PROYECTO DE TP
Expediente 5973-D-2012
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA DECISION DE SUSPENDER PREVENTIVAMENTE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES A LA "ASOCIACION CONSUMIDORES LIBRES".
Fecha: 27/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 110
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su absoluto repudio a la
decisión de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor de suspender
preventivamente del Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores a
la asociación Consumidores Libres por haber difundido los aumentos
producidos en la canasta básica de alimentos de la primera quincena del
mes de agosto.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El pasado viernes 24 de agosto,
luego que se publicara el relevamiento de precios realizado en agosto por la
ONG Consumidores Libres, la asociación recibió una notificación de la
Subsecretaría de Defensa del Consumidor, a cargo de Lucila "Pompi" Colombo,
comunicándole que se le iniciaba un sumario y se la suspendía del Registro
Nacional de Asociaciones de Defensa del Consumidor por haber difundido un
relevamiento de precios propio.
La medida adoptada contra esta
prestigiosa ONG recuerda las altísimas multas aplicadas a las consultoras de
economía por publicar sus datos de inflación en público.
La decisión del Gobierno nacional
de suspender a la asociación Consumidores Libres por el índice de inflación que
confecciona, cada quince días y desde hace 18 años, se sustenta en que "los
relevamientos que lleva adelante la entidad no parecen tener sustento
metodológico y entonces preventivamente se suspenden a la asociación
Consumidores Libres".
Esta decisión, que no registra
antecedentes en el país, resulta absolutamente arbitraria y ajena a las prácticas
de un sistema democrático de gobierno y abona el proceso de degradación
institucional al que nos viene sometiendo este gobierno.
El ex diputado socialista señaló
que "el Gobierno nacional en lugar de sancionar a los grandes grupos del poder
económico que aumentan injustificadamente los precios de los artículos de la
canasta básica de alimentos, sanciona a una entidad que difunde los aumentos
producidos".
Para el titular de Consumidores
Libres, Héctor Polino, "desde hace 18 años la entidad viene realizando ese tipo
de relevamiento y ésta es la primera vez que es observada y sancionada sin
que previamente se le haya respetado el elemental derecho a la defensa".
Alarmados por la sanción del
Gobierno sobre Consumidores Libres, referentes de diferentes asociaciones de
defensa del consumidor alertaron sobre el objetivo gubernamental de
"amedrentar y aleccionar" y admitieron que evaluan nuevas estrategias de
difusión de precios para evitar sanciones de la Subsecretaria de Defensa del
Consumidor.
La sanción ejemplificadora de
Consumidores Libres pretende silenciar y acallar a aquellos que se oponen al
"relato" que pretende imponer el Gobierno, dejando a las claras el absoluto
desprecio del kirchnerismo por las formas institucionales de una república y un
estado de derecho.
Quienes tenemos
responsabilidades institucionales, no podemos dejar de denunciar cada uno de
los atropellos cotidianos a los derechos y garantías constitucionales que sufre
cada ciudadano argentino y los avances antidemocráticos de un gobierno que
ya desnudó su verdadera esencia autoritaria y antirrepublicana.
Por todo lo expuesto, Señor
Presidente, solicito la aprobación del presente Proyecto de Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
BRIZUELA Y DORIA DE CARA, OLGA INES | LA RIOJA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
23/10/2012 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1263/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 5973-D-2012, 5962-D-2012, 5992-D-2012, 6063-D-2012, 6103-D-2012 y 6286-D-2012 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 33/2012 | 02/11/2012 |