PROYECTO DE TP
Expediente 5968-D-2015
Sumario: SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y CENTROS DE DOCUMENTACION. CREACION.
Fecha: 17/11/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 155
El Senado y Cámara de Diputados...
SISTEMA
NACIONAL DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y CENTROS DE
DOCUMENTACIÓN
ARTÍCULO 1° - Objeto.
La presente ley tiene por objeto crear el Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y
Centros de Documentación.
ARTÍCULO 2° - Finalidad. La
finalidad del Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación es
integrar a las distintas unidades de información en redes de gestión que, a través de
mecanismos de trabajo cooperativos, se orienten a mejorar la infraestructura de la
información y definir normas y estándares comunes que optimicen la calidad y capacidad
de los servicios establecidos, para garantizar a las distintas comunidades de usuarios la
igualdad de oportunidades en el acceso a la información y a la producción del
conocimiento.
A los fines de esta ley se considera Unidad
de Información a cualquier tipo de biblioteca, archivo y centro de documentación, sea
público o privado.
ARTÍCULO 3° - Composición. El
Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación está conformado
por bibliotecas de nivel nacional, provincial y municipal; bibliotecas populares,
universitarias y científicas; y otras bibliotecas, centros de documentación y archivos
pertenecientes al ámbito público, existentes o los que se creen en el futuro; así como
redes o unidades privadas que voluntariamente y a través de acuerdos específicos se
incorporen al mismo.
ARTÍCULO 4° -
Objetivos. Son objetivos del Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de
Documentación:
a. Integrar a todas las
unidades de información en y entre los distintos niveles jurisdiccionales.
b. Desarrollar una política pública
nacional de unidades de información, asegurando su concordancia estratégica con las
políticas públicas de desarrollo cultural y científico llevadas adelante en el país.
c. Garantizar la igualdad en el acceso a
la información y a la producción del conocimiento, atendiendo a la diversidad cultural y
lingüística de las distintas comunidades que conforman la sociedad.
d. Preservar, conservar, defender y
difundir el fondo bibliográfico y documental de la nación.
e. Procurar el resguardo legal del fondo
bibliográfico y documental de la nación.
f. Posibilitar la optimización y
ampliación de los recursos, producciones y servicios específicos de cada una de las redes
y unidades de información.
g. Garantizar el desarrollo, calidad y la
optimización permanente de los servicios bibliotecarios, archivísticos e
informativos.
h. Promover la formación de
los acervos analógicos y digitales de las colecciones pertenecientes a cada
unidad de información.
i. Propiciar la adecuación de
la gestión de la información de acuerdo a normas y estándares nacionales e
internacionales, que permitan la integración de las unidades de información
mencionadas en la presente ley.
ARTÍCULO 5° - Consejo. Créase el
Consejo Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación, cuya misión es
la articulación del Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de
Documentación, a través del diseño, planificación e implementación de una política
pública que reconozca y potencie el rol de las Unidades de Información en la
democratización del acceso al conocimiento y en la promoción del pleno ejercicio del
derecho por parte de la ciudadanía de producir y recibir información.
ARTÍCULO 6° - Integración del
Consejo. El Consejo Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación se
integrará con un representante de cada una de las siguientes entidades: la Biblioteca
Nacional, la Comisión Nacional Protectora de Bibliotecas Populares (CONABIP); la
Biblioteca Nacional de Maestros; el Centro Argentino de Información Científica y
Tecnológica (CAICYT-CONICET); la Biblioteca del Congreso de la Nación; la
Biblioteca Central de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; el Archivo General de la
Nación; representantes de las bibliotecas de las Universidades Nacionales y
representantes de Unidades de Información de las Provincias y Municipios.
ARTÍCULO 7° - Autoridades. La
dirección y coordinación del Consejo Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de
Documentación estarán a cargo de un presidente y un vicepresidente designados y
removidos por el Poder Ejecutivo Nacional.
ARTÍCULO 8° -
Incorporación. El Consejo Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de
Documentación puede incorporar otras instituciones, organismos o entidades,
por aprobación de la mayoría simple de sus miembros y siempre que se respeten
los criterios establecidos en las disposiciones reglamentarias.
ARTÍCULO 9° - Reunión.
El Consejo Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación debe
reunirse en asamblea plenaria como mínimo una vez al año con el propósito de
fijar y desarrollar un programa de trabajo anual. Asimismo puede celebrar
encuentros periódicos en función del cumplimiento de dicho programa.
ARTÍCULO 10° - Funciones. Son
funciones del Consejo Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de
Documentación:
a. Diseñar, implementar y evaluar la
política pública nacional de Unidades de Información.
b. Crear mecanismos de
articulación e intercambio a nivel local, regional y nacional entre las distintas
unidades de información, que contribuya a desarrollar una gestión integral y
cooperativa de sus recursos, productos y servicios.
c. Elaborar un sistema
integral de indicadores que permita dar seguimiento a la evolución del sector y
sus servicios.
d. Producir diagnósticos
periódicos sobre la infraestructura y los servicios de las Unidades de Información
de todo el país.
e. Proponer e implementar
normas de procedimiento y estándares técnicos (catalogación, accesibilidad, etc.)
destinados a ser utilizados en las distintas unidades de información con el
propósito de lograr el máximo de homogenización y racionalización en el
tratamiento de la información.
f. Promover proyectos y
acciones de protección y recuperación de fondos bibliográficos y documentales
de la nación.
g. Fomentar el
establecimiento de herramientas y programas con el propósito de agilizar y
facilitar el acceso y la administración de la información: catálogos colectivos,
inventarios, estadísticas, catalogación centralizada, catalogación cooperativa, y
otros recursos que favorezcan la colaboración entre las unidades que conforman
el sistema.
h. Promover la formación y
actualización de los recursos humanos del Sistema Nacional de Bibliotecas,
Archivos y Centros de Documentación a través de la realización de seminarios,
talleres y otras acciones de capacitación.
i. Promover programas
sostenibles para la formación de los acervos analógicos y digitales con
colecciones pertinentes a cada unidad de información.
j. Llevar adelante la
estrategia comunicacional del Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros
de Documentación tanto para las instituciones integrantes como para los
usuarios, con el fin de difundir novedades y actividades y facilitar el intercambio
de experiencias.
k. Representar al Sistema
Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación en organizaciones
e instancias regionales e internacionales, en donde se impulse la cooperación
entre países para articular acciones y proyectos comunes en materia de gestión
de la información.
l. Propiciar junto a otros
países de la región la conformación de redes de bibliotecas e información a nivel
regional.
m. Generar instancias de
coordinación de los planes, proyectos y acciones de promoción a la lectura,
llevados adelante por todas las instituciones y redes participantes en el Sistema
Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación en función de su
integración y mayor impacto.
n. Impulsar acciones de
protección de la misión de interés público de las unidades de información que
conformarán el Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de
Documentación.
o. Convocar en consulta a
especialistas de reconocida trayectoria en el ámbito académico y/o de la
Sociedad Civil a fin de contribuir al alcance de las metas programáticas
propuestas.
p. Dictar su propia
reglamentación interna.
q. Todas aquellas otras
funciones que correspondan para el cumplimiento de su misión
institucional.
ARTÍCULO 11°.- Los gastos que
demande el funcionamiento del Consejo Nacional de Unidades de Información son
atendidos con las partidas presupuestarias asignadas anualmente por la Ley de
Presupuesto o leyes especiales.
ARTÍCULO 12º -
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En esta oportunidad, traigo a consideración
de mis colegas un proyecto de Ley cuyo objeto consiste en la creación del Sistema
Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación. Dicho sistema tiene por
fin último garantizar a las distintas comunidades de usuarios la igualdad de oportunidades
en el acceso a la información y a la producción del conocimiento.
El fortalecimiento de un modelo de
desarrollo con inclusión se basa en la construcción y ampliación de ciudadanía.
Dentro de los elementos imprescindibles para la formación de ciudadanos críticos
y autónomos se encuentra el acceso a la información como un derecho esencial.
En este sentido, resulta oportuno
subrayar que el acceso a la información y a la cultura son derechos reconocidos
en Tratados Internacionales que han adquirido en nuestro país rango
constitucional a partir de la Reforma Constitucional de 1994 (1) .
El derecho a la información en sus
dos partes implicadas -la del derecho a informar y la del derecho a recibir
información- tiene en nuestro país rango constitucional desde la introducción del
Pacto de San José de Costa Rica como derecho positivo y es un pilar
fundamental a la hora de construir una democracia que no sea meramente
formal y reducida a lo representativo, sino real y fundamentalmente participativa.
Con los avances exponenciales en
las denominadas tecnologías de la información y la comunicación y los procesos
de globalización en sus múltiples dimensiones, algunos pensadores del campo de
las ciencias sociales han planteado el pasaje en las últimas décadas de la
sociedad industrial a la sociedad de la información o del conocimiento, en la cual
este último se habría transformado en fuerza productiva directa y en el eje de un
nuevo modo de producción que impacta en nuevos modos de comunicarnos, de
percibir, de leer.
Las bibliotecas representan
históricamente espacios donde se encuentra la información organizada, en
cualquier soporte en que ella se manifieste. Han evolucionado en el tiempo y al
mismo tiempo han mantenido las funciones tradicionales que las llevan a ser el
centro de preservación del patrimonio bibliográfico y el espacio de consulta que
siempre han sido. Hoy tienen el desafío de garantizar el acceso a la información
y al conocimiento; promover la lectura en sus múltiples soportes, modalidades y
prácticas; impartir capacitación a los usuarios sobre el uso de tecnologías
digitales y las que se produzcan en el futuro; fomentar la formación de
repositorios digitales con la producción intelectual, artística y cultural
favoreciendo su visibilidad y el acceso democrático a la misma; conservar y
difundir el patrimonio histórico y cultural de cada comunidad y contribuir a la
democratización del derecho a la cultura en sus variadas manifestaciones.
En Argentina existen numerosos tipos de
bibliotecas, archivos, centros de documentación pertenecientes a distintos ámbitos y
jurisdicciones, organizadas, según el caso, en redes y sistemas. Las hay nacionales,
públicas y privadas; especializadas, universitarias, científicas, populares, provinciales,
municipales, escolares, de organismos no gubernamentales; con distintos niveles de
incorporación de tecnología, con diferentes tipos de usuarios y servicios, con colecciones
de tamaños diversos. Dado el universo de entidades existentes, a los fines de la ley, estas
bibliotecas, archivos y centros de documentación son denominados "unidades de
información".
A pesar de esta diversidad, y a
diferencia de la mayoría de los países de la región, nuestro país carece de una
autoridad pública en la materia así como de un sistema integrado que oriente la
oferta desde la perspectiva de una política pública planificada.
El contexto en que funcionan y se
relacionan los tipos de unidades de información mencionados ha presentado
históricamente una complejidad y particularidad propias respecto de sus
fortalezas y debilidades, a partir no sólo de las características culturales y
sociales de cada zona, sino de los aspectos específicos de la configuración
política y administrativa de cada ámbito jurisdiccional.
Las bibliotecas pertenecientes al ámbito
provincial y municipal, han quedado en gran medida condicionadas por las políticas
desarrolladas en estos niveles jurisdiccionales; disociándose de las acciones que a nivel
nacional se orientaron históricamente a la red de bibliotecas populares y escolares. En
este sentido, debido a la autonomía de cada una de las provincias, se han desarrollado en
la mayoría de los casos políticas diferenciadas en materia de bibliotecas. Esto ha
producido una desarticulación general que ha limitado una acción pública integral e
igualitaria en materia de infraestructura edilicia, servicios, estándares técnicos, etc. Esta
tendencia se repite en el nivel local en los distintos municipios.
Existen redes de unidades de información
con una inserción y dinamismo propio en la comunidad, pero con bajos niveles de
formalidad. Otras redes más institucionalizadas se basan en el voluntarismo y la
cooperación, con la fortaleza que esto implica en términos de reconstrucción del lazo
social y la participación ciudadana, pero con la debilidad que supone para la
sustentabilidad en el tiempo.
En muchos casos se han priorizado en las
distintas redes y tipos de unidades existentes modelos de gestión que hacen foco en
prácticas tradicionales y procesos técnicos, en desmedro de la preocupación por los
servicios al usuario. También se ha dado el caso contrario, por el cual la concentración en
este último aspecto puede llevar al descuido y la desatención de los procesos y estándares
técnicos en el tratamiento de la información.
Es por ello que resulta prioritario
establecer una estructura formal con el objetivo de organizar y regular el
funcionamiento de los servicios bibliotecarios y de información, a través de un
marco común y de mecanismos de cooperación que optimicen y extiendan el
servicio de las bibliotecas en el ámbito nacional. Esto debería permitir una fuerte
articulación entre las numerosas unidades de información, públicas,
semipúblicas, privadas, académicas, científicas, comunitarias y culturales; entre
las cuales es necesario coordinar para garantizar a los usuarios en general la
equidad en el acceso a la información, instalaciones, servicios, sin discriminación
alguna.
Para ello es necesario diseñar e
implementar una política pública nacional de gestión de la información y el
conocimiento, asegurando su concordancia estratégica con las políticas públicas
de desarrollo social, cultural y científico llevadas adelante en el país.
Una política pública de este tipo
debe ser capaz de reconocer los avances y desarrollos ya existentes en los
distintos niveles jurisdiccionales; a la vez que promover y propiciar la
organización de diversas redes públicas y privadas teniendo en cuenta el mapa
de necesidades y demandas de las distintas regiones.
En este sentido, las premisas que deben
sustentar una política pública nacional de gestión de la información y el conocimiento se
vinculan a: el reconocimiento permanente y sistemático de las necesidades de
información que tienen los integrantes de los distintos sectores de la comunidad; la
cristalización de los valores y principios orientados a la diversidad cultural y lingüística
de las distintas comunidades que conforman la sociedad; la coordinación estratégica con
los planes de lectura, inclusión digital, desarrollo científico y cultural llevados adelante
en el país en función de contribuir a una mayor igualdad en el acceso al conocimiento; la
identificación con un modelo de gestión integral, participativo y plural que incorpora a
todos los actores en la definición de propuestas y contenidos; y el reconocimiento de una
identidad común regional que conduzca a la cooperación en materia de gestión de la
información.
Una política pública nacional de gestión de
la información y el conocimiento es una necesidad de la sociedad y una acción de
construcción participativa de las instituciones del estado, bibliotecas y ciudadanía, que
debe transmitirse a las autoridades nacionales, provinciales y locales e impulsarse con el
respaldo que debe dar la comunidad toda.
Existen antecedentes, propuestas y
estudios vinculados a proyectos de legislación para la creación de Sistemas de
Bibliotecas y unidades de información, tanto a nivel nacional como de otras
jurisdicciones. Desde hace varios años, estas iniciativas han intentado instalar la
necesidad de que Argentina debe transitar hacia un proceso de mejora en la
calidad y extensión de los servicios y recursos bibliotecarios y de información, a
través de una adecuada coordinación entre los distintos sectores y
jurisdicciones.
Entre las principales iniciativas
pueden señalarse las siguientes:
- Proyecto de Ley
1515/2004, de creación del SIBCABA - Sistema Integrado de Bibliotecas de la CABA
(Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ley 1515, 2004).
- Diagnóstico y análisis producido por el
Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe -CERLALC-
sobre las condiciones de posibilidad del desarrollo de dichos proyectos (diagnóstico
elaborado en noviembre de 2007 a partir de la misión técnica y del encuentro en julio de
2009 en CONABIP).
-Estrategias para la Creación del Sistema
Federal de bibliotecas e Información de Carlos Víctor Penna. Buenos Aires, ABGRA
(Asociación de Bibliotecarios Graduados de la República Argentina. ABGRA,
1995).
-Penna, Carlos Víctor. Planeamiento de
Servicios Bibliotecarios y de Documentación. Segunda edición, revisada y aumentada por
P. H. Sewell y Herman Liebaers- Oficina de Educación Iberoamericana, Madrid, Unesco,
París, 1970, 213 pp.
A partir del año 2008, por iniciativa
de la Comisión Nacional Protectora de Bibliotecas Populares (CONABIP), la
Biblioteca Nacional y la Asociación de Bibliotecarios Graduados de la República
Argentina (ABGRA), instituciones relevantes y representativas del sector
bibliotecario nacional (2) , comprometieron esfuerzos con el propósito de discutir y
definir lineamientos básicos de una política pública integral que reafirme y amplíe
el derecho ciudadano de acceder a la lectura, a la información y al conocimiento
de manera igualitaria. Como resultado de estos esfuerzos se presenta este
proyecto de creación de un Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y centros
de documentación.
De acuerdo con la propuesta que traemos a
consideración, este sistema estará conformado por bibliotecas de distinto tipo, centros de
documentación y archivos pertenecientes al ámbito público, existentes o los que se creen
en el futuro, así como redes o unidades privadas que voluntariamente y a través de
acuerdos específicos se incorporen al mismo.
El objetivo general es integrar a las
distintas unidades de información en redes de gestión. A través de mecanismos de trabajo
cooperativos se podrá mejorar la infraestructura de la información y definir normas y
estándares comunes. Esto, en definitiva, optimizará la calidad y capacidad de los
servicios establecidos, para garantizar a las distintas comunidades de usuarios la igualdad
de oportunidades en el acceso a la información y a la producción del conocimiento.
Los objetivos específicos asignados al
Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación se encuadran en
esta finalidad. Así, el Sistema Nacional procurará integrar a todas las unidades de
información, desarrollar una política pública nacional de unidades de información,
preservar, conservar, defender y difundir el fondo bibliográfico y documental de la
nación, y propiciar la adecuación de la gestión de la información de acuerdo a
normas y estándares nacionales e internacionales, entre otras metas.
Para articular el Sistema Nacional de
Unidades de Información se prevé la creación del Consejo Nacional de Bibliotecas,
Archivos y Centros de Documentación, integrado con representantes de distintas
entidades vinculadas al tema, sin perjuicio de que en el futuro se incorporen otras. La
dirección y coordinación de dicho Consejo Nacional estarán a cargo de un presidente y
un vicepresidente designados y removidos por el Poder Ejecutivo Nacional.
En cuanto a su funcionamiento, el
Consejo debe reunirse en asamblea plenaria como mínimo una vez al año, con el
propósito de fijar y desarrollar un programa de trabajo anual. Sus funciones
incluyen: el diseño, implementación y evaluación de la política pública nacional de
Unidades de Información; la creación de mecanismos de articulación e intercambio
entre las distintas unidades de información; la elaboración de un sistema integral
de indicadores que permita dar seguimiento a la evolución del sector y sus
servicios; la producción de diagnósticos periódicos sobre el sistema; la propuesta
e implementación de normas de procedimiento y estándares técnicos destinados
a ser utilizados en las distintas unidades de información; la promoción de la
formación y actualización de los recursos humanos que compongan el sistema;
entre muchas otras.
Finalmente, en materia
presupuestaria, se prevé que los gastos que demande el funcionamiento del
Consejo Nacional sean atendidos con las partidas presupuestarias asignadas
anualmente por la Ley de Presupuesto o leyes especiales.
En definitiva, se trata de impulsar
por medio de una ley la organización y la `puesta en funcionamiento de un
sistema de redes que articule al conjunto de las unidades de información
existentes en el país. En determinados momentos, la coordinación de esfuerzos
puede tener efectos tan transformadores como el aumento de la inversión, Para
eso este marco legal que permite potenciar los recursos disponibles y, en última
instancia, ofrecer servicios de calidad para el conjunto de la población.
Como lo venimos demostrando en
otras decisiones de políticas públicas, este gobierno tiene vocación de
transformar cada área de la vida comunitaria que ofrezca una posibilidad de dar
oportunidad a cada uno de los habitantes de este país. El acceso a la información
y al conocimiento es un derecho de todos. Su promoción es la mejor garantía
para la construcción de una sociedad crítica de su presente y comprometida y
exigente con su futuro.
Por los motivos expuestos, solicito a
mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIANCHI, MARIA DEL CARMEN | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PARRILLI, NANCI MARIA AGUSTINA | NEUQUEN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
CULTURA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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24/11/2015 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
03/05/2016 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |