PROYECTO DE TP
Expediente 6005-D-2015
Sumario: PLACAS INFORMATIVAS EN SISTEMA BRAILLE Y/O GIGANTOGRAFIAS TACTILES EN TODAS LAS PARADAS DE OMNIBUS DEL TERRITORIO NACIONAL. COLOCACION.
Fecha: 18/11/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 156
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1: Dispóngase la
colocación de placas informativas escritas en Sistema lectoescritura Braille y/o
gigantografía táctil en todos los refugios que actúen como paradas de omnibus en
el territorio nacional
ARTICULO 2: El cartel emplazado
deberá instalarse a la altura de 1,30 mts del poste que lo sostiene señalizando el
número y nombre de la línea de colectivos, frecuencia, origen y destino final del
recorrido.
ARTÍCULO 3: El Poder Ejecutivo
Nacional deberá reglamentar la presente ley dentro del plazo máximo de ciento
veinte (120) días desde su entrada en vigencia.
ARTÍCULO 4: Las disposiciones de
esta ley son de orden público y se aplican a todo el territorio nacional.
ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Poder
Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La iniciativa del presente proyecto de
ley viene a cumplir con lo prescripto por la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, previendo la instalación de carteles en sistema braille
y/o gigantografía táctil en las paradas de ómnibus, para evitar que las personas no
videntes se enfrenten a diario con la exclusión y la discriminación. El espíritu del
proyecto es favorecer la orientación de las personas con discapacidad visual
evitando uno de los obstáculos más frecuentes con que se encuentran.
Crear contextos de respeto y
entendimiento para con nuestros semejantes, como se intenta desde la
identificación de espacios públicos a través de placas con Sistema de lectoescritura
Braille o gigantografía táctil, es una condición necesaria para conformar una
sociedad más justa, donde cada individuo con discapacidad visual pueda adquirir
verdadera autonomía, sintiéndose realmente valorado, merecedor del
reconocimiento que debe tener por el solo hecho de ser persona. Poder elegir,
desenvolverse por sus propios medios, realizar sus trámites y efectuar gestiones
sin obstáculos debe volver a ser un derecho, y no solo una garantía, de cada una
de estas personas.
Es deber del Estado el promover la
seguridad y autonomía de las personas discapacitadas, en el desarrollo de sus
actividades cotidianas; resulta indispensable lograr el acceso a la información en
espacios públicos para las mismas.
Desde las primeras etapas de la vida
cualquier niño tiene acceso a todo tipo de escritos, formas y colores. Esta
cotidianeidad de imágenes se encuentra ausente en el ciego; de esta forma, los
diarios, carteles y avisos son inexistentes hasta que alguien más se los comenta y
pone a su alcance. Mediante el uso del sistema Braille en las paradas de transporte
público se fomenta la independencia de los no videntes, quienes ya no se
encontrarían en la obligación de recurrir a otra persona, superando la situación de
amplia desigualdad que la ley zanjaría.
La Constitución Nacional, en su
artículo 75 inciso 23, establece que corresponde al Congreso "legislar y promover
medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de
trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución
y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular
respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con
discapacidad".
La ley n° 26.378 donde se aprueba la
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo
facultativo propone "promover,
proteger y asegurar el goce pleno y
en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades
fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de
su dignidad inherente". Su fin último es garantizar y preservar los derechos de
toda persona con algún tipo de discapacidad, se funda en el reconocimiento de la
dignidad y el valor inherentes al individuo.
Imbuidos de ese espíritu de
fraternidad para con el prójimo, cualquiera fuere su condición, es que proponemos
desde este bloque partidario el presente proyecto, que aspira a ser amplio,
integral, y a promover condiciones de igualdad en la diferencia, y de justicia para
todas las personas disminuidas visuales de nuestro país, que, mención aparte,
conforman un número muy importante en nuestra población.
Motiva nuestra inquietud el hecho de
que actualmente las ciudades y pueblos de la Argentina no se encuentran, en
general, diseñados de forma inclusiva. Grafican esta realidad la existencia de
calzadas irregulares, la escasez de semáforos sonoros, la ausencia, en muchos
casos, de rampas en los cordones cuneta, entre otras muchas cuestiones que
atentan contra un desarrollo sano y una digna calidad de vida de individuos con
discapacidades.
Por lo expuesto, en consonancia con
la necesidad de velar por la igualdad de oportunidades de todos los ciudadanos
argentinos es que solicito a mis pares, me acompañen con su firma en el presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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EHCOSOR, MARIA AZUCENA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |