estudiante
celíaco debe ser obtenida en la escuela de la misma manera que la del resto de
sus compañeros, es decir, sin dificultad.. Es un hecho evidente que el aumento del
número de niños celíacos en edad escolar es cada vez más notable. Sin embargo,
dicho incremento no se ha visto correspondido con un mayor compromiso de las
instituciones escolares en pos de implicarse en la problemática.
Es necesario que tanto los kioscos,
como los buffets, las máquinas expendedoras y los comedores instalados en los
colegios, cuenten con la oferta de los alimentos y golosinas específicos para la
alimentación acorde de un menor celíaco, evitando una situación que se acerca a
una discriminación. Esto implicará una mayor integración social si logramos que
también el área educativa pueda responsabilizarse de subsanar las dificultades en
la heterogeneidad de sus integrantes.
Esta iniciativa tiene por objeto lograr
una medida de acción positiva tendiente a garantizar los derechos a la educación y
a la salud integral contemplados en la Constitución Nacional, por lo que solicito a
mis pares acompañen el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
EHCOSOR, MARIA AZUCENA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
EDUCACION |