PROYECTO DE TP
Expediente 5976-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA APLICACION DE LA LEY 26928, DE SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL PARA LAS PERSONAS TRASPLANTADAS.
Fecha: 06/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo para que a través
de los organismos pertinentes, se sirva informar todas las cuestiones relacionadas con la
aplicación de la ley 26.928 SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL PARA LAS PERSONAS
TRASPLANTADAS.
¿Se ha realizado un relevamiento que permita
conocer los motivos por lo que no se ha comenzado con la correcta aplicación de la ley
26 .928 transcurridos los 30 días para su reglamentación tal como lo prevé dicha ley? En
caso negativo, explicar los motivos.
¿Se ha realizado un protocolo a seguir para
las personas trasplantadas a fin de corroborar que continúen recibiendo su tratamiento y
medicamentos gratuitamente debido a la falta de reglamentación de la ley que los
ampara?
Cobertura gratuita del tratamiento y
medicamento:
¿Se ha realizado un relevamiento para
conocer cuánto es el consumo de medicamentos desde el periodo de la entrada en
vigencia de la ley hasta la actualidad por las personas trasplantadas?
¿Se reintegraran los consumos realizados
para los medicamentos? En caso negativo, explique los motivos
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como es de público conocimiento los
legisladores de diversos partidos hace unos días atrás han solicitado al Poder Ejecutivo
través de distintos proyectos, la reglamentación de la ley 26.928 SISTEMA DE
PROTECCION INTEGRAL PARA LAS PERSONAS TRASPLANTADAS.
El objeto de esta ley es crear un régimen de
protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante, inscriptos en el
Registro Nacional de Procuración y Trasplante o se encuentren en lista de espera para
trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina
(SINTRA) y con residencia permanente en el país
Cabe señalar que la iniciativa fue sancionada
el 27 de noviembre del año pasado y establecía 30 días para su reglamentación. Sin
embargo, a pesar de haber sido publicada en el Boletín Oficial el pasado 17 de diciembre,
aún falta la autorización del Ministerio de Salud de la Nación, a cargo de Juan Manzur,
para accionar la cobertura gratuita del tratamiento así como la entrega de los
medicamentos sin costos y su periódica actualización acorde a los avances
tecnológicos.
De esta forma se está dilatando la
reglamentación de los derechos reconocidos, produciendo un perjuicio aun mayor a las
personas trasplantadas que además de padecer una enfermedad, deben soportar que no
se les reconozca sus derechos.
Pero esta situación de vulneración de
derechos es solo una conducta reiterada de la Autoridad de Aplicación ya que con la ley de
diabéticos sucede lo mismo.
Es por las razones aquí expuestas, que,
solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | COMPROMISO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |