PROYECTO DE TP
Expediente 5980-D-2009
Sumario: RECONOCIMIENTO COMO DEUDA DEL GOBIERNO NACIONAL CON LAS PROVINCIAS A LOS RECURSOS NO ASIGNADOS A LAS MISMAS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009, ACUMULADOS EN EL FONDO DE APORTES DEL TESORO NACIONAL - LEY 23548 -.
Fecha: 02/12/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 172
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo
lº: Reconócese como deuda del Gobierno Nacional
con las Provincias, a la totalidad de los recursos no
asignados a las mismas al 31de diciembre de 2009
acumuladas en el Fondo de Aportes del Tesoro
Nacional creado por Ley Nº 23.548.
Artículo
2º: A los efectos de determinar el crédito que le
corresponde a cada una de las Provincias, se
utilizarán las proporciones establecidas en los
artículos 3º, inciso c), y 4º de la Ley Nº 23.548,
incluyendo a la Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur conforme a las
disposiciones vigentes.
Artículo
3º: El PEN deberá cancelar antes del 30 de
septiembre de 2010 , por un importe equivalente a
las acreencias que se le reconocen por la presente
ley a cada Provincia, obligaciones de las mismas en
concepto de sus respectivos servicios de
amortización de deudas.
Artículo
4º: En caso de persistir saldo a favor de una
determinada Provincia, una vez aplicado el
mecanismo previsto en el articulo anterior, el PEN lo
deberá cancelar, antes del 31 de diciembre de 2010
Artículo
5º: De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley
23548 dispuso en el artículo 3 inciso d) aplicar de la
masa cooparticipable un UNO POR CIENTO (1%)
para ser destinado a la creación de un "Fondo de
Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias", el que
se destinará a atender situaciones de emergencia y
desequilibrios financieros de los gobiernos
provinciales, tal como se consigna en el articulo 3 y
será previsto presupuestariamente en jurisdicción del
Ministerio del Interior, quien será encargado de su
asignación".Por lo expuesto el propósito del Proyecto
presentado es, en primer lugar reintegrar a los
beneficiarios del Fondo de Aportes del Tesoro
Nacional, creado por Ley Nº 23.548, los recursos
integrados al mismo que no han sido necesarios
aplicar para el cumplimiento de los fines para los que
ha sido creado; de manera armónica con los
objetivos que rigen el accionar del Gobierno Nacional
en materia de coordinación fiscal con las provincias.
En segundo lugar disminuir los recursos destinados a
la integración de dicho fondo, proveniente del
resultado del Impuesto a las Ganancias, artículo 104°
t.o 1997, dada la acumulación de los excedentes de
recursos.
La
evolución de los recursos del fondo en los ultimos
años llega a acumular en la actualidad $
8.500.000.000, generando un excedente financiero
de gran importancia implicando un doble perjuicio
para los provincias argentinas: por un lado se
detraen dichos fondos de la masa cooparticipable,
pero por otro dichos fondos quedan prácticamente
inmovilizados sin distribuirse en su totalidad.
Por todo
ello y teniendo en cuenta el proceso de
centralización en materia de recursos tributarios en
el orden federal, en detrimento de las jurisdicciones
provinciales es que consideramos conveniente la
aprobación del presente proyecto, por parte de los
señores legisladores.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
AGOSTO, WALTER ALFREDO | SANTA FE | SANTA FE FEDERAL |
OBEID, JORGE ALBERTO | SANTA FE | SANTA FE FEDERAL |
DALLA FONTANA, ARIEL RAUL ARMANDO | SANTA FE | SANTA FE FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
08/06/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
18/08/2010 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados Dictamen de Mayoría y Dictamen de Minoría |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0987/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0951-D-2009, 3553-D-2009, 5770-D-2009, 5980-D-2009, 6146-D-2009, 0498-D-2010, 0747-D-2010, 0846-D-2010, 0889-D-2010, 1184-D-2010 y 2982-D-2010 | DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES; DICTAMEN DE MINORIA: CON MODIFICACIONES; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 0516-D-2010 Y 2198-D-2010 | 25/08/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 12/05/2010 |